Personas jurídicasES241 - Huesca

Subvención al Ayuntamiento de Jaca para la realización del Primer Viernes de Mayo

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Aceptación expresa de la subvención. Si bien el artículo 26.6 de la Ordenanza establece que para que la subvenciones directas sean efectivas, deberán ser aceptadas por el beneficiario en el plazo de 15 días desde que se notifique la resolución, en el presenta caso, y dado que se ha presentado la justificación de la subvención, se considera aceptada la subvención. Decreto Nº 2947 de 31/08/2026 "Decreto concesión-liquidación subvención nominativa al Ayuntamiento de Jaca. Primer Viernes de Mayo."
  • 1. Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra ayuda pública para la misma finalidad, hasta un máximo del 80 % del gasto subvencionable.
  • 2. Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra ayuda privada para la misma finalidad.
  • 3 El importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, ni superar el límite de financiación establecido, en aplicación del artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Publicidad ( a excepción de los conceptos recogidos en la factura 0670200295, con el concepto “Campaña cultura – poesía”, que no se consideran subvencionables por no estar directamente relacionados ni ser necesarios para la realización de la actividad subvencionada).
  • Subcontratación. Se establece el límite del 50% del importe en la subcontratación de la actividad subvencionada.
  • Publicidad de la subvención. El beneficiario debe dar la adecuada publicidad de la financiación por parte de la Diputación Provincial de Huesca de la actividad subvencionada, en cumplimiento del artículo 18 de la LGS. En este caso la publicidad consiste en la inserción del logotipo de la Diputación en el material impreso relacionado con la actividad, que se ha aportado junto a los documentos justificativos de la subvención y la indicación de la financiación de la Diputación en todas las acciones de promoción y difusión que se hagan del proyecto, incluidas las menciones en medios de comunicación y redes sociales.
  • Forma de pago. La forma de pago de la subvención será la prevista en el apartado primero. Decreto Nº 2947 de 31/08/2026 "Decreto concesión-liquidación subvención nominativa al Ayuntamiento de Jaca. Primer Viernes de Mayo."
  • Importe. El importe de la subvención se fija en función del porcentaje señalado en el apartado primero.
  • Forma y plazo de justificación. La presente subvención se ha justificado mediante documentación presentada en fecha 16 de julio de 2026, con número de entrada de registro 17045, en la modalidad de cuenta justificativa con
  • Formulario J1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención nominativa, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como las fuentes de verificación y los indicadores utilizados para medir los mismos . En concreto los indicadores propuestos por el beneficiario y
  • número de visitantes, con asistencia de 55.000 personas.
  • ocupación hostelera, con unos resultados del 85% de ocupación, lo cual genera un impacto positivo directo en el comercio local y hostelería.
  • Medidas utilizadas para dar difusión a la subvención concedida, conforme al punto 5 del apartado segundo. ( Publicidad de la subvención.) Consistente en la inclusión del logo de la Diputación Provincial de Huesca en el material publicitario y de difusión de la actividad. Me moria económica.
  • Formulario J2, que incluye: 1- Certificado/declaración de que se ha realizado la actividad, se han aplicado los fondos a la finalidad subvencionada y sobre la subvencionalidad de los impuestos indirectos. 2- Presupuesto ejecutado y desviaciones acaecidas. 3- Relación detallada de ingresos y certificado/declaración de las subvenciones e ingresos obtenidos. 4- Relación clasificada de gastos con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago.
  • Copia de las facturas electrónicas originales o copias escaneadas de las facturas en formato papel, legalmente expedidas de acuerdo con el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, o de los documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado anterior, y Decreto Nº 2947 de 31/08/2026 "Decreto concesión-liquidación subvención nominativa al Ayuntamiento de Jaca. Primer Viernes de Mayo."
  • Documentos acreditativos del pago efectivo de los gastos. Para ser considerados válidos, los justificantes de pago deberán permitir identificar: al beneficiario de la subvención que ordena el pago, al tercero que percibe las cantidades pagadas, la fecha de pago o salida efectiva de los fondos de la entidad beneficiaria, concepto por el que se efectúa el pago con referencia al número o números de factura a que corresponde y el importe a justificar. Documentación gráfica de la realización de la actividad, así como material gráfico de documentos de difusión (himno del Viernes de Mayo y programa de la actividad) con inclusión del logo de la Diputación Provincial de Huesca.
  • Modificaciones. La actividad para la que se concede la subvención es la identificada en la solicitud, entendiéndose que el beneficiario se compromete a realizarla en los términos planteados en la misma. Se trata de una actividad ya ejecutada y justificada, por lo que no se prevé la modificación de sus condiciones.
  • Ampliación del plazo de justificación. La justificación de la subvención ha sido presentada, por lo que no es prorrogable o ampliable.
  • 1. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante la Diputación Provincial de Huesca, al igual que el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la misma. Conforme al articulo 62 del RLGS, las actividades para la que se concede la subvención es la identificada en la solicitud, entendiéndose que se el beneficiario se compromete a realizarla, de acuerdo con el articulo 61 del RLGS, en los términos planteados en la solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por el órgano gestor, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión y no dañen derechos de terceros.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura