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Subvención directa al Ayuntamiento de Miajadas para proyecto y 1ª fase de panteón de víctimas de la guerra civil, 2026…

Título oficial: Subvención directa al Ayuntamiento de Miajadas para proyecto y 1ª fase de panteón de víctimas de la guerra civil, 2026 (SEMD)

La presente Resolución tiene por objeto la regulación de las condiciones que han de regir la concesión de una subvenc ión directa por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes al Ayuntamiento de Miajadas con NIF P1012400F por importe de cuarenta mil euros (40.000,00 €) para la realización de trabajos de redacción de proyecto y primera fase de panteón -memorial de víctimas de la Guerra Civil y recuperación de fosas en el cementerio municipal para la anualidad

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y DOCUMENTAL.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Según el artículo 35.9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, “En las subvenciones concedidas a otras Administraciones Públicas o entidades públicas vinculadas o dependientes de aquélla y a la Universidad de Extremadura, cuando así se prevea en las bases reguladoras o en los convenios o actos de concesión directa sin convocatoria, la justificación podrá consistir en la certificación de su intervención o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad, res pecto de los gastos y pagos realizados y del cumplimiento de la Csv: FDJEX754SYXP4NFQUM6F6PCYTR68B2 Fecha 30/10/2026 01:22:24 Firmado Por ADELA MONTAÑA RUEDA MARQUEZ DE LA PLATA - La Directora Gral. Patrim.cultur. Y Doc. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 10/16
  • Certificado expedido por el Interventor/a o Secretario/a Interventor/a de la Entidad, con el Visto Bueno del Representante legal de la Entidad beneficiaria, según Anexo, que contendrá entre
  • En su caso, anuncio de licitación y certificación del importe de la adjudicación del contrato.
  • Certificación de que el importe de la subvención se ha invertido en los fines específicos para los que se concedió.
  • Certificación de que la actividad objeto de la subvención ha sido realizada cumpliendo con las condiciones de su concesión.
  • Certificaciones de obras acreditativas de los gastos o relación clasificada y numerada de los gastos (facturas), realizados con cargo a la subvención, con identificación del acree dor, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, así como la naturaleza del gasto efectuado.
  • Copias auténticas de las facturas pagadas y demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que deberán corresponder a la relación detallada de los mismos en el certificado de gastos presentado.
  • Copias auténticas de los justificantes de pago de los documentos de gasto aportados para la justificación.
  • Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública de la financiación obtenida de la Junta de Extremadura a través de la presente subvención, con arreglo a lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura (fotografía del cartel). La justificación total de gastos y pagos realizados por el Ayuntamiento de Miajadas para la ejecución de la actuación subvencionada, incluida la aportación municipal, si la hubiere, deberá presentarse ante la Dirección General de Patrimonio Cultural y Documental antes del 30 de octubre de 2027. Este plazo podrá ser prorrogado excepcionalmente, previa petición y justificación por parte del Ayuntamiento. Csv: FDJEX754SYXP4NFQUM6F6PCYTR68B2 Fecha 30/10/2026 01:22:24 Firmado Por ADELA MONTAÑA RUEDA MARQUEZ DE LA PLATA - La Directora Gral. Patrim.cultur. Y Doc. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 11/16
  • Copia Electrónica Auténtica 12 Toda la documentación se presentará electrónicamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura, ubicado en la siguiente dirección web: https://sede.juntaex.es/ o en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artícul o 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, las comunicaciones y notificaciones administrativas dirigidas a la entidad beneficiaria durante la tramitación del expediente deberán cursarse por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 39/2015, 1 de octubre. A tal efecto, la entidad deberá estar dada de alta en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.juntaex.es/), facilitando una dirección d e correo electrónico a la que se enviarán los avisos de puesta a disposición de las notificaciones de tal naturaleza.
  • Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida.
  • Justificar, ante el órgano concedente, el cumplim iento de los requisitos y condiciones establecidas en la resolución de concesión.
  • Comunicar al órgano concedente de la subvención la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan efectuar el órgano concedente y/o cualquier otro órgano de control competente, aportando cuanta información le sea requerida.
  • Adoptar las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública de la financiación obtenida de la Junta de Extremadura a través de la presente subvención, con arreglo a lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales y gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
  • Conservar los originales de las facturas y demás documentos justificativos de la subvención percibida que estarán a disposición de la Consejería de Cultura, Turismo y De portes, de la Intervención General de la Junta de Extremadura, así como de cuantos órganos fiscalizadores y/o de control nacional o comunitario, pudieran requerirlos.
  • Comunicar a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto se conozca, y en todo caso con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Csv: FDJEX754SYXP4NFQUM6F6PCYTR68B2 Fecha 30/10/2026 01:22:24 Firmado Por ADELA MONTAÑA RUEDA MARQUEZ DE LA PLATA - La Directora Gral. Patrim.cultur. Y Doc. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 12/16
  • Mantener, de conformidad con el artículo 16 i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica en el momento de concesión de ayuda y en el del pago. La justificación de estas circunstancias será consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimi ento expreso del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
  • Acreditar que no está incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, a tenor del artículo 12 de la citada Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Cuarta.- Actividad a desarrollar y gastos subvencionables · eligible
    La presente subvención tiene por objeto la realización de trabajos de redacción de proyecto y primera fase de panteón -memorial de las víctimas de la Guerra Civil y recuperación de fosas en el cementerio municipal de Miajadas (Cáceres). El objetivo de esta actividad atiende a la Ley 4/25, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura. En concreto, en su artículo 1, en donde establece como objeto de la ley “la salvaguarda, difusión, reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España, con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los principios, valores y libertades constitucionales”. En su

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La presente Resolución tiene por objeto la regulación de las condiciones que han de regir la concesión de una subvenc ión directa por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes al Ayuntamiento de Miajadas con NIF P1012400F por importe de cuarenta mil euros (40.000,00 €) para la realización de trabajos de redacción de proyecto y primera fase de panteón -memorial de víctimas de la Guerra Civil y recuperación de fosas en el cementerio municipal para la anualidad