FundacionesPersonas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

SUBVENCIÓN DIRECTA, DE CARÁCTER EXCEPCIONAL, PARA LA FUNDACIÓN CULTURAL MIGUEL HERNÁNDEZ DE ORIHUELA, AÑO 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 06/05/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Presentar un proyecto y un presupuesto estimativo de los gastos comprendidos en el objeto de la subvención y dentro del periodo comprendido en la claúsula Quinta.
  • Destinar la subvención exclusivamente a la finalidad para la que se concede.
  • Ejecutar las actuaciones subvencionadas en los términos previstos en el presente Anexo.
  • Justificar la aplicación de los fondos percibidos mediante la correspondiente cuenta justificativa, memoria de actuación y memoria económica, con aportación de facturas, justificantes de pago y demás documentación exigible.
  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, en especial hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no estar incursa en prohibición para obtener subvenciones. En este sentido, la entidad beneficiaria deberá suscribir una declaración responsable no hallarse en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria de la subvención señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero que correspondan al Ayuntamiento, a la Intervención General Municipal, al Tribunal de Cuentas, a la Sindicatura de Comptes y a cualquier otro órgano competente.
  • El Obispado se compromete a dar una publicidad adecuada y suficiente a la colaboración efectuada por el Ayuntamiento. Estas medidas consistirán en la inclusión de la imagen institucional de la entidad concedente, así como leyendas relativas a la financiación pública en carteles, placas conmemorativas, materiales imprimidos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien en menciones realizadas en medios de comunicación. A estos efectos, se Ayuntamiento de Orihuela Calle Marqués de Arneva, 1, Orihuela. 03300 Alicante. Tfno. 966736864. Fax: 966741444
  • Ayuntamiento de Orihuela dada a los fondos percibidos. La obligación de comunicar se extiende a la obtención de otros ingresos y subvenciones para la misma finalidad que se pudieran obtener en el futuro, incluso con posterioridad a la justificación de los fondos recibidos, y en cuanto se conozca.
  • Documentación justificativa del pago. En las facturas originales de los gastos efectuados se deberá acreditar debidamente el pago de las mismas
  • Talón: copia del documento bancario, adjuntándose el adeudo en cuenta. La forma de pago se hará de forma nominativa. Ayuntamiento de Orihuela Calle Marqués de Arneva, 1, Orihuela. 03300 Alicante. Tfno. 966736864. Fax: 966741444
  • Transferencia bancaria: justificante de la transferencia o adeudo en cuenta.
  • Pago con tarjeta: justificante del adeudo en cuenta (detalle bancario del movimiento).
  • Domiciliación bancaria: justificante del adeudo en cuenta. Cada factura irá acompañada de su justificante de pago. Tanto las facturas como sus justificantes de pago deberán presentarse numeradas en el mismo orden en el que aparezcan en la relación justificativa de gastos. Además deberán ir estampilladas con identificación de la subvención que justifican, porcentaje e importe que imputan a la subvención.
  • Declaración responsable de que las facturas que se presentan como justificantes se han aplicado a la actividad y gastos subvencionados, que corresponden a los fines para los que fue otorgada la subvención y que, aunque hayan recibido otras ayudas o subvenciones por instituciones públicas o privadas, no superan conjuntamente el 100% del coste de las actividades subvencionadas (Anexo II-6).
  • Certificaciones actualizadas expedidas por las Administraciones correspondientes acreditativas de que la entidad interesada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Tesorería Municipal y frente a la Seguridad Social con anterioridad a dictarse el acuerdo de concesión y previamente a la justificación Ayuntamiento de Orihuela Calle Marqués de Arneva, 1, Orihuela. 03300 Alicante. Tfno. 966736864. Fax: 966741444
  • Ayuntamiento de Orihuela y pago del importe total de la subvención municipal. La certificación de la T esorería Municipal se emitirá a instancia del órgano gestor de la subvención. En defecto de aportación de los certificados correspondientes, la entidad beneficiaria deberá autorizar a que el Departamento obtenga telemáticamente la información de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Declaración responsable haciendo constar que dicha Entidad no presenta declaraciones de IVA. (Anexo.II.7). T eniendo en cuenta la naturaleza de la entidad beneficiaria de la subvención y en aplicación de lo establecido en los artículos 14, 16.4 y 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, únicamente serán admitidas las solicitudes que se presenten electrónicamente en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Orihuela, ubicado en la web www.orihuela.es, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el
  • PERSONA A NOTIFICAR MEDIO DE NOTIFICACIÓN1  Solicitante  Representante  Notificación electrónica  Notificación postal MEMORIA DE ACTUACIÓN [Se debe justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención][Se debe adjuntar memoria explicativa de las actividades subvencionadas]
  • Fuentes de verificación que se acompañan:  ________________________ MEMORIA ECONÓMICA [Se debe justificar el coste de las actividades realizadas]
  • Relación de gastos de la actividad relacionados con la actividad subvencionada

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura