Subvención concedida a la Asociación Unión Musical Benahadux para el fomento de la música y realización de conciertos y actividades culturales a objeto de la dinamización municipal durante el 2026

Educación

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BENAHADUX.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Además, se deberán realizar los siguientes eventos extraordinarios con carácter eventual:  I Encuentro de Banda Juvenil (julio) junto a la Banda de Bédar  I Encuentro de Bandas de Música (septiembre)
  • SEGUNDA.- La entidad beneficiaria ha de cumplir todas las obligaciones y requisitos establecidos por el Ayuntamiento y aquellas que, como beneficiaria de esta subvención le sean exigibles de
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para la obtención de la condición de Excmo. Ayuntamiento de Benahadux P.º de Urci, 3, Benahadux. 04410 (Almería). Tfno. 950310001. Fax: 950311013 Cód. Validación: CZ5QHFQQZW3NLMWPFCAM3XS2C Verificación: https://benahadux.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 10
  • Cumplir los objetivos y las líneas de actuación señaladas en el apartado primero, objeto de la subvención, y acreditarlo mediante la pertinente cuenta justificativa de la manera que a continuación se dirá.
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
  • Tener una cuenta bancaria habilitada a nombre de la Asociación.
  • Haber justificado documentalmente el gasto y el destino de la subvención concedida por el Ayuntamiento en el año anterior 2025.
  • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones económicas frente a la Administración del Estado, la Comunidad Autónoma y la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • No ser deudor, por ningún concepto de la Hacienda Municipal.
  • Cumplir los objetivos y las líneas de actuación señaladas en la cláusula primera, objeto de la subvención, y acreditarlo mediante la pertinente cuenta justificativa de la manera que a continuación se dirá.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad y de control financiero que puedan realizar los correspondientes Servicios Municipales.
  • Comunicar al Ayuntamiento, en el término máximo de un mes, la obtención de otras subvenciones o ayudas finalistas que financien estas mismas actividades.
  • En la publicidad de las actividades objeto de la subvención se hará constar, expresamente, que se realizan con la colaboración del Ayuntamiento de Benahadux.
  • Obligación de justificación de la subvención concedida en los plazos señalados.
  • La cesión de uso de los instrumentos musicales de propiedad municipal que figuran como Anexo I y que, en caso de disolución de la Asociación, deberán ser devueltos en el mismo estado en el que éstos hayan sido entregados. En caso de avería, la reparación correrá a cargo de la Asociación. II) La citada Asociación puede utilizar como locales de ensayo y formación tres aulas del CEIP Padre Manjón, situado en c/ Santa María n.º 11 de Benahadux, de lunes a sábado, haciéndose responsables de cualquier desperfecto en las instalaciones ocurridas en sus horas de ensayo. A estos efectos, la Asociación deberá mantener debidamente informada a esta Alcaldía, comprometiéndose al mantenimiento y buen estado de la concesión del espacio destinado. III) El incumplimiento de alguna de dichas cláusulas por parte de cualquiera de las partes firmantes podrá suponer la resolución inmediata de este Convenio . Excmo. Ayuntamiento de Benahadux P.º de Urci, 3, Benahadux. 04410 (Almería). Tfno. 950310001. Fax: 950311013 Cód. Validación: CZ5QHFQQZW3NLMWPFCAM3XS2C Verificación: https://benahadux.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 10
  • Plazo y forma de justificación La Asociación interesada deberá presentar, con carácter TRIMESTRAL, al órgano competente factura de los servicios prestados. El plazo para justificar la totalidad de la subvención será de UN MES desde la finalización de la actividad subvencionada ( la fecha límite para la justificación será el 31 de enero de 2027), debiendo aportar CUENTA JUSTIFICATIVA ANUAL de los gastos
  • Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, acompañándose de fotografías que acrediten su desarrollo.
  • Relación detallada de los gastos y de las inversiones realizadas , derivadas de las actividades subvencionadas por el Ayuntamiento de Benahadux, con identificación de los proveedores, de las facturas, de su importe, fecha de emisión; debiendo acompañarse de la documentación acreditativa del pago realizado.
  • Si existiesen otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, deberá incluirse la indicación del importe y de su procedencia.
  • En su caso, carta de pago del reintegro de los remanentes no aplicados y de los intereses que de ellos se deriven.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación