Personas jurídicasES431 - Badajoz

Subvención directa 2026 a la Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX) para actividades de impulso al cumpli…

Título oficial: Subvención directa 2026 a la Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX) para actividades de impulso al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 33.330,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria final de actuación. La memoria final deberá incluir la relación de todas las actuaciones realiza das, se acompañará la misma de un listado de las empresas , personas trabajadoras por cuenta propia y personas emprendedoras de Extremadura que hayan sido atendidas por el Gabinete de Asesoramiento en cumplimiento de la normativa PRL , se remitirá ejemplar de la Guía práctica para la gestión documental preventiva y la preparación de requerimientos en PRL muestra de los microcontenidos audiovisuales vinculados a la Gui a anteriormente mencionada, así como enumeración, contenido y enlace en su caso del contenido y los destinatarios que pongan de manifiesto que se han realizado las actuaciones de difusión, publicidad y comunicación previstas como actuación cuarta en el Plan de actuación presentado junto con la solicitud de la subvención. Junto a dicha memoria deberán aportarse declaración de la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria sobre que las actuaciones realizadas han sido financiadas con la subvención.
  • Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En su caso, en dicha relación deberán indicarse las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto presentado con el Plan de actuaciones.
  • Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos (contratos de trabajo, nóminas, seguros sociales, etc.) y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por alguno de los medios establecidos en el punto 4 de este apartado. En el caso de gastos de desplazamientos deberán aportarse certificados justificativos de los viajes, en
  • Puesto de trabajo o cargo en la entidad beneficiaria. Csv: FDJEXUGU6XLJ565GZCDF9CDW599DUA Fecha 14/10/2026 09:16:58 Firmado Por PILAR BUENO ESPADA - Directora Gral De Trabajo Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 9/14
  • Objeto del desplazamiento y el detalle del gasto realizado (fecha de realización, localidades y medio de transporte utilizado o, en caso de vehículo propio, kilómetros realizados, costes de aparcamientos, etc.). Los gastos en desplazamiento deberán justificarse mediante los correspondientes documentos justificativos (facturas, facturas simplificadas de aparcamiento, billetes de transporte público, etc.).
  • En el caso de imputación de gastos de personal propio de la entidad beneficiaria, que ha sido asignado a la ejecución de las actuaciones subvencionables, deberá aportarse copia del documento de asignación formal del citado personal a la realización de dichas actuaciones, donde consten los datos de las personas asignadas y el porcentaje de dedicaci ón respecto a su jornada ordinaria de trabajo.
  • La memoria de actuación y la relación clasificada de gastos deberán aportarse debidamente selladas y firmadas en todas sus hojas por la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria.
  • Los gastos efectuados se justificarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas deberán emitirse conforme a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, debiendo contener un desglose suficiente para identificar las actuaciones subvencionables por las que se imputan los costes y los conceptos en que se imputan dichos costes.
  • Los pagos de los gastos subvencionables deberán realizarse mediante transferencia bancaria o ingreso en cuenta bancaria o mediante domiciliación en cuenta, pudiendo efectuarse también dicha justificación mediante talón nominativo, siempre que se acredit e que el cobro del citado efecto mercantil por la persona acreedora se ha realizado dentro del plazo de justificación. La entidad beneficiaria deberá justificar los pagos mediante la aportación de la orden o recibo bancario de la transferencia o ingreso en cuenta o del documento de adeudo por domiciliación, acompañados de la certificación o extracto bancario acreditativos del cargo en la cuenta de titularidad de la beneficiaria.
  • Los documentos originales justificativos de los gastos se marcarán con una estampilla, en la que se indicará la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además el porcentaje de imputación de dicho gasto.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos del Sector público para el contrato menor, la entidad beneficiaria deberá cumplir lo establecido en el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de ma rzo, salvo que por sus especiales Csv: FDJEXUGU6XLJ565GZCDF9CDW599DUA Fecha 14/10/2026 09:16:58 Firmado Por PILAR BUENO ESPADA - Directora Gral De Trabajo Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 10/14
  • Toda la documentación que justifique el cumplimiento del objeto de la subvención deberá ponerse a disposición del órgano concedente de la subvención. SÉPTIMO. Gastos subvencionables.
  • Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actuaciones subvencionadas al amparo de la resolución de concesión y resulten estrictamente necesarios para su ejecución. En ningún caso el coste de adquisic ión de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • Únicamente serán subvencionables los gastos que se hayan efectuado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 y que se hayan pagado antes del día 1 de abril de 2027.
  • Los gastos de viaje y los relativos a alojamiento y manutención del personal encargado de la realización de las actuaciones subvencionables, se subvencionarán con los límites establecidos en el Decreto 42/2025, de 19 de mayo, sobre indemnizaciones por r azones de servicio del personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • En caso de imputar costes indirectos, habrán de imputarse a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad, de conformidad con lo previsto en el artículo 36.9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. OCTAVO. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
  • La entidad beneficiaria deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 13.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Realizar las actuaciones que fundamentan la concesión de la subvención, debiendo colaborar e informar en todo momento a la Dirección General de Trabajo respecto de la ejecución de las actuaciones, así como de la metodología y recursos utilizados para dicha ejecución.
  • Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención, en los términos establecidos en la resolución de concesión y en la normativa que sea de aplicación. Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otros recursos de la entidad, deberá acreditarse en la justificación la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. Csv: FDJEXUGU6XLJ565GZCDF9CDW599DUA Fecha 14/10/2026 09:16:58 Firmado Por PILAR BUENO ESPADA - Directora Gral De Trabajo Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 11/14
  • Comunicar al órgano concedente la obtención y cuantía de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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