Personas jurídicasXXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS

Subvención directa para proyectos Comité Autonómico de Emergencias humanitarias de Aragón (UNICEF)Terremoto de Venezuela

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es XXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESCATRÓN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Remittance Advice , documento justificativo de la transferencia de fondos desde UNICEF Comité Español, con indicación expresa del donante, la cantidad, el país y el proyecto al que se destinan los fondos. Ayuntamiento de Escatrón Plza. España, 3 bajo, Escatrón. 50790 (Zaragoza). Tfno. 976170006. Fax: 976171025 Cód. Validación: 5CSXZ47CDKAZ35MCD7NK6DHAG Verificación: https://escatron.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3
  • documentation
    Official Receipt, documento de recepción de fondos emitido por la central de UNICEF en Nueva York, en el que conste el tipo de cambio aplicado.
  • documentation
    Certificado de la subvención recibida , firmado por el Director Ejecutivo de UNICEF Comité Español o persona en quien delegue con poderes suficientes, detallando el proyecto al que se destinan los fondos e incluyendo el correspondiente código Grant.
  • documentation
    Informe narrativo anual del proyecto , en los términos establecidos por UNICEF Comité Español para las actuaciones de emergencia y ayuda humanitaria. QUINTO. Notificar la presente resolución a UNICEF Comité Español y comunicar su concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. . SEXTO. Dar traslado de la presente resolución a la Intervención Municipal para que, una vez acreditado por la entidad beneficiaria el cumplimiento de los requisitos previstos en el apartado tercero de la presente resolución y realizadas las comprobaciones que procedan, tramite el reconocimiento de la obligación y el pago anticipado del 100 % de la subvención, así como a los servicios administrativos competentes para su seguimiento y ejecución.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural