Subvención concesión directa 2026 Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura-Fomento de la Arquitectura

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ARQUITECTURA, ACCESIBILIDAD Y REGENERACIÓN URBANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 30.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Copia de los estatutos de la entidad.
  • Proyecto de actividades a subvencionar para el año 2026, con las actuaciones a realizar, el personal vinculado a su realización y su coste.
  • Declaración responsable de que la entidad no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de las actividades subvencionadas.
  • Certificados acreditativos de que la entidad está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
  • Certificado acreditativo de que la entidad no ha percibido ni percibirá durante el año 2026 otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. TERCERO. En la Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura p ara el año 2026, existen créditos, por importe de 30.000 euros, destinada a promover acciones encaminadas al fomento, estudio, divulgación y promoción de la arquitectura en Extremadura durante el año 2026. Csv: FDJEX28ELWLJRQZLQ7UP5BEBAQB7LN Fecha 26/10/2026 12:26:58 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 1/13
  • Las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos (artículo 30).
  • Las subvenciones de concesión directa por razones que dificulten la convocatoria pública (artículo 32). En este caso, como se ha dicho, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026 prevé nominativamente una subvención a favor del COADE, pero en el Sistema ALCÁNTARA, el correspondiente proyecto presupuestario aparece planificado y cargado para su gestión mediante otro de los procedimientos de concesión directa previstos. Acerca de ese tipo de subvenciones, el artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece la posibilidad de conced er directamente, sin convocatoria previa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El artículo 32 regula las subvenciones de concesión directa por razones que dificulten su
  • Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de Entidades Públicas o Entidades Privadas sin fines de lucro.
  • En el ejercicio de esa función de divulgación y debate establecido en el apartado anterior, la consejería con
  • Impulso de la edición de publicaciones de investigación, divulgación y reconocimiento de la calidad arquitectónica de los edificios y espacios públicos.
  • Promoción de la enseñanza de la arquitectura, del patrimonio construido en su vertiente pluridisciplinar y de los aspectos que inciden en la calidad de vida de las personas.
  • La adopción de propuesta, a los organismos competentes en materia de relaciones internacionales y los departamentos competentes en materias relacionadas con la calidad arquit ectónica en colaboración con las corporaciones y organizaciones de profesionales que intervienen en el proceso arquitectónico, de medidas de coordinación y programas necesarios de apoyo y fomento internacional de la arquitectura.
  • Fomento de la innovación y del conocimiento de la arquitectura mediante la investigación, la formación y la divulgación. (…)” La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, conforme al Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica b ásica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto 89/2026, de 12 de mayo, y el Decreto 113/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la misma, tiene atribuidas, entre otras competencias, las de promover y desarrollar estudios y análisis relacionados con la vivienda, la arquitectura, la calidad de la edificación y la regeneración urbana, así como acciones de Csv: FDJEX28ELWLJRQZLQ7UP5BEBAQB7LN Fecha 26/10/2026 12:26:58 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 3/13
  • Realizar las prestaciones de interés general propias de la profesión de arquitecto que consideren oportunas o que les encomienden los poderes públicos con arreglo a la Ley, con el alcance, contenido, medios materiales y económicos que, en su caso, se atribuyan.
  • Contribuir a la satisfacción de los intereses generales derivados de los principios rectores socioeconómicos constitucionales relacionados con la Arquitectura considerada como función social y por extensión del medio en que se desenvuelve la actividad humana (ciudad y territorio), tanto en lo relativo a los valores culturales como a los medioambientales.
  • Implicar la actividad de los arquitectos en la colaboración y acción solidaria dentro y fuera de los límites administrativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Fomentar la difusión y el conocimiento de la arquitectura de la región y del trabajo de los arquitectos colegiados, dentro y fuera de Extremadura.
  • Cooperar en la mejora de la enseñanza e investigación de la arquitectura, urbanismo y ordenación del territorio, colaborando con las instituciones docentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, participar y representar a la profesión en congresos, jurados y órganos consultivos a petición de la Administración o de particulares.
  • Promover el prestigio y la presencia social de la profesión de Arquitecto
  • Promover la investigación y la difusión de la arquitectura en todos sus campos de intervención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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