Personas jurídicasES511 - Barcelona

SUBVENCIO DIRECTA AMB CARACTER NOMINATIU A BALL DE DIABLES SEXES FOC

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT SESGARRIGUES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Memoria de actuación, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el presente acuerdo y en el presente régimen regulador de condiciones, así como de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • documentation
    Memoria económica, justificativa del coste de la actividad, con el contenido establecido en el artículo 75.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RLGS).
  • documentation
    La persona responsable de la entidad beneficiaria deberá presentar la aceptación expresa de la subvención (artículo 24.4 de la Ordenanza) en el plazo de 10 días naturales, contados desde la fecha de notificación de la presente resolución.
  • documentation
    El pago de la subvención se realizará de forma anticipada, en un 50 %, atendiendo a la solicitud expresa efectuada por la entidad en la Memoria de solicitud, justificada por la falta de recursos propios disponibles. El pago anticipado se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ordenanza General de Subvenciones. En el supuesto de que, por cualquier motivo, deba tramitarse el reintegro total o parcial de la subvención, dicho reintegro se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ordenanza General de Subvenciones, incluido el apartado relativo a los intereses de demora.
  • documentation
    Las personas o entidades perceptoras de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento quedan obligadas a ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como a justificar su realización.
  • documentation
    La persona beneficiaria de una subvención está obligada a someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Intervención General del Ayuntamiento y a aportar toda la información que le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones y en relación con la subvención concedida.
  • documentation
    Los documentos justificativos de cualquier naturaleza relativos a la aplicación de los fondos recibidos deberán conservarse durante un período no inferior a seis años, contados desde la finalización del plazo de presentación de las justificaciones.
  • documentation
    Las personas o entidades beneficiarias deberán hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad en toda la documentación impresa, así como en carteles o medios electrónicos y audiovisuales.
  • documentation
    Las personas o entidades beneficiarias deberán dar publicidad, por medios electrónicos, a las subvenciones y ayudas percibidas, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/2013 y en la Ley 19/2014.
  • documentation
    Las personas o entidades beneficiarias deberán comunicar la solicitud y/o la obtención de cualquier otra subvención pública concurrente que no hubiera sido declarada con la solicitud. La subvención concedida será compatible con cualquier otra otorgada por otras administraciones o entidades públicas o privadas. No obstante, el importe total de las subvenciones recibidas para la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto o actividad a desarrollar. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a las responsabilidades que, en cada caso, correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida.
  • documentation
    En todo aquello no previsto en la presente resolución será de aplicación lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo. Sexto. - Remitir el texto de la presente resolución y los datos estructurados de la convocatoria ficticia a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones. Séptimo. - Notificar la presente resolución a la Associació Ball de Diables Sexes Foc. Signat electrònicament per qui s’indica.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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