Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Personas jurídicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 11.997,00 €. Inicio: 01/01/2024. Plazo: Fin: 02/01/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Si la justificación presentada en plazo contiene defectos subsanables, se le otorgará un plazo de diez días hábiles para su corrección.
  • Dicho plazo se elevará a quince días si el beneficiario no ha cumplido la obligación de dar publicidad de la financiación pública provincial recibida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 del RGS.
  • Si no se ha presentado la justificación, se le requerirá al beneficiario para que la presente en el plazo improrrogable de quince días. En dicho requerimiento se deberá cumplir el trámite exigido en el artículo 31.3 del RGS, respecto al cumplimiento por parte del beneficiario de la obligación de dar publicidad de la subvención obtenida.
  • Concesión y bases subvención nominativa
  • De conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 23 de la citada Ordenanza, el beneficiario deberá cumplir todos y cada uno de los objetivos, actividades y proyectos que fundamentaron la concesión de la
  • Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y acredite una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la pérdida al derecho al cobro de la subvención y, en su caso, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por la aplicación de los criterios establecidos en las bases reguladoras de la subvención.
  • En el supuesto establecido en el apartado anterior, uno de los criterios vendrá determinado por el coste efectivo final de la actividad, si esta resulta inferior a la inicialmente prevista.
  • La falta de presentación de la documentación justificativa en cualquiera de los plazos inicialmente establecidos, y sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar, dará lugar a una pérdida parcial del derecho al cobro del 5% de la cuantía concedida, conforme lo dispuesto en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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