Subvención a la Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (FAMDIF/COCEMFE-MURCIA)

El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia (COAMU) y a la Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (FAMDIF/COCEMFE-MURCIA), destinada a fomentar la elaboración de la Guía de aplicación del Reglamento de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia. La subvención se configura como una medida de fomento de iniciativas de interés general promovidas por las entidades beneficiarias, en el marco de sus fines estatutarios y de su actividad propia, orientada a impulsar su contribución a la efectiva implantación del Reglamento…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Los beneficiarios de esta subvención, en los términos previstos en este Decreto, serán el COAMU y la FAMDIF/COCEMFEMURCIA.
  • Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • No estar incursa en las restantes circunstancias previstas en el
  • Son obligaciones de los beneficiarios:
  • Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento que fundamente la concesión de la subvención.
  • El COAMU estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones: Elaboración de fichas, su maquetado para versión web e impresa, la auditoría de accesibilidad de textos y fichas, la publicación en papel y la incorporación de la guía a portal web de la EACS. Los trabajos se concretarán en la elaboración de las
  • G2.- Criterios de aplicación.
  • G3.- Documentación técnica.
  • E1.- Accesibilidad exterior.
  • E6.- Intervención en edificios existentes.
  • I7.- Señalización accesible.
  • V1.- Accesibilidad exterior en vivienda colectiva y unifamiliar.
  • V2.- Accesibilidad exterior en vivienda colectiva y unifamiliar en edificación existente.
  • V4.- Accesibilidad entre plantas en edificación existente.
  • V5.- Accesibilidad en el interior de las viviendas de una planta.
  • V6.- Accesibilidad en el interior de las viviendas de más de una planta.
  • PR1.- Plazas reservadas para personas con discapacidad.

Gastos y actuaciones

  • Artículo 4. Gastos subvencionables · eligible
    De conformidad con el artículo 31 de la Ley General de Subvenciones se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en el presente Decreto. Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado a la finalización del período de justificación determinado en el presente Decreto.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención al Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia (COAMU) y a la Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (FAMDIF/COCEMFE-MURCIA), destinada a fomentar la elaboración de la Guía de aplicación del Reglamento de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia. La subvención se configura como una medida de fomento de iniciativas de interés general promovidas por las entidades beneficiarias, en el marco de sus fines estatutarios y de su actividad propia, orientada a impulsar su contribución a la efectiva implantación del Reglamento. La actuación subvencionada, cuya ejecución corresponde a la esfera de actuación propia de las entidades beneficiarias, consiste en la elaboración de una Guía como instrumento técnico de apoyo que facilite una interpretación adecuada y una aplicación homogénea del citado Reglamento en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.