Personas jurídicasES7 - CANARIAS

Subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del transporte regular de viajeros.

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y económico, por parte de la Administración General del Estado (en adelante, AGE), con el fin de financiar las necesidades de los sistemas del transporte terrestre público regular de viajeros en Madrid, Barcelona, Valencia y la Comunidad Autónoma de Canarias que se desarrollan bajo el ámbito de actuación del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de la

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES7 - CANARIAS. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 47.500.000,00 €. Inicio: 19/10/2026. Plazo: Fin: 30/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La certificación acreditativa de que están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Mediante la presentación de esta solicitud, la entidad solicitante autoriza al órgano instructor a comprobar de forma directa el cumplimiento de dichas circunstancias, a través de certificados telemáticos. No obstante, la solicitante podrá denegar este consentimiento, debiendo, en este caso, aportar los certificados correspondientes, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Una declaración responsable que manifestando que la entidad beneficiaria no es deudora por reintegro de subvenciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Una declaración responsable manifestando que la entidad beneficiaria no incurre en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2, a excepción de las recogidas en las letras e) y g), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Si la solicitud o la documentación aportadas no reúnen los requisitos establecidos en el apartado anterior, se procederá según lo indicado en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, requiriéndose a la entidad solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo de diez días, y se le indicará que, de no hacerlo, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Este plazo podrá ser ampliado prudencialmente, hasta cinco días, a petición del interesado o a iniciativa del órgano, cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales, a tenor de lo previsto en el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 7. Actividades subvencionadas, gastos subvencionables y ámbito de actuación. · eligible
    Las actividades subvencionadas consisten en el servicio de transporte público regular de viajeros que prestan las entidades beneficiarias. Son gastos subvencionables las obligaciones reconocidas y los pagos materiales efectuados por los beneficiarios para atender la prestación del servicio del sistema de transporte terrestre público regular de viajeros en Madrid, Barcelona, Valencia y Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a los Presupuestos correspondientes al ejercicio 2026. Los ámbitos de actuación de las actividades subvencionadas para los beneficiarios
  • Artículo 7. Actividades subvencionadas, gastos subvencionables y ámbito de actuación. · eligible
    Comunidad de Madrid, según se define en el artículo 1.4 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
  • Artículo 7. Actividades subvencionadas, gastos subvencionables y ámbito de actuación. · eligible
    Las comarcas de L’Alt Penedès, L’Anoia, El Bages, El Baix Llobregat, El Barcelonès, El Berguedà, El Garraf, El Maresme, El Moianès, Osona, El Vallès Occidental y El Vallès Oriental, según se define en el artículo 1.3 de los Estatutos de la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona (Autoritat del Transport Metropolità).
  • Artículo 7. Actividades subvencionadas, gastos subvencionables y ámbito de actuación. · eligible
    Ayuntamiento de Valencia y los municipios integrantes del Área de Transporte Metropolitano de Valencia adheridos conforme a lo indicado en el Decreto 81/2017, de 23 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano de Valencia.
  • Artículo 7. Actividades subvencionadas, gastos subvencionables y ámbito de actuación. · eligible
    Comunidad Autónoma de Canarias.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y económico, por parte de la Administración General del Estado (en adelante, AGE), con el fin de financiar las necesidades de los sistemas del transporte terrestre público regular de viajeros en Madrid, Barcelona, Valencia y la Comunidad Autónoma de Canarias que se desarrollan bajo el ámbito de actuación del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de la