Subvención a la fundación AMASOL para la promoción "Nadie atrás: cobertura de necesidades para familias monoparentales de Huesca en situación de exclusión 2026"

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Compatibilidad. Es compatible con la obtención de otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe previsto de la subvención no supera el 80% del coste total de la actividad, s iendo incompatible, por encima de dicho porcentaje, con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Todo ello con el límite del 100% del coste de la actividad.
  • Formulario J1. Justificación de la subvención: memoria de actuación. Los indicadores de actividad y resultados a tener en cuenta se referirán a las familias,
  • Alcanzar un mínimo de 56 familias atendidas.
  • Alcanzar un mínimo de 136 personas beneficiarias
  • Alcanzar un mínimo de 56 apoyos de alimentación e higiene
  • Alcanzar un mínimo de 64 apoyos para otras necesidades
  • Por cada indicador que no alcance el 50 % de las cifras señaladas, penalización del 10 % de subvención, siempre que por lo menos dos de ellos alcancen el 30 %
  • Si tres o más indicadores no alcanzan el 30 % de las cifras señaladas, penalización total de la subvención Decreto Nº 2521 de 17/07/2026 "Decreto concesión subvención
  • Formulario J2. Justificación de la subvención: memoria económica. En el apartado “Relación clasificada de los gastos”, si el número de justificantes fuera superior al de filas disponibles, podrá utilizarse el Formulario J2-R4 (descargable en formato editable de la Página web y Sede electrónica) que, una vez cumplimentado, deberá transformarse en formato pdf y firmarse electrónicamente.
  • Los justificantes de los gastos, que serán por el importe total del gasto subvencionable y deberá corr esponder a los gastos recogidos en el presupuesto, indicándose las desviaciones acaecidas, en su caso, y estarán debidamente numerados
  • y ordenados de acuerdo con el índice, y deberán consistir en lo siguiente:
  • Gastos de personal: Las nóminas correspondientes, que deberán expresar claramente el nombre y los dos apellidos, DNI, el mes al que correspondan, señalándose la cuantía bruta, los descuentos que correspondan y el importe líquido (No es necesaria la presentación de los justificantes de gastos de Seguridad Social y del ingreso a cuenta del IRPF)
  • Ayudas tarjetas-vales: Relación en la que figuren personas receptoras de las ayudas, establecimientos e importe así como justificante de su pago y recibís de los interesados.
  • Resto de los gastos: Facturas electrónicas originales o copias escaneadas de las facturas en formato papel, legalmente expedidas de acuerdo con el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, expedidas a nombre del beneficiario de la subvención que, en todo caso, estarán relacionados con las actividades realizadas. En caso de aportar justificantes válidos cuyo importe sume una cantidad inferior al importe total del gasto subvencionable, se aplicará el principio de proporcionalidad para obtener el importe definitivo de la subvención.
  • Justificantes del pago efectivo de los gastos.
  • como mínimo, en la inclusión de información en la página web de la entidad en la que se resuma el contenido del proyecto, el importe de la subvención obtenida y el logo-imagen corporativa de Diputación Provincial de Huesca. Aportar fotografía/pantallazo de la información incluida en la página web. Decreto Nº 2521 de 17/07/2026 "Decreto concesión subvención
  • En el supuesto de que se edite material divulgativo de las actividades (carteles, folletos, medios audiovisuales, etc.), se incluirá el logo-imagen corporativa de la Diputación de Huesca, aportar copia del material. Asimismo, en caso de que se publique información del programa en medios de comunicación , aportar copia o detalle de las fechas y/o programas en los que se han realizado las menciones.
  • Acreditación del rendimiento financiero que haya generado, en su caso, la subvención concedida.
  • En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos, que será el interés establecido en el art.
  • Entre 1 y 8 días de retraso, el 10% del importe de la subvención, como máximo 300 euros.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social