Personas jurídicasES431 - Badajoz

Subvención Directa 2026 a AUTELSI para el pago de la cuota de socio anual de la Junta de Extremadura

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE DIGITALIZACIÓN REGIONAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Certificado expedido por el Secretario/a de la Entidad, con el Visto Bueno del representante legal de la Entidad donde se certifique que la Consejería Economía, Empleo y Transformación Digital forma parte de la asociación AUTELSI como socio institucional de número, durante la anualidad 2026. Csv: FDJEXYEQS4FD2Z64HEV6MTS8U6TZFF Fecha 10/07/2026 08:58:02 Firmado Por JESUS COSLADO SANTIBAÑEZ - Director Gral De Digitaliz. Regional Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 9/12
  • - El incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria del destino o finalidad para el que fue otorgada la subvención o de cualquiera de las condiciones establecidas en la presente resolución de concesión, la obstaculización de las labores comprobación, la no disposición de datos que pudieran requerirse o la omisión o falseamiento de los mismos, así como del resto de obligaciones a que se sujetan los beneficiarios de ayudas públicas, dará lugar -sin perjuicio de cualesquiera otras responsabilidades a que hubiere lugar - al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • - No obstante, en los casos de incumplimiento y/o justificación parcial del objeto y/o de las actividades que fundamentan la concesión de esta subvención, y siempre y cuando el cumplimiento por la beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por ésta una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar deberá, respondiendo al principio de proporcionalidad, fijarse en función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.2 en relación con la letra o) del

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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