Subvención a la Asociación Fraternidad Cristiana de Personas con Discapacidad para Colonias de verano para personas con discapacidad y cuidadores.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Compatibilidad. Es compatible con la obtención de otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe previsto de la subvención no supera el 80% del coste total de la actividad, s iendo incompatible, por encima de dicho porcentaje, con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Todo ello con el límite del 100% del coste de la actividad.
  • documentation
    Formulario J1. Justificación de la subvención: memoria de actuación. El indicador de actividad a tener en cuenta será el número de personas participantes que, atendiendo a los resultados obtenidos en los dos últimos años, se entenderá cumplido si se supera el 80% de la media de dichos ejercicios, esto es, 18 participantes.
  • documentation
    Formulario J2. Justificación de la subvención: memoria económica. En el apartado “Relación clasificada de los gastos”, si el número de justificantes fuera superior al de filas disponibles, podrá utilizarse el Formulario J2-R4 (descargable en formato editable de la Página web y Sede electrónica) que, una vez cumplimentado, deberá transformarse en formato pdf y firmarse electrónicamente.
  • documentation
    Los justificantes de los gastos, que serán por el importe total del gasto subvencionable y deberá corr esponder a los gastos recogidos en el presupuesto, indicándose las desviaciones acaecidas, en su caso, y estarán debidamente numerados y ordenados de acuerdo con el índice, y deberán consistir en facturas electrónicas originales o copias escaneadas de las facturas en formato papel, legalmente expedidas de acuerdo con el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, expedidas a nombre del beneficiario de la subvención que, en todo caso, estarán relacionados con las actividades realizadas. En caso de aportar justificantes válidos cuyo importe sume una cantidad inferior al importe total del gasto subvencionable, se aplicará el principio de proporcionalidad para obtener el importe definitivo de la subvención.
  • documentation
    Justificantes del pago efectivo de los gastos.
  • corporativa de Diputación Provincial de Huesca. Aportar fotografía/pantallazo de la información incluida en la página web o en las redes sociales. En el supuesto de que se edite material divulgativo de las actividades (carteles, folletos, medios audiovisuales, etc.), se incluirá el logo-imagen corporativa de la Diputación de Huesca, aportar copia del material.
  • Acreditación del rendimiento financiero que haya generado, en su caso, la subvención concedida.
  • En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos, que será el interés establecido en el art.
  • Entre 1 y 8 días de retraso, el 10% del importe de la subvención, como máximo 300 euros.
  • Entre 9 y 20 días de retraso, el 20% del importe de la subvención, como máximo 600 euros.
  • Más de 20 días de retraso, el 30% del importe de la subvención, como máximo 900 euros. Decreto Nº 2384 de 06/07/2026 "Decreto concesión subvención Fraternidad Cristiana de personas con discapacidad "
  • La presentación de los justificantes terminado el plazo de 15 días desde el requerimiento regulado en el citado art. 70.3 del RD 887/2006, se entenderá como incumplimiento significativo de la obligación de justificar dando lugar al reintegro o pérdida del derecho al cobro de la subvención. Las mismas penalidades se establecerán en los casos de retraso en la remisión del justificante del pago y subsanación de la documentación justificativa de la ejecución fuera de los plazos concedidos. En el supuesto de que se incumpla con la obligación de dar la publicidad adecuada a la ayuda concedida, se aplicará una penalización del 5% de la subvención. Los formularios de aceptación y justificación, la guía para cumplimentarlos y el logo con la imagen institucional podrán descargarse de la Página web (apartado subvenciones/impresos e instancias) y de la Sede electrónica (trámite subvenciones), y deberán presentarse a través del Registro electrónico de la Diputación Provincial de Huesca firmados electrónicamente.
  • El beneficiario, en el supuesto de que, durante el período de un año, perciba ayudas o subvenciones públicas en cuantía superior a 100.000 € o cuando, al menos, el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 €, estará obligado a publicar la información relativa a las subvenciones y ayudas públicas recibidas con indicación de su importe y objetivo o finalidad, siempre que el órgano concedente sea una Administración Pública.
  • La entidad beneficiaria dará la publicidad adecuada de la subvención obtenida según los señalado en el apartado Tercero, 5.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante la Diputación de Huesca, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la misma. El beneficiario deberá gestionar y realizar de forma directa aquellas actividades que constituyan el contenido principal para las que solicita subvención, a excepción de aquellas que, por su propia naturaleza, y mediando siempre autorización, deban ser subcontratadas. Se entenderá por subcontratación el hecho de que la actividad principal del programa la ejecuten una o varias personas jurídicas distintas a la entidad beneficiaria, es decir, cuando ésta se limite a obtener la subvención y actúe de intermediaria con otra/s persona/s jurídica/s que realicen realmente en todo o en parte dichas actividades. Queda fuera de este concepto la Decreto Nº 2384 de 06/07/2026 "Decreto concesión subvención Fraternidad Cristiana de personas con discapacidad "
  • Suministrar, previo requerimiento y en un plazo de quince días hábiles, toda la información necesaria para el cumplimiento por la Diputación provincial de las obligaciones previstas en título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que corresponden a los servicios de Intervención de la Diputación de Huesca y previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas estatal o, en su caso, autonómico.
  • Comunicar a la Diputación de Huesca, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación, cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos nacionales o europeos. En este caso deberá incluirse en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.
  • Facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Huesca, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada, y someterse a cuantas visitas y comprobaciones se consideren convenientes para cotejar la necesidad, desarrollo y realización de las actuaciones para las que se ha solicitado subvención, para lo que facilitara el libre acceso a cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de esta función por la Intervención General de la Diputación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no mantener deudas tributarias en período ejecutivo con la Diputación Provincial de Huesca ni por reintegro de subvenciones.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social