Subvencion destinada a la adquisición de libros, de material educativo y vestuario de los alumnos que matriculen por pr…

Título oficial: Subvencion destinada a la adquisición de libros, de material educativo y vestuario de los alumnos que matriculen por primera vez, en el centro educativo del municipio, colegio público Carlos III.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES616 - Jaén. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.400,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o de la Tarjeta de Residencia del solicitante.
  • Copia compulsada del Libro de Familia o, en su caso, resolución acreditativa de la patria potestad, tutela o curatela del menor.
  • Certificado del centro escolar que acredite que el alumno se ha matriculado.
  • Declaración jurada de no percibir y de no tener solicitadas otras ayudas para los mismos fines.
  • Declaración de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Certificación de cuenta abierta en cualquier entidad financiera.
  • Factura original del gasto realizado, uno por cada alumno/a especificando el nombre de éste/a, que deberá ser expedido por librería y/o papelería a nombre del padre, madre o tutor o solicitante de las ayudas. Las facturas y demás documentos deberán tener valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se admitirán para la justificación la presentación de tickets o similares sin ninguna identificación. La factura deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • Las solicitudes formuladas serán completadas de oficio con el volante de empadronamiento de quienes deban estarlo, según lo dispuesto en el artículo 2 de esta ordenanza, y con la documentación acreditativa de que ningún miembro de la unidad familiar tiene deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Santa Elena. Ayuntamiento de Santa Elena Plaza Constitución, 1, Santa Elena. 23213 (Jaén). Tfno. 953664010. Fax: 953664253
  • Destinar las subvenciones a las finalidades para las que se concedan, presentando los correspondientes documentos justificativos.
  • Acreditar su efectivo y adecuado cumplimiento.
  • A requerimiento de la autoridad municipal, verificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que hayan determinado la concesión de las becas.
  • Proceder, en su caso, al reintegro de los fondos percibidos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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