Subvenció nominativa a l`Ajuntament de Calonge i Sant Antoni per al finançament del F`Estiu 2026.
1. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer las normas generales para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las subvenciones que otorguen las entidades incluidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 2, al amparo de lo que establece el título III del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y el reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante
En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA.
● Concesión directa
