Personas jurídicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

subvención a Centro Nacional de Tecnología y Seguridad Alimentaria (CNTA) para la continuidad de actuaciones de los programas Agroalnext y Sandbox en el año 2026

1.1 El objeto de esta subvención es financiar las actividades que CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA (en adelante CNTA) llevará a cabo para dar continuidad a los programas Agroalnext y Sandbox durante el año 2026 favoreciendo e impulsando principalmente la Innovación y Transferencia del conocimiento, la Cultura y el Talento científico‑técnico y las Alianzas estratégicas.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    Con fecha límite el 31 de marzo de 2027 (incluido) la entidad beneficiaria deberá presentar a través del registro general electrónico los siguientes documentos como “Justificación
  • justification
    La memoria final de las actuaciones realizadas y financiadas con esta Subvención Nominativa.
  • justification
    La relación detallada de los gastos en que se ha incurrido para ejecutar las actuaciones y, en su caso, de los ingresos obtenidos.
  • justification
    Documentación soporte de los gastos justificados.
  • justification
    Una declaración responsable en la que se señale si las actividades subvencionadas han sido financiadas o no, y en qué cuantía en su caso, por otras convocatorias, ayudas o transferencias públicas. Toda la documentación justificativa se presentará de manera telemática a través del Registro General Electrónico dirigida al Servicio de I+D+i de la Dirección General de Innovación.
  • En el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, deberá presentar telemáticamente la declaración relativa a la obligación de transparencia de los beneficiarios de subvenciones. El incumplimiento de la obligación de presentar la información que exige el artículo 4 del Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre, impedirá el abono de la subvención concedida y dará lugar, en su caso, al reintegro de lo anticipado.
  • Realizar y justificar las actividades subvencionadas en la forma señalada en estas bases.
  • Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado para todas las transacciones relacionadas con las actividades subvencionadas. Dicha contabilidad deberá poder distinguir claramente entre actividades económicas y no económicas, y sus respectivos costes y financiación.
  • Mencionar la financiación del Gobierno de Navarra con carácter general en su página web y otros soportes similares.
  • En las publicaciones científicas, comunicaciones orales o en general, en cualquier método de divulgación de resultados provenientes de las actuaciones que hayan resultado beneficiarias de esta subvención, deberá incluirse una nota sobre la financiación del Gobierno de Navarra.
  • En toda la documentación elaborada en relación con la actividad subvencionada se utilizará un lenguaje inclusivo y no sexista, y se velará por la transmisión de una imagen igualitaria, no asociada a roles de género y ofreciendo una imagen diversa tanto de las mujeres como de los hombres, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre mujeres y hombres.
  • Las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.
  • No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la ayuda concedida o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral. En concreto, el incumplimiento de las obligaciones formales establecidas en estas bases, cuando no superen los 10 días de los plazos establecidos, dará lugar a la minoración de la ayuda

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1 El objeto de esta subvención es financiar las actividades que CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA (en adelante CNTA) llevará a cabo para dar continuidad a los programas Agroalnext y Sandbox durante el año 2026 favoreciendo e impulsando principalmente la Innovación y Transferencia del conocimiento, la Cultura y el Talento científico‑técnico y las Alianzas estratégicas.