Subvención a CADIS Huesca con destino a los apartados de accesibilidad, creatividad y conmemoración décimo aniversario…

Título oficial: Subvención a CADIS Huesca con destino a los apartados de accesibilidad, creatividad y conmemoración décimo aniversario del programa “Huesca más incluisva”.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 35.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Compatibilidad. Es compatible con la obtención de otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe previsto de la subvención no supera el 80% del coste total de la actividad, s iendo incompatible, por encima de dicho porcentaje, con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Todo ello con el límite del 100 % del coste de la actividad.
  • Los gastos de carácter protocolario en servicios de hostelería y restauración, alojamientos, obsequios y otros similares.
  • Los relativos a dietas, locomoción, manutención, alojamiento y similares de personal, en la medida que resulten subvencionables, y superen los límites establecidos con carácter oficial para el personal de la administración clasificado en el grupo 2 en el anexo II del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
  • Los pagos en metálico superiores a 300 euros.
  • Los costes de adquisición por importe superior al valor del mercado comprobado por la Administración, por el importe que exceda respecto del mismo.
  • El IVA deducible y cualquier impuesto susceptible de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
  • Los costes indirectos que superen el 10% de los costes directos Los gastos de las actividades subvencionadas se refieren a varias actuaciones de distinta naturaleza que se entienden como una actuación global en el marco de la búsqueda de la mejora de la inclusión de las personas con discapacidad de la provincia, que podrán compensarse entre sí.
  • Aceptación y pago. Se utilizará el modelo A1 – Aceptación expresa de subvención. El beneficiario deberá manifestar la aceptación expresa de la subvención en el plazo de quince días desde que se notifique la resolución, entendiéndose, en caso contrario, que renuncia a la misma. La subvención, de conformidad con lo dispuesto en el art. 45 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón , se abonará en la modalidad de pago anticipado total, sin resultar necesaria la prestación de garantías.
  • En todo caso, la citada concesión queda sometida a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobi erno, el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, la Ley 8/2015, de 25 de Decreto Nº 3530 de 13/10/2026 "Decreto concesión subvención accesibilidad, creatividad y décimo aniversario Huesca + 2026"
  • marzo, de transparencia de la actividad pública y participación ciudadana de Aragón, el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, el presupuesto de la Corporación y la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca vigente. Tercero. Justificación. El beneficiario, con posterioridad a su abono y en el plazo que se señala en el apartado primero, deberá justificar la aplicación de esta aportación, presentando en la Unidad de Régimen Interior de la Diputación Provincial de Huesca,
  • Modelo J1. Memoria de actuación.
  • El indicador de actividad y resultados a tener en cuenta se ajustará al siguiente detalle:
  • Conmemoración décimo aniversario: Alcanzar el 80% de las actividades previstas.
  • Accesibilidad: Colaborar con un mínimo dos ayuntamientos de la provincia.
  • Creatividad (Diversario): Alcanzar el 80 % de las actividades previstas. Se entenderá alcanzado si se cumplen las anteriores cifras. En el caso de no cumplirse
  • Si no se alcanza el 100% de las cifras anteriores pero son iguales o superan el
  • Si no se alcanza el 70% pero igualan o superan el 50% de las cifras anteriores: . Décimo aniversario: 3 % de la subvención de penalización . Accesibilidad: 2 % de la subvención de penalización . Creatividad: 25 % de la subvención de penalización
  • Si no se alcanza el 50% de las cifras anteriores: . Décimo aniversario: 12 % de la subvención de penalización . Accesibilidad: 8 % de la subvención de penalización . Creatividad: 80 % de la subvención de penalización
  • Modelo J2. Memoria económica. La Memoria Económica se complementará con un cuadro detallado de ingresos y gastos del proyecto completo Huesca + inclusiva 2025, sin perjuicio de que únicamente se tendrá que aportar justificantes de gastos de las actividades de accesibilidad, creatividad y conmemoración décimo aniversario. Decreto Nº 3530 de 13/10/2026 "Decreto concesión subvención accesibilidad, creatividad y décimo aniversario Huesca + 2026"
  • Los justificantes de los gastos, que serán por el importe total del gasto subvencionable y deberá corr esponder a los gastos recogidos en el presupuesto, indicándose las desviaciones acaecidas, en su ca so, y estarán debidamente

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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