Subvención concesión directa 2026 FECONS Concurso de Albañilería

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y REGENERACIÓN URBANA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Copia auténtica de la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate salvo que este sea una de las Entidades Locales de la Región.
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    Memoria descriptiva del objeto de la subvención, justificando el carácter singular del proyecto, así como su interés público, social o económico, presupuesto detallado y financiación de la actividad. Csv: FDJEXLTWPR84M23ADHELHHD4FDTAGW Fecha 13/07/2026 14:53:13 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 1/9
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    Declaración responsable de que la entidad no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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    Certificados acreditativos de que la entidad está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. CUARTO.- Con fecha 22 de junio de 2026 el/la Jefe/a de Servicio de Arquitectura, Regeneración Urbana y Calidad, formula propuesta de resolución de concesión directa de una subvención al FECONS, destinada a sufragar parte de los gastos ocasionados por la celebración del XX Concurso de Albañilería 2026.
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    Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de Entidades Públicas o Entidades Privadas sin fines de lucro.
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    En el ejercicio de esa función de divulgación y debate establecido en el apartado anterior, la consejería con competencias en materia de arquitectura adoptará las siguientes
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    Impulso de la edición de publicaciones de investigación, divulgación y reconocimiento de la calidad arquitectónica de los edificios y espacios públicos.
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    Promoción de la enseñanza de la arquitectura, del patrimonio construido en su vertiente pluridisciplinar y de los aspectos que inciden en la calidad de vida de las personas.
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    La adopción de propuesta, a los organismos competentes en materia de relaciones internacionales y los departamentos competentes en materias relacionadas con la calidad arquitectónica en colaboración con las corporaciones y organizaciones de profesionales que intervienen en el proceso arquitectónico, de medidas de coordinación y programas necesarios de apoyo y fomento internacional de la arquitectura.
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    Fomento de la innovación y del conocimiento de la arquitectura mediante la investigación, la formación y la divulgación.” La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 113/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la misma, tiene atribuidas, entre otras competencias, promover y desarrollar estudios y análisis relacionados con la vivienda, la arquitectura, la calidad de la edificación y la regeneración urbana, así como acciones de sensibilización, formación, información y difusión de sus valores y de los instrumentos, planes y programas que se elaboren para tal fin en Extremadura. Csv: FDJEXLTWPR84M23ADHELHHD4FDTAGW Fecha 13/07/2026 14:53:13 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 3/9
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    FECONS, como beneficiario de la subvención, debe cumplir las siguientes obligaciones:
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    Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida.
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    Acreditar, con carácter previo al pago, que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda autonómica.
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    Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. Csv: FDJEXLTWPR84M23ADHELHHD4FDTAGW Fecha 13/07/2026 14:53:13 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 5/9
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    Copia Electrónica Auténtica 6 Esta documentación deberá obrar en poder de la entidad beneficiaria durante un período mínimo de cuatro años, contados desde la fecha de finalización del plazo máximo de justificación del programa, para que pueda ser consultada, en caso de inspección o auditoría, por la Administración competente.
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    Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del programa subvencionado durante el período de desarrollo del mismo, haciendo constar que la inversión ha sido financiada por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura.
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    Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación que realice la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Secretaria General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana.
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    Comunicar a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Secretaria General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, cualquier modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
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    Las demás obligaciones previstas en el presente acto administrativo y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Cuarto. Compatibilidad con otras subvenciones De conformidad con lo dispuesto en los puntos 2 y 3 del artículo 18 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero se tendrá en cuenta que el importe de aquella no sea de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con estas otras, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. En caso de que, debido a una concurrencia de subvenciones percibidas, se produzca exceso de financiación sobre el coste de las actividades subvencionadas, en virtud de lo dispuesto en el
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    REGENERACIÓN URBANA Servicio de Arquitectura, Regeneración Urbana y Calidad Avda. de las Comunidades S/N 06800 Mérida (Badajoz) Dicha documentación podrá presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación