Subvención directa 2026. Coop. agroalimentarias. Gastos funcionamiento

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona SECRETARÍA GENERAL - C. DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Memoria explicativa de l Secretario General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, de fecha 16 de junio de 2026 en los términos del artículo 5.3 de la citada Ley 6/2011, de 23 de marzo.
  • Informe de necesidad y oportunidad del Secretario General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, de fecha 16 de junio de 2026.
  • Certificado de la Jefa de Servicio de Tramitaciones, Gestión Patrimonial y Relaciones Externas en relación con el cumplimiento de la entidad beneficiaria sobre sus obligaciones tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica, de fecha 17 de junio de 2026. Csv: FDJEXP7JHWFK4GZVHU8NURVDVRGM67 Fecha 29/07/2026 09:01:00 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 2/16
  • Documento acreditativo de la retención de crédito de la operación, en concreto, documento contable de retención de créditos debidamente contabilizado , con cargo al crédito recogido en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 de conformidad con lo establecido en la Orden de 16 de diciembre de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2026 (DOE núm. 243 de 18 de diciembre), por importe de 73. 400 €, con cargo al proyecto de gasto 20120014, aplicación presupuestaria 120010000 G/311A/48000/ CAG0000001 ,
  • Propuesta de resolución de la Jefa de Se rvicio de Tramitaciones, Gestión Patrimonial y Relaciones Externas de 17 de junio de 2026.
  • Informe jurídico de la Unidad de Automatización y Coordinación Jurídica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, emitido el 2 de julio de 2026.
  • Informe favorable de la Intervención Delegada de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, emitido el 23 de julio de 2026. A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes,

Gastos y actuaciones

  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de personal , incluyendo las retribuciones del personal de la entidad, así como las cantidades abonadas en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social y otros seguros sociales obligatorios.
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de arrendamiento e Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). correspondientes a los centros u oficinas pertenecientes a la organización que estén radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como los gastos derivados de suministros necesarios para su funcionamiento, tales como electricidad, agua y telefonía.
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de representación institucional , participación en organismos oficiales, asociaciones, certámenes y ferias oficiales promovidas o desarrolladas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como las cuotas por la pertenencia a asociaciones u organismos de carácter representativo institucional.
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de soporte logístico y administrativo, especialmente referidos a material de oficina fungible, licencias de software administrativo, mantenimiento de equipos informáticos y servicios de limpieza o seguridad de las sedes. Csv: FDJEXP7JHWFK4GZVHU8NURVDVRGM67 Fecha 29/07/2026 09:01:00 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 7/16
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    El Impuesto de Valor Añadido recuperable
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió en los términos establecidos en este acto de concesión.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    Verificacion previa al pago: Con carácter previo al pago, el órgano concedente comprobará de oficio que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y frente a la Seguridad Social, confirmándose que la entidad ha autorizado a este órgano a comprobar de oficio estos datos. Octavo. Ejecución y justificación de la ayuda.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    La beneficiaria deberá llevar a cabo la actividad subvencionada conforme a lo previsto en la presente resolución de concesión y en la normativa que resulte de aplicación.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    La justificación documental de la subvención concedida deberá realizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La justificación total del destino de la subvención , por importe igual al concedido, deberá efectuarse antes del día 4 de diciembre de 2026 , inclusive, mediante la presentación de la siguiente
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    documentación: − Certificación del órgano competente de la entidad beneficiaria , acreditativa del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención y de la realización de la actividad subvencionada. − Memoria de las actividades llevada a cabo por la entidad beneficiaria en la anualidad 2026 , que incluirá una declaración en la que se detalle el importe total de los gastos realizados por la entidad durante el período de admisibilidad, en relación con el objeto de la subvención. − Presupuestos de gastos e ingresos de 2026 de manera desglosada. − Justificación documental de los gastos y pagos realizados, mediante la aportación de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico Csv: FDJEXP7JHWFK4GZVHU8NURVDVRGM67 Fecha 29/07/2026 09:01:00 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 8/16
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    La presentación de la justificación será por medios electrónicos, registro electrónico, al tratarse de una entidad con personalidad jurídica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la entrada en vigor del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. En todo caso, de acuerdo con el artículo 36.2 de la referida Ley 6/2011, de 23 de marzo, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    Una vez comprobada toda la documentación justificativa presentada por la entidad, se expedirá el correspondiente certificado por la persona titular del servicio gestor, indicando que se han cumplido las condiciones establecidas en este documento. Noveno. Modificación de la resolución.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    La beneficiaria podrá solicitar al órgano concedente, antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad subvencionada, modificaciones del contenido de la resolución por la que
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    ampliación de los plazos fijados para la ejecución. En este caso la beneficiaria deberá presentar una solicitud de ampliación de plazo con una antelación
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    modificaciones internas en los costes inicialmente presupuestados. Siempre y cuando no suponga un incremento del importe concedido, que asciende a setenta y tres mil cuatrocientos euros (73.400 €), la beneficiaria podrá presentar una solicitud de redistribución respecto de los conceptos inicialmente aprobados que figuran en el anexo a esta resolución, compensándose unos con otros, con una antelación de al menos un mes a la fecha de finalización del
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    Copia Electrónica Auténtica Página 10 de 16 − Identificación de los conceptos afectados por la redistribución y cuantificación de los importes/costes que se compensan.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Séptimo. Ré · eligible
    reducción del importe concedido. En este caso la beneficiaria deberá presentar una solicitud de reducción de la ayuda con una

Documentos y trazabilidad

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Agricultura, Pesca y Alimentación