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Subvención del Fondo de Residuos 2026. Flujo de otros residuos a empresas

El objeto de estas bases es regular la subvención en 2026 del flujo de otros residuos del Fondo de Residuos para empresas privadas, según lo establecido en el artículo 3 del Decreto Foral 49/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos. La finalidad de esta subvención es contribuir a la priorización de los escalones superiores de la jerarquía de residuos, al cumplimiento de los objetivos previstos en materia de residuos de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad y a lo establecido en el artículo 2 Decreto Foral 49/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    Las personas físicas y jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificación suscrita por la persona física o, en el caso de personas jurídicas, por el órgano de administración o equivalente, con poder de representación suficiente, en la que afirmen alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos en la
  • documentation
    citada Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Podrán también acreditar dicha circunstancia por alguno de los medios de prueba previstos en la letra b).
  • documentation
    Las personas jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable no pueden
  • documentation
    El plazo para la presentación de las solicitudes será de 2 meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el día del mes equivalente al del día de la publicación. La solicitud de las subvenciones y toda la documentación que haya que aportar se presentarán obligatoriamente de manera telemática. Para facilitar la tramitación de solicitudes se ha puesto a disposición de las posibles solicitantes la ficha correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es. En dicha ficha existirá un enlace al Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, siendo necesario para identificarse disponer de certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente o de un sello electrónico basado en
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    La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente y deberá
  • documentation
    presentarse escaneada en documentos separados y debidamente identificados:
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    Formulario de solicitud (Anexo II).
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    Memoria que incluya una presentación de la entidad solicitante (breve historia de la entidad solicitante; actividades, productos, medios materiales e instalaciones más significativas) y en la que se definan con claridad los trabajos a efectuar; detallando las acciones a llevar a cabo y los objetivos a cumplir. En su caso, las acciones a realizar se agruparán por líneas de actuación, conforme a la Base 2. En el caso de las líneas 2 y 3 de la Base 2, se deberá cumplimentar el modelo de memoria del Anexo IV.
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    Presupuesto detallado del proyecto, en su caso, agrupado por líneas de actuación.
  • documentation
    Planning de las actuaciones, indicando fecha final estimada en la que se cumplen los objetivos a conseguir con el proyecto.
  • documentation
    Para las solicitudes de la línea 1 de la Base 2 se deberá aportar informe firmado por
  • documentation
    El potencial de prevención efectiva y potencial de mejora en la jerarquía de residuos,
  • documentation
    Se cuantifique la reducción de residuos.
  • documentation
    Se indique el NIMA de donde se vaya a realizar el proyecto.
  • documentation
    En el caso de que sea necesario una modificación de la autorización ambiental para desarrollar las acciones subvencionables, se deberá presentar copia de la solicitud correspondiente.
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    Medidas de difusión que van a utilizar para dar publicidad a los posibles fondos que vayan a recibir con cargo a la presente convocatoria.
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    Acreditación del tamaño de la empresa, para lo que se aportará:
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    Declaración responsable, firmada por apoderado en la que se indique el tamaño de la empresa.
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    Informe emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se indique la “plantilla media de trabajadores en situación de alta” de los 12 meses anteriores a comenzar el proyecto subvencionado
  • documentation
    Las empresas medianas y todas aquellas que tengan empresas vinculadas y/o asociadas deberán presentar las cuentas anuales cerradas, firmadas y depositadas en el registro mercantil (auditadas, cuando sea obligatorio) de la empresa de los ejercicios 2022, 2023 y 2024.

Gastos y actuaciones

  • Cuando el importe de alguno de los gastos subvencionables supere, IVA excluido, · ineligible
    000 euros (en el supuesto de coste de ejecución de obra) o 12.000 euros (en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia), la beneficiaria deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, adjuntando para ello un mínimo de tres ofertas y justificando la elección de la oferta seleccionada en el anexo VII (“Justificación de la elección del proveedor”). Quedará exceptuada de adjuntar las tres ofertas cuando por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Para cada entidad beneficiaria se establece una ayuda máxima inicial de: 300.000 euros para la línea 1; 60.000 euros para la línea 2 y 3; y de 80.000 euros para la línea 4.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    El crédito disponible de cada línea se repartirá entre los proyectos de dicha línea siguiendo el orden de puntuación obtenida tras la evaluación de las propuestas (Base 8), hasta que se agote el crédito disponible. Si tras atender todas las solicitudes de una línea quedara crédito disponible, se realizará un segundo reparto por orden de puntuación, aplicando las intensidades máximas, establecidas en el punto 3 de esta base, a los proyectos de esa línea a los que no se les pudo aplicar debido a los límites indicados en el punto anterior, y hasta que se agote el crédito disponible. Y, si sigue quedando crédito, éste será repartido de igual forma entre el resto de las líneas dando prioridad, por éste orden, a las líneas 1, 2, 3 y 4.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los beneficiarios podrán subcontratar las actividades objeto de la subvención hasta un porcentaje que no exceda del 50 por 100 del importe de la actividad subvencionada y, en todo caso, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 26 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Para las entidades beneficiarias que sean agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI) serán subvencionables los gastos indirectos (gastos generales y costes indirectos) hasta un máximo del 5 % del presupuesto subvencionable del proyecto, sin necesidad de justificación.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Será subvencionable el alquiler de equipos para el desarrollo del proyecto, durante el periodo estrictamente necesario.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · ineligible
    No serán subvencionables:
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Las actuaciones iniciadas antes del 1 de enero de 2026.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Las actuaciones para la adaptación a normas estatales o de la Unión Europea obligatorias que ya estén en vigor.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Las actuaciones que se realicen en centro productivo, obra o instalación ubicada fuera de la Comunidad Foral de Navarra.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los gastos de transporte. Excepto los realizados en las actuaciones de la línea 4 y que no se realicen por el solicitante de la subvención o empresa del grupo.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los gastos de adquisición de terrenos y los de construcción de naves industriales.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los proyectos de obra para los que se hayan utilizado áridos reciclados y materiales naturales excavados que no consten como generados en Comunidad Foral de Navarra.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Las modificaciones periódicas y normales de productos o servicios que no supongan una mejora de la protección medioambiental.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    El IVA y otros impuestos.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los gastos financieros.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los costes de amortización de equipos, patentes y otros cuya adquisición haya sido objeto de subvención o ayuda pública.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Dispositivos informáticos de uso genérico, como, por ejemplo: PC, portátiles, impresoras…
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Material fungible y/o no inventariable, así como las materias primas usadas para la fabricación en serie de productos.
  • La cantidad máxima financiable de cada uno de los proyectos admitidos se limitará a un máximo del 40% del importe de los · eligible
    Los gastos que no estén definidos en la memoria inicial, los que no tengan como finalidad el objeto de la subvención y los que no sean imputables directamente al proyecto.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de estas bases es regular la subvención en 2026 del flujo de otros residuos del Fondo de Residuos para empresas privadas, según lo establecido en el artículo 3 del Decreto Foral 49/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos. La finalidad de esta subvención es contribuir a la priorización de los escalones superiores de la jerarquía de residuos, al cumplimiento de los objetivos previstos en materia de residuos de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad y a lo establecido en el artículo 2 Decreto Foral 49/2020 de 15 de julio, por el que se regula el Fondo de Residuos. El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de un total de 1.705.000 € que se repartirá entre las líneas de actuación que se detallan en el siguiente apartado. Este crédito se podrá incrementar en un máximo de 1.705.000 euros adicionales, que será destinado a cubrir aquellas solicitudes que cumplen los requisitos de esta convocatoria, pero que, por la puntuación obtenida, quedan fuera de la concesión de