Subvención directa 2026 - Asociación Cultural 24 Fotogramas - Organización XXIII International Youth Film Festival Plasencia Encorto

Educación

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La especial naturaleza de la actividad a subvencionar.
  • Las especiales características del perceptor, Entidad Pública o Entidad Privada sin ánimo de lucro y por la que no sea posible promover la concurrencia pública. En cuanto a la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, mediante la organización del “International Youth Film Festival Plasencia Encorto” se pretende desarrollar un festival de cine de carácter educativo que comenzó a celebrarse en el año 2014, en Plasencia, siendo su organizador y promotor principal la Asociación Cultural 24 Fotogramas, teniendo un marcado valor educativo y con el objetivo de promover y estimular la creatividad a través de la producción de trabajos audiovisuales. Tras más de on ce años, el festival se ha convertido en uno de los referentes a nivel nacional entre los eventos y actuaciones que vinculan cine y educación. Siendo seleccionados los trabajos audiovisuales producidos en centros educativos de cualquier parte del mundo y en especial de los centros educativos de Extremadura, ya que entre los trabajos que se presentan, un elevado número de ellos pertenecen a centros de nuestra región: centros de Primaria, Institutos de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Cent ros de
  • CUARTA.- Régimen Jurídico El presente convenio se celebra en cumplimiento de lo previsto en el artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de C ontratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 6, no constituyendo su o bjeto prestación propia de un contrato público. La concesión de la subvención que constituye el objeto del convenio se regirá por lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las disposiciones dictadas para su aplicación y desarrollo. A efectos de la gestión del procedimiento de concesión de la subvención, la entidad Asociación Cultural 24 Fotogramas , autoriza expresamente al órgano concedente para recabar las certificaciones sobre el dato de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con las Haciendas estatal y autonómica y frente a la Seguridad Social.
  • - Por parte de la Consejería de Educación y Formación Profesional: A. Promover la difusión de la decimotercera edición del “International Youth Film Festival Plasencia Encorto”, que es un festival de cine educativo que se celebra en Plasencia y tiene como misión fomentar la creatividad mediante la producción audiovisual en el entorno escolar.
  • - Por parte de la entidad Asociación Cultural 24 Fotogramas, además de las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
  • Autónoma de Extremadura, la entidad beneficiaria deberá cumplir las siguientes obligaciones: A. Ejecutar los gastos necesarios de alojamiento y transporte asociados a la realización de la actividad decimotercera edición del “International Youth Film Festival Plasencia Encorto” en los términos establecidos en este Convenio. B. Facilitar cuanta información se solicite sobre el funcionamiento del proyecto a la Junta de Extremadura, quien podrá inspeccionarlo y hacer un seguimiento presencial en cualquier momento para comprobar el funcionamiento. C. Presentar la documentación justificativa de la subvención en los términos y plazos establecidos.
  • Procederá el reintegro de las cantidades no justificadas o las que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente convenio, con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago, conforme a lo dispuesto en el Capítulo I del título III, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • En todo caso procederá el reintegro total o parcial de los fondos:
  • En el supuesto de que la Asociación Cultural 24 Fotogramas no realice el gasto previsto deberá reintegrar los fondos recibidos no invertidos.
  • En el supuesto de que la Asociación Cultural 24 Fotogramas no destine total o parcialmente los fondos percibidos a las actuaciones previstas, deberá reintegrar los fondos por el importe indebidamente utilizado.
  • El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones que se establecen en las resoluciones de concesión dará lugar, previo el oportuno expediente de incumplimiento, a la pérdida del derecho al cobro de la ayuda y/o a la obligación de reintegrar ésta y los intereses de demora correspondientes.
  • El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será la Secretaría General de la Consejería de Educación y Formación Profesional. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Secretaria General de Educación, en vir tud de la Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Secretaría General (DOE núm. 92, de 15 de mayo), del Secretario General, por el que se delegan competencias en materia de subvenciones. DUODÉCIMA. – Vigencia del convenio
  • El presente Convenio tendrá vigencia desde la suscripción del presente convenio y hasta el 31 de diciembre de 2026, a cuyo término se entenderá automáticamente extinguido, sin necesidad de previa comunicación al efecto por ninguna de las partes, salvo qu e las mismas acuerden expresamente por escrito su prórroga con una antelación de dos meses a la finalización de su vigencia y en los términos y condiciones que puedan estipularse.
  • - Para la puesta en marcha, control y seguimiento de las actividades previstas en el presente Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento, integrada como mínimo por dos representantes de cada una de las Partes intervinientes, ejerciendo la presidencia la persona titular de la Secretaría General de Educación, o persona en quien delegue, y actuando como secretaria la persona titular de la Presidencia de la Asociación Cultural 24 Fotogramas, o persona en quien delegue.
  • - Serán funciones de la Comisión de Seguimiento las que a continuación se detallan:
  • Realizar el seguimiento de los gastos de alojamiento y transporte de la decimotercera edición del “International Youth Film Festival Plasencia Encorto”, objeto del Convenio.
  • Resolver cuantas cuestiones pudiera suscitar la implementación de las citadas acciones.
  • Efectuar la valoración global de la realización del proyecto y del conjunto del Convenio.
  • Difundir y promover el Convenio firmado entre ambas entidades haciendo efectiva su aplicación y seguimiento de forma concreta.
  • - Esta Comisión se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del presente Convenio. Se reunirá cuantas veces estimen necesarias a lo largo del curso y el régimen de funcionamiento y organización, en lo no previsto en este C onvenio, se ajustará a lo dispuesto para los órganos colegiados en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. DECIMOCUARTA. – Protección de Datos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación