Subvención directa gastos organización 2026. Org. profesional LA UNION

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona SECRETARÍA GENERAL - C. DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Memoria explicativa de la Secretaria General de la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de fecha 20 de abril de 2026, (actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural), en los términos del artículo 5.3 de Ley 6/2011.
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    Informe de necesidad y oportunidad de la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible , de fecha 20 de abril de 2026, (actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural).
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    Certificado de la jefa de Servicio de Tramitaciones, Gestión Patrimonial y Relaciones Externas en relación con el cumplimiento de la entidad beneficiaria sobre sus obligaciones tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica, de fecha 21 de abril de 2026.
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    Documento acreditativo de la retención de crédito de la operación, en concreto, documento contable de retención de créditos debidamente contabilizado, por importe ascendente a
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    602,38 euros y con cargo al crédito recogido en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 de conformidad con la Orden de 16 de diciembre de 2025, por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2026, (DOE núm. 243, de 18 de diciembre),_“Apoyo a organizaciones agrarias más representativa para la promoción de la política agraria”, aplicación presupuestaria 120010000 G/311A/480.00 CAG0000001, proyecto de gasto
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    Csv: FDJEXGLQACTJZTHCJ8F9PKSXYL4ZAF Fecha 15/07/2026 09:03:29 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 2/18
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    Propuesta de resolución de la jefa de Servicio de Servicio de Tramitaciones, Gestión Patrimonial y Relaciones Externas, de fecha 21 de abril de 2026.
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    Informe favorable de fecha 18 de abril de 2026, sobre la realización del pago anticipado y exención de garantías, emit ido por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de conformidad con el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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    Informe jurídico de la Unidad de Automatización y Coordinación Jurídica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, emitido el 8 de mayo de 2026 , (actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural).
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    Informe favorable de la Intervención Delegada en la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, emitido el 14 de julio de 2026. A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes,
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    La coalición de organizaciones profesionales agrarias formada por la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos de Extremadura Jóvenes Agricultores y Ganaderos, y la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos - Asociación Agraria Jóvenes Agricultores de Cáceres, con las siglas “ASAJA”.
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    La organización profesional agraria Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos -Unión de Campesinos Extremeños, con las siglas “UPA-UCE EXTREMADURA”.
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    El importe total de la subvención asciende a ciento cincuenta mil seiscientos dos euros con treinta y ocho céntimos (150.602,38 €), teniendo, en todo caso, la condición de cuantía máxima a conceder.
  • documentation
    La ayuda a conceder será en función del porcentaje de representación obtenido en el proceso
  • documentation
    UNION DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE EXTREMADURA, “LA UNION”: o Porcentaje de representación según el escrutinio de las elecciones 2022: 16,35%. o Porcentaje de representación en el CAEX: 16,71%. o Asignación presupuestaria correspondiente: 901.271 € (el cálculo se realiza sobre el presupuesto correspondiente al periodo 01/01/2026 – 31/12/2026). Csv: FDJEXGLQACTJZTHCJ8F9PKSXYL4ZAF Fecha 15/07/2026 09:03:29 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 7/18
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    La aportación dineraria se realizará con cargo al proyecto de gasto 20170144, denominado “Apoyo a organizaciones agrarias más representativa para la promoción de la política agraria,” aplicación presupuestaria 120010000 G/311A/480.00 CAG0000001, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (CA), y consignados en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, conforme a lo establecido en la Orden de 16 de diciembre de 2025, por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2026, (DOE núm. 243 de 18 de diciembre), por lo que no podrán aplicarse los fondos a gastos de distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de los gastos imputables a dicho crédito.
  • documentation
    Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de lo que pudiera establecer la normativa reguladora de dichas subvenciones o ayudas. No obstante, conforme al artículo 18.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo el importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Sexto. Gastos Subvencionables.
  • documentation
    En todo caso, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en este acto de concesión. A estos efectos, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado en esta resolución.
  • documentation
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos gastos corrientes necesarios para el funcionamiento técnico y administrativo de la entidad beneficiaria, siempre que se encuentren directamente vinculados al objeto de la subvención y se hayan realizado entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de octubre de 2026, ambos inclusive y se correspondan con alguna de las siguientes categorías;
  • documentation
    Gastos de personal , incluyendo las retribuciones salariales y cualesquiera cantidades abonadas en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social y seguros sociales a cargo de la entidad.

Gastos y actuaciones

  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    El Impuesto de Valor Añadido recuperable
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria que se hará efectiva de la
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    El 50% en el momento de la concesión de las ayudas.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    El 50% restante, a la justificación total de los gastos producidos.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    Régimen de garantías: No será exigible la prestación de garantía por parte del beneficiario por el libramiento del pago anticipado, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. El anticipo supondrá entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, según establece el

Documentos y trazabilidad

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Agricultura, Pesca y Alimentación