Subvención a la Mancomunidad Forestal Ansó-Fago para la instalación de nueva estación depuradora de aguas residuales en el camping de Zuriza.

Infraestructuras

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    - Aceptación: La Mancomunidad beneficiaria deberá manifestar la aceptación expresa de la subvención (Modelo A-1) en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, entendiéndose, en caso contrario, que renuncian a la misma.
  • justification
    - Compatibilidad: Al subvencionarse de forma excepcional el 99,999 % del gasto presupuestado, dicha subvención será incompatible con la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, resultando aplicable lo dispuesto en el art. 33 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS para la comunicación de subvenciones concurrentes. En caso de percibir otras aportaciones no Decreto Nº 2707 de 04/08/2026 "Decreto concesión subvención nominativa Mancomunidad Forestal Ansó- Fago 91/26-0"
  • justification
    - Gastos subvencionables: La actividad para la que se concede la subvención es la identificada en el documento técnico, entendiéndose que el beneficiario se compromete a realizarla en los términos planteados en el mismo. El importe a justificar será el coste total de la obra contenida en el documento técnico que se subvenciona. En el caso que el coste de la actuación y por tanto su justificación sea inferior a 155.491,72 € para el abono de la subvención se aplicará el principio de proporcionalidad manteniendo el porcentaje fijado al asignar la subvención.
  • justification
    - Otras obligaciones del beneficiario:
  • justification
    Debe de reunir en todo momento los requisitos exigidos por el art.13 de la LGS para ser beneficiario de la subvención.
  • justification
    La Mancomunidad debe estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no hallarse incurso en periodo ejecutivo en deudas tributarias y por reintegro de subvenciones con la Diputación Provincial de Huesca. Asimismo la Mancomunidad dispone de la documentación que lo acredita y se compromete a mantener su cumplimiento mientras sea beneficiario.
  • justification
    La Mancomunidad como administración contratante será responsable del cumplimiento de la normativa de contratación que le resulte de aplicación.
  • justification
    La entidad beneficiaria debe facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Huesca, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada y someterse a la actuación de comprobación y de control financiero que realice la Intervención de la Diputación Provincial de Huesca y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, o en su caso autonómico.
  • justification
    Dado que se trata de una subvención a bienes inventariables, el beneficiario deberá destinar los mismos al fin para el que obtiene la subvención durante el plazo mínimo de cinco años para bienes inscribibles en un registro público, y de dos para el resto de bienes.
  • justification
    El beneficiario deberá dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actuación objeto de subvención, debiendo enviar una fotografía en la que se constate el medio elegido para realizar dicha publicidad. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al reintegro o pérdida del derecho al cobro de la subvención. Decreto Nº 2707 de 04/08/2026 "Decreto concesión subvención nominativa Mancomunidad Forestal Ansó- Fago 91/26-0"
  • justification
    El beneficiario deberá suministrar a la Diputación Provincial de Huesca, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana. En el supuesto de incumplimiento por el beneficiario de esta obligación, la Diputación podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas previstas en el art. 9 de la citada Ley.
  • justification
    - Modificaciones: La Mancomunidad deberá comunicar a la D.P.H. cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación. La actividad para la que se concede la subvención es la identificada en el documento técnico, entendiéndose que el beneficiario se compromete a realizarla en los términos planteados en el mismo. Únicamente podrán realizarse modificaciones en los términos de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de contratos del Sector Público, y que no afecten al cumplimiento de los fines de la subvención y no dañen derechos de terceros. De esta circunstancia se dará conocimiento a la Diputación con carácter previo a la aprobación del modificado del documento técnico.
  • justification
    - Plazos de justificación y pago: Se contempla la posibilidad de realizar pagos a cuenta que se acomodarán al ritmo de ejecución de la obra y abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada, no pudiendo superar el total de estos pagos el importe de adjudicación de la obra. En estos casos, junto con la certificación de obra realizada a origen y aprobada por la
  • justification
    Certificado de adjudicación de la obra, según modelo que se adjunta.
  • justification
    Acta de comprobación del replanteo. 1º.- Hasta el 20 de noviembre de 2026, deberá presentarse en el Servicio de Cooperación, Planes y Asistencia Técnica, debidamente cumplimentada, la documentación a que hace referencia la Ordenanza General de Subvencion es en el artículo 10 y la documentación
  • justification
    Modelo J. Relación de gastos e ingresos. Memoria económica. (Se adjunta a esta resolución) Copia de las facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente, acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente de acuerdo con el índice presentado y relacionados con la actuación realizada. (Estarán comprendidos entre el 1 de enero de 2026 y el 20 de noviembre de 2026).
  • justification
    Certificado de adjudicación de la obra y acta de comprobación del replanteo si no se han enviado con anterioridad Decreto Nº 2707 de 04/08/2026 "Decreto concesión subvención nominativa Mancomunidad Forestal Ansó- Fago 91/26-0"
  • justification
    Memoria justificativa de la ejecución de la obra incluyendo explicación de las modificaciones efectuadas.
  • justification
    Justificación de modificaciones contractuales de carácter económico si procede
  • justification
    Medición global y relación valorada a origen de las obras. Certificación final-liquidación

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Infraestructuras