Subvención a la Asociación de Enfermos Neurológicos Oscense AENO para programa "Transporte adaptado puerta a puerta"

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Compatibilidad. Es compatible con la obtención de otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe previsto de la subvención no supera el 80% del coste total de la actividad, s iendo incompatible, por encima de dicho porcentaje, con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Todo ello con el límite del 100 % del coste de la actividad.
  • Formulario J1. Justificación de la subvención: memoria de actuación. El indicador de actividad y resultados a tener en cuenta en este apartado de la presente convocatoria será el número de personas atendidas que se entenderá cumplido si se alcanza el número de 28. Si no se cumple el indicador de actividad y resultados en los términos expuestos, la
  • Nº de personas beneficiarias de 19 a 27, penalización del 10 % de subvención
  • Nº de personas beneficiarias de 14 a 18, penalización del 30 % de subvención
  • Nº de personas atendidas inferior a 14, penalización del total de la subvención Decreto Nº 2922 de 27/08/2026 "Decreto concesión subvención Asociación
  • Formulario J2. Justificación de la subvención: memoria económica. En el apartado “Relación clasificada de los gastos”, si el número de justificantes fuera superior al de filas disponibles, podrá utilizarse el Formulario J2-R4 (descargable en formato editable de la Página web y Sede electrónica) que, una vez cumplimentado, deberá transformarse en formato pdf y firmarse electrónicamente.
  • Los justificantes de los gastos, que serán por el importe total del gasto subvencionable y deberá corr esponder a los gastos recogidos en el presupuesto, indicándose las desviaciones acaecidas, en su caso, y estarán debidamente numerados
  • y ordenados de acuerdo con el índice, y deberán consistir en lo siguiente:
  • Gastos de personal: Las nóminas correspondientes, que deberán expresar claramente el nombre y los dos apellidos, DNI, el mes al que correspondan, señalándose la cuantía bruta, los descuentos que correspondan y el importe líquido.(No es necesaria la presentación de los justificantes de gastos de Seguridad Social y del ingreso a cuenta del IRPF).
  • Resto de los gastos: Facturas electrónicas originales o copias escaneadas de las facturas en formato papel, legalmente expedidas de acuerdo con el R.D. 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, expedidas a nombre del beneficiario de la subvención que, en todo caso, estarán relacionados con las actividades realizadas. En caso de aportar justificantes válidos cuyo importe sume una cantidad inferior al importe total del gasto subvencionable, se aplicará el principio de proporcionalidad para obtener el importe definitivo de la subvención.
  • Justificantes del pago efectivo de los gastos
  • Inclusión de información en la página web de la entidad, o, en el caso de no disponer de página web, en un mínimo de dos redes sociales, en la que se resuma el contenido del proyecto, el importe de la subvención obtenida y el logo-imagen corporativa de Diputación Provincial de Huesca. Aportar fotografía/pantallazo de la información incluida en la página web o en las redes sociales. Decreto Nº 2922 de 27/08/2026 "Decreto concesión subvención Asociación
  • Inclusión del logo-imagen corporativa de la DPH en el material divulgativo de la actividad que, en su caso, se realice (carteles, folletos, medios audiovisuales, etc.). Aportar copia del material.
  • Acreditación del rendimiento financiero que haya generado, en su caso, la subvención concedida.
  • En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos, que será el interés establecido en el art.
  • Entre 1 y 8 días de retraso, el 10% del importe de la subvención, como máximo 300 euros.
  • Entre 9 y 20 días de retraso, el 20% del importe de la subvención, como máximo 600 euros.
  • Más de 20 días de retraso, el 30% del importe de la subvención, como máximo 900 euros. La presentación de los justificantes terminado el plazo de 15 días desde el requerimiento regulado en el citado art. 70.3 del RD 887/2006, se entenderá como incumplimiento significativo de la obligación de justificar dando lugar al reintegro o pérdida del derecho al cobro de la subvención. Decreto Nº 2922 de 27/08/2026 "Decreto concesión subvención Asociación
  • El beneficiario, en el supuesto de que, durante el período de un año, perciba ayudas o subvenciones públicas en cuantía superior a 100.000 € o cuando, al menos, el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 €, estará obligado a publicar la información relativa a las subvenciones y ayudas públicas recibidas con indicación de su importe y objetivo o finalidad, siempre que el órgano concedente sea una Administración Pública.
  • La entidad beneficiaria dará la publicidad adecuada de la subvención obtenida según los señalado en el apartado Tercero, 5.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social