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Subvención al Ayuntamiento de Olite / Iriberri para acondicionar el Centro Cívico

Es objeto del presente convenio es fijar las bases reguladoras de la concesión directa de una subvención, a través de la Dirección General de Administración Local y Despoblación, al Ayuntamiento de Olite, para financiar la ejecución de la “ Acondicionamiento del centro cívico” de la Entidad Local. Según consta en la motivación de la enmienda: “Acondicionamiento del centro cívico”. La memoria presentada se adecúa al objeto de la subvención y a la motivación de la enmienda. Su finalidad es de utilidad pública.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE COHESIÓN TERRITORIAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Realizar y justificar las actuaciones de ejecución “Acondicionamiento del centro cívico”, de acuerdo a la memoria presentada , en el plazo establecido en el presente Convenio.
  • Comunicar a la Dirección General de Administración Local y Despoblación la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actuación subvencionada.
  • No estar incurso en ninguna de las causas que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención.
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el artículo 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Informar a la Dirección General de Administración Local y Despoblación de los cambios constructivos que afecten a la propuesta técnica presentada.
  • El pago de la subvención se efectuará en un único abono al finalizar la inversión.
  • Documentación a presentar con la solicitud de abono:  La dirección URL y una copia de los datos de adjudicación de las obras publicados en el Portal de Contratación de Navarra.  Copia del Acta de replanteo e inicio de obra.  Copia del Acta de recepción de las obras.  Certificación final a origen con mediciones detalladas suscritas por la propiedad, la dirección de obra y la empresa contratista.  Copia de las facturas y justificantes de abonos bancarios.  Justificante del abono en la Hacienda de Navarra de las retenciones practicadas en las facturas. Para las retenciones correspondientes al último trimestre del año 2026, la justificación podrá presentarse hasta el 16 de febrero de 2027.  Certificado de titular de Secretaría con el Visto Bueno de Alcaldía en el que se
  • Los d atos de la adjudica ción de los honorarios técnicos; nombre del adjudicatario, NIF, importe de la adjudicación, procedimiento de adjudicación empleado.
  • Que la elección de los proveedores se ha realizado con criterios de eficiencia y economía estipulados en el artículo 28.3 de la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones.
  • La financiación de la actuación con indicación expresa de otras subvenciones recibidas o concedidas de otros organismos públicos o privados.
  • El cumplimiento de la cláusula de publicidad del convenio. El abono de la subvención se realizará, previo informe favorable del Servicio de Infraestructuras Locales, tras comprobar in situ, que la inversión está ejecutada y se verifique el cumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente Convenio. La justificación documental correspondiente al final de obra deberá presentarse hasta el 6 de noviembre de 2026, incluido. El importe definitivo a abonar se calculará sumando al importe de liquidación de las obras, todos aquellos gastos considerados subvencionables hasta el l ímite máximo de 30.000,00 euros.
  • Si no fuera posible , por razones debidamente motivadas, la ejecución de la inversión en la fecha prevista, se podrá solicitar con f echa límite 2 de octubre de 202 6 el pago anticipado de la subvención siendo requisito necesario la presentación de la siguiente
  • documentación junto a la solicitud de la Entidad Local:  Planificación temporal indicando: fecha de inicio en 2026 (acta de replanteo de las obras), plazo de ejecución de obra, fechas estimadas para la recepción de obra y certificación final de las obras.  Informe motivando las causas que han provocado el retraso en la ejecución de la inversión. En caso de solicitarse dicho pago anticipado, deberá acreditarse con fecha límite el 31 de diciembre de 2026 el inicio efectivo de las obras mediante la presentación de los siguientes
  • documentos:  Copia del acta de replanteo de la obra firmada por Ayuntamiento, dirección de la obra y constructor.  Fotografías acreditativas del inicio de la obra.  La dirección URL y una copia de los datos de adjudicación de las obras publicados en el Portal de Contratación de Navarra. El personal técnico del Servicio de Infraestructuras Locales podrá realizar vis ita de comprobación si confor me a la documentación presentada por la entidad local no queda debidamente acreditado el inicio efectivo de la obra. El pago del anticipo está condicionado a la finalización total de la ejecución de la obra de “Acondicionamiento del centro cívico”, que deberá justificarse en la fecha que se determine mediante a denda que modifique el presente convenio , aportando la siguiente
  • documentación:  Copia del Acta de recepción de las obras.  Certificación final a origen con mediciones detalladas suscritas por la propiedad, la dirección de obra y la empresa contratista.  Copia de las facturas y justificantes de abonos bancarios.  Justificante del abono en la Hacienda de Navarra de las retencion es practicadas en las facturas. Su presentación se podrá demorar hasta el día 18 del mes siguiente al del pago voluntario de la retención.  Certificado de titular de Secretaría con el Visto Bueno de Alcaldía en el que se
  • Los datos de la adjudicac ión de los honorarios técnicos; nombre del adjudicatario, NIF, importe de la adjudicación, procedimiento de adjudicación empleado.
  • El cumplimiento de la cláusula de publicidad del convenio. En el caso de que las cantidades justificadas sean inferiores a las abonadas anticipadamente, se procederá al reintegro del importe no justificado conforme a la cláusula de incumplimientos y reintegros.
  • En el caso de que en el plazo previsto no se hubiera finalizado la ejecución de la inversión, se procederá conforme a lo previsto para el cumplimiento parcial en la cláusula relativa a incumplimientos y reintegros. La Resolución de abono o de justificación del anticipo determinará la fecha límite para la entrega de la documentación correspondiente al final de la inversión.

Gastos y actuaciones

  • Tercera.- Gastos subvencionables. · eligible
    Se considerarán subvencionables los gastos relacionados directamente con la ejecución de la inversión descrita en el punto segundo de la parte expositiva y recogida en la memoria presentada por el Ayuntamiento de Olite, realizados en el plazo establecido. En dicho coste, se incluyen los gastos correspondientes a la ejecución de la actuación y los honorarios de redacción de memoria y de dirección de las obras. Se admitirán los precios contradictorios y las variaciones de las mediciones de las unidades que sean considerados subvencionables. No se admitirán los costes de actuaciones ejecutadas por medios propios.
  • Tercera.- Gastos subvencionables. · eligible
    Página 3 de 9 Los tributos son gastos subvencionables cuando la entidad local los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Las condiciones técnicas de los proyectos podrán ser modificadas en base a necesidades imprevistas, mejoras tecnológicas u otras causas objetivas, siempre que se cumpla el objeto de subvención y la modificación se tramite conforme a la Ley Foral de Contratos Públicos.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto del presente convenio es fijar las bases reguladoras de la concesión directa de una subvención, a través de la Dirección General de Administración Local y Despoblación, al Ayuntamiento de Olite, para financiar la ejecución de la “ Acondicionamiento del centro cívico” de la Entidad Local. Según consta en la motivación de la enmienda: “Acondicionamiento del centro cívico”. La memoria presentada se adecúa al objeto de la subvención y a la motivación de la enmienda. Su finalidad es de utilidad pública.