Personas jurídicasES241 - Huesca

Subvención al Ayuntamiento de Gistaín para la adecuación de edificio de Gistaín para zona coworking y sala de reuniones municipal.

Infraestructuras

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    - Aceptación: El Ayuntamiento beneficiario deberá manifestar la aceptación expresa de la subvención (Modelo A-1) en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, entendiéndose, en caso contrario, que renuncian a la misma.
  • justification
    - Compatibilidad: Al subvencionarse casi el 80% de los gastos previstos (en concreto el 76,748 %) para adecuación de edificio para zona de coworking y sala de reuniones, esta subvención será incompatible con la obtención de otras ayudas públicas para la misma finalidad, resultando aplicable lo dispuesto en el art. 33 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS para la comunicación de subvenciones concurrentes. En caso de percibir otras aportaciones no indicadas en la solicitud para la financiación de la actividad, se comunicará en el plazo de un mes a esta Diputación.
  • justification
    - Gastos subvencionables: La actividad para la que se concede la subvención es la identificada en el documento técnico, entendiéndose que el beneficiario se compromete a realizarla en los términos planteados en el mismo. El importe a justificar será el coste total de la inversión contenida en el documento técnico que se subvenciona. En el caso de que el total de gastos de la obra sea sea inferior a 21.147,62 €, y se hayan cumplido los objetivos para los que se concede la subvención, para el abono de la subvención se aplicará el principio de proporcionalidad manteniendo el porcentaje fijado al asignar la subvención.
  • justification
    - Otras obligaciones del beneficiario:
  • justification
    Debe de reunir en todo momento los requisitos exigidos por el art.13 de la LGS para ser beneficiario de la subvención.
  • justification
    El Ayuntamiento debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no hallarse incurso en periodo ejecutivo en deudas tributarias y por reintegro de subvenciones con la Diputación Provincial de Huesca. Asimismo el Ayuntamiento dispone de la documentación que lo acredita y se compromete a mantener su cumplimiento mientras sea beneficiario.
  • justification
    El Ayuntamiento como administración contratante será responsable del cumplimiento de la normativa de contratación que le resulte de aplicación.
  • justification
    El beneficiario debe facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Huesca, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada y someterse a la actuación de comprobación y de control financiero que Decreto Nº 2690 de 31/07/2026 "Decreto concesión subvención nominativa Aytº Gistaín 85/26-0"
  • justification
    Dado que se trata de una subvención a bienes inventariables, el beneficiario deberá destinar los mismos al fin para el que obtiene la subvención durante el plazo mínimo de cinco años para bienes inscribibles en un registro público, y de dos para el resto de bienes.
  • justification
    El beneficiario deberá dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actuación objeto de subvención, debiendo enviar una fotografía en la que se constate el medio elegido para realizar dicha publicidad. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de una penalización del 5% de la subvención.
  • justification
    El beneficiario deberá suministrar a la Diputación Provincial de Huesca, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana. En el supuesto de incumplimiento por el beneficiario de esta obligación, la Diputación podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas previstas en el art. 9 de la citada Ley.
  • justification
    - Modificaciones: El Ayuntamiento deberá comunicar a la D.P.H. cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación. La actividad para la que se concede la subvención es la identificada en el documento técnico, entendiéndose que el beneficiario se compromete a realizarla en los términos planteados en el mismo. Únicamente podrán realizarse modificaciones en los términos de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de contratos del Sector Público, y que no afecten al cumplimiento de los fines de la subvención y no dañen derechos de terceros. De esta circunstancia se dará conocimiento a la Diputación con carácter previo a la aprobación del modificado del documento técnico.
  • justification
    - Plazos de justificación y pago: La justificación de la subvención se realizará en dos
  • justification
    plazos: 1º.- Hasta el 20 de noviembre de 2026, deberá presentarse en el Servicio de Cooperación, Planes y Asistencia Técnica, debidamente cumplimentada, la documentación a que hace referencia la Ordenanza General de Subvenciones en el artículo 10 y la documentación
  • justification
    Modelo J. Relación de gastos e ingresos. Memoria económica. (Se adjunta a esta resolución) Decreto Nº 2690 de 31/07/2026 "Decreto concesión subvención nominativa Aytº Gistaín 85/26-0"
  • justification
    Memoria explicativa de los trabajos realizados de la actividad subvencionada y relación con la medición final de las obras ejecutadas, firmada por un técnico.
  • justification
    Documentación gráfica final de la obra realmente ejecutada. Planos detalle de ejecución.
  • justification
    Certificados de los resultado de los ensayos y control de calidad realizados.
  • justification
    Documentación acreditativa de la gestión de residuos
  • justification
    Fotografías en la que se constante el medio elegido por el beneficiario para realizar la publicidad de carácter público de la financiación de la misma. 2º.- Junto con la documentación indicada en el párrafo anterior o, en todo caso, hasta el 1 de marzo de 2027, el Ayuntamiento está obligado a presentar justificación documental del pago efectivo al contratista adjudicatario del gasto justificado. El pago de la subvención se realizará una vez remitida y comprobada la documentación solicitada en la primera de las fases indicadas. En ningún supuesto, será posible la ampliación de los plazos de ejecución y justificación de la subvención concedida para esta actuación. Para lo no dispuesto en esta resolución, que tiene el carácter de bases reguladoras de la subvención, se aplicará lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca, incluidos los criterios de graduación de los posibles incumplimientos recogidos en el art. 24 de la OGS. Huesca, en la fecha de la firma electrónica Doy fe El Presidente La Secretaria General Decreto Nº 2690 de 31/07/2026 "Decreto concesión subvención nominativa Aytº Gistaín 85/26-0"

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Infraestructuras