SUBVENCIÓN DESTINADA A LA VENTA AMBULANTE EN LA PROVINCIA DE CUENCA

El objeto de esta Convocatoria es regular y fijar los criterios, y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación Provincial de Cuenca durante el año 2026, a fabricantes de pan y del se ctor de venta ambulante de producto cotidiano con el fin de reducir los costes de un servicio básico para el medio rural, cuya ausencia conduciría a situaciones de desabastecimiento de productos básicos a una parte de la población y de reconocer y retribuir la función social que realiza el comercio ambulante y su contribución a la fijación de población al medio rural…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES423 - Cuenca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán beneficiarse de la subvención los trabajadores autónomos y las personas jurídicas (por el socio que esté dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social como trabajador autónomo), incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles, en estos dos últimos casos sólo una subvención por comunidad de bienes y por sociedad civil, que cumplan los requisitos recogidos en la Desarrollo Local Expediente 1755443Q
  • presente base. Los beneficiarios deberán estar dados de alta en el epígrafe del IAE que figura en el
  • Someterse a las actuaciones de control financiero y fiscalización que realice la Intervención General de la Diputación, y a los demás trámites de comprobación de sus servicios técnicos.
  • Tener domicilio fiscal y social en la provincia de Cuenca entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • Prestar servicio de venta ambulante de productos cotidianos de alimentación en al menos un núcleo de población de la provincia de Cuenca de menos de 500 habitantes (Censo INE 2025) de manera habitual desde el 1 de enero de 2025 o la fecha de alta del negoc io hasta la fecha de la solicitud.
  • Estar dados de alta en el epígrafe del IAE indicado en el artículo 6 a fecha de presentación de la solicitud.
  • Anexo I, II y III de solicitud y justificación de la ayuda.
  • Otorgamiento de Representación (cuando la solicitud de ayuda sea presentada por persona distinta de la que ejerce la actividad subvencionable debe figurar en el expediente acreditación del poder otorgado para hacer las funciones de representación).
  • Informe de vida laboral o, en su lugar, los seis últimos recibos del pago de autónomos y, en el caso de personas jurídicas, el Informe de Vida Laboral del socio por el que se solicita la subvención.
  • Justificantes de pago de la cuota de autónomos durante el año 2025.
  • Informe de bases y cuotas satisfechas ingresadas a la Seguridad Social entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, salvo que la actividad no lleve en funcionamiento ese tiempo, en cuyo caso se tomará la fecha de puesta en marcha del negocio.
  • DNI (solo en caso de solicitar por primera vez la ayuda).
  • Ficha de terceros actualizada. Desarrollo Local Expediente 1755443Q
  • Memoria de la actividad desarrollada y autorizaciones municipales que lo acreditan. En esta memoria se debe indicar en qué pueblos y con qué periodicidad se realiza la actividad y aportar la acreditación de lo manifestado.
  • Alta en el IAE en el epígrafe correspondiente.
  • Anexo IV (únicamente se debe aportar este documento junto con las solicitudes que presenten las Comunidades de Bienes). En el caso de que la actividad subvencionable se ejerza a través de Comunidad de Bienes se deben
  • observar además las siguientes reglas para presentar la solicitud:
  • Los Anexos I, II y III (solicitud-justificación de la ayuda) deben ir a nombre de la Comunidad de Bienes titular de la actividad subvencionable, expresando además la identidad de los miembros comuneros que la integran en el apartado reservado para ello.
  • Documento acreditativo de la representación otorgada a uno de los miembros de la entidad, con poderes bastantes para realizar los actos relativos a este procedimiento.
  • Documento acreditativo del porcentaje de participación de cada comunero en la entidad (no es necesario que la Comunidad de Bienes interesada aporte este documento si ya se encuentra en poder de la Diputación Provincial con motivo de la tramitación de exped ientes anteriores).

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de esta Convocatoria es regular y fijar los criterios, y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación Provincial de Cuenca durante el año 2026, a fabricantes de pan y del se ctor de venta ambulante de producto cotidiano con el fin de reducir los costes de un servicio básico para el medio rural, cuya ausencia conduciría a situaciones de desabastecimiento de productos básicos a una parte de la población y de reconocer y retribuir la función social que realiza el comercio ambulante y su contribución a la fijación de población al medio rural. Esta ayuda figura en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 -2026 de la Diputación Provincial de Cuenca aprobado por Decreto nº 244 de 5 de febrero de 2024 y modificado por decreto nº 829 de 20 de marzo de 2025 y por decreto nº 3799 de 13 de junio de 2025, actualizado para la anualidad de 2026 por Decreto nº 254 de 27/01/2026.