Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Realizar las actuaciones objeto de subvención y justificar debidamente la realización de las mismas, así como del gasto realizado, todo ello conforme a la normativa aplicable y a los términos establecidos en el presente Convenio.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a reali zar por parte del Ayuntamiento, y cumplir estrictamente las instrucciones de éste en materia de control, seguimiento, evaluación y justificación de las actividades y resultados de la misma. En ara s del control financiero, la beneficiaria deberá proporcionar cuanta documentación le sea requerida por los órganos de control competentes. Esta función está encomendada a la Intervención General, debiendo concluir las actuaciones de control financiero en el plazo máximo de 12 meses, a contar desde la fecha de notificación a los beneficiarios del inicio de las mismas, pudiéndose ampliar en los términos del artículo 49.7 de la Ley General de Subvenciones. Queda también sometido al control externo del Tribunal de Cuentas, y en su caso, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras sub venciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la just ificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar que se encuentra al corriente de las obli gaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante los correspondientes certificados de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social. La comprobación del cumplimiento de estas obligaciones podrá verificarse de oficio. En todo caso, la comprobación de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias municipales se hará siempre de oficio.
  • Acreditar que no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones, establecidas en el artículo
  • 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria. Dicha acreditación se efectuará mediante declaración responsable.
  • Presentar certificado de su Secretario, acreditativ o de los acuerdos adoptados por el órgano competente, relativos a las actuaciones del presente Convenio, en particular de aquellos referentes a los gastos imputados y presentación de cuentas.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplic ación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. Ayuntamiento de Burgos. Código seguro verificación: 16346424363451712566 Puede verificar la autenticidad de este documento en https://sede.aytoburgos.es/validacion
  • Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento medi ante la incorporación del correspondiente logotipo en las publicaciones, catálogos, folletos, carteles y demás material publicitario. Cuando se utilicen medios de prensa, radio u otros, para la difusión de las actividades, dar conocimiento de que el Ayuntamiento colabora mediante subvención económica y asistencia técnica.
  • Si con ocasión de las actividades a desarrollar fue ra necesario instalar elementos en la vía pública, para su montaje y desmontaje será necesario seguir las indicaciones de los Servicios Técnicos Municipales y poseer los oportunos permisos para su colocación. La reparación de cualquier daño fortuito que pudiera producirse en el pavimento, mobiliario urbano, alumbrado, arbolado, etcétera, con motivo de la celebración de los eventos objeto de subvención, correrán por cuenta del beneficiario. En este caso, y previo informe del Técnico Municipal correspondiente, se podrá reducir de la subvención pendiente de abonar, la cuantía indicada en el informe técnico referido. En caso de ser superior el valor del perjuicio causado a la cuantía pendiente de abonar, según este Convenio y las justificaciones presentadas, se iniciará procedimiento de reintegro.
  • Proceder al reintegro de la subvención en caso de darse alguno de los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. Para exigir el reintegro se deberá seguir el siguiente
  • Informe técnico en el que conste que se ha producido alguno de los supuestos previstos en el citado
  • Una memoria de actividades ejecutadas , con indicación detallada de las mismas y de los resultados obtenidos, así como una evaluación del g rado de cumplimiento de los objetivos establecidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realiza das, conforme a los modelos normalizados de justificación de subvencion es concedidas, disponibles en la sede
  • electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en concreto: a. Anexo A. Cuadro resumen de gastos e ingresos b. Anexo B. Tabla normalizada relación de gastos. c. Facturas incluidas en el Anexo B y sus justificante s de pago. Relación de ingresos y facturas emitidas. d. Justificación de las contrataciones realizadas cual quiera que sea su importe. La entidad beneficiaria presentará las ofertas solicitadas a los distintos proveedores, en los casos previstos en la cláusula quinta, o en su defecto una declaración jurada que justifique suficientemente la contratación realizada. La beneficiaria deberá acre ditar, de acuerdo con la Ley General de Subvenciones, que la contratación se ha realizado de acuerdo con las condiciones normales de Ayuntamiento de Burgos. Código seguro verificación: 16346424363451712566 Puede verificar la autenticidad de este documento en https://sede.aytoburgos.es/validacion
  • Certificados y declaraciones personales , y en su caso mediante los modelos normalizados: a. Certificados de estar al corriente de AEAT y de Seguridad Social. b. Anexo E. Certificado del Secretario de recepción o no de otras subvenciones o ingresos públicos para financiar las actividades objeto de este Convenio. En caso de haberse financiado éstas con otras subvenciones o recursos públicos, deberá indi carse el importe, la procedencia y la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. c. Anexo F. Certificado del Secretario indicando el co ste total de las actividades, que consta registrado en la contabilidad de gastos de la entidad beneficiaria, el detalle de los ingresos que han financiado las actividades, y que la cuantía de todos los ingresos que financian las mismas, incluida la presente subvención, no superan el cost e de ejecución de las actividades subvencionadas. d. Anexo G. Certificado del Secretario de la aprobación de la cuenta justificativa presentada y de los gastos imputados, por el órgano competente de la entidad beneficiaria, así como del destino dado a la subvención recibida. e. Anexo H. Certificado de disposición de documentación original.
  • En su caso, carta de pago de reintegro, en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses aplicados de los mismos.
  • En cuanto a las facturas y justificantes de pago deberán reunir los siguientes requisitos:
  • El beneficiario deberá figurar obligatoriamente como destinatario de la factura.
  • Hacer referencia de gastos generados por la actividad.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes