Personas jurídicasES511 - Barcelona

SUBVENCIÓ NOMINATIVA ART I ESPLAI 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MONISTROL DE MONTSERRAT.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 500,00 €. Dado que la entidad consta inscrita en el Registro de Entidades de la Generalitat, así como en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Monistrol de Montserrat. Visto que, en la misma solicitud, el representante de la entidad solicita el anticipo de l 80 % de la subvención por motivos económicos. Con fecha 19 de mayo de 2026, la secretaria -interventora, una vez examinada la documentación presentada por la entidad, emite informe favorable a la aprobación de la concesión y del anticipo de la subvención solicitada, con la observación relativa al abuso de la concesión directa de subvenciones, ya que, aunque esta posibilidad está pr evista legalmente, tiene carácter excepcional y se ha convertido en la forma habitual de proceder.
  • - NURIA CARRERAS POVILL (TCAT) (Alcaldessa), 06/07/2026 10:57
  • NIF: G58333139. Actuación subvencionada: Colaborar en los gastos derivados de la programación cultural de la entidad (Ruta Literaria por Mon istrol, Exposición de Pinturas, MusicTrol, etc.). La justificación deberá realizarse mediante facturas correspondientes al ejercicio 2026. Importe: 1.500,00 €. De acuerdo con la memoria presentada, el gasto previsto asciende a 2.000,00 € y la previsión de ingresos por recursos propios es de 500,00 €. Plazo máximo para justificar la ayuda: 31/03/2027. Compatibilidad con otras subvenciones: No. Condiciones de pago: Se abonará un anticipo del 80 % de la subvención y el resto una vez se haya justificado el 100 % de la actividad subvencionada. SEGUNDO.- La subvención se aprueba sujeta a las siguientes condiciones derivadas de la
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Monistrol de Montserrat: Los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y financieras con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Las asociaciones y fundaci ones deberán esta r inscritas en el correspondiente registro oficial para poder ser beneficiarias de subvenciones. Los beneficiarios estarán obligados a difundir que la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Monistrol de Montserrat, salvo en aquellas actividades en las que no se elabore documentación o programa impreso, como becas, premios u otras similares. Los beneficiarios deberán acreditar la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y cumplir, en su caso, l os requisitos y c ondiciones establecidos. La subvención únicamente podrá destinarse a la finalidad para la que fue concedida. El beneficiario deberá justificar los gastos realizados mediante la presentación de la siguiente documentación (según los modelos normalizados faci litados por el
  • Ayuntamiento): Memoria de la actividad (Anexo A). Relación de gastos (Anexo B), adjuntando copia de las facturas y justificantes del gasto junto con el correspondiente justificante de pago. Deberá justificarse únicamente el importe

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura