Personas jurídicasES617 - Málaga

SUBV. NOMINATIVA A LA ASO. CÍVICA PARA LA PREVENCIÓN "ACP", PROYECTO "MEDIADORES PREVENTIVOS DE OCIO NOCTURNO"

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Los concretos frutos del trabajo realizado serán para la entidad.
  • El servicio prestado en la ejecución del objeto del presente convenio se realizará preferentemente en dependencias de la entidad.
  • Los medios utilizados en dicha ejecución (ordenadores, material, teléfono, etc.) serán de la titularidad de la entidad.
  • Los gastos que genere su actividad serán a cargo de la entidad.
  • Las órdenes directas de trabajo serán dictadas por la entidad.
  • El Excmo. Ayuntamiento de Málaga no intervendrá en la fijación de la jornada de trabajo, horario, vacaciones, permisos ni retribución.
  • TERCERO. CUANTÍA E IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste de ejecución total del Proyecto es de 27.778,80 €. El Área de Juventud aporta la cantidad de 25.000,00 € (VEINTICINCO MIL EUROS) para el desarrollo de este Convenio. Dicho importe se imputará a la partida 20.9241.48900 PAM 4317 , en el ejercicio presupuestario 2026. La entidad deberá aportar la documentación adecuada para justificar la totalidad de los gastos realizados en la ejecución del proyecto. Este coste de ejecución deberá ser justificado documentalmente en la forma prevenida en la normativa vigente que le resulte de aplicación.
  • Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado. En todo caso, si realizada la actividad y finalizado el plazo para justificar, se hubiera pagado sólo una parte de los gastos en que se hubiera incurrido, a efectos de pérdida de derecho al cobro, se aplicará el principio de proporcionalidad. III.- El pago del importe no anticipado de la subvención se realizará previa justificación por la entidad beneficiaria de la ejecución total del proyecto, que deberá presentarse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento a través de los modelos normalizados, antes del 20 de noviembre de 2026. El importe correspond iente al pago no anticipado se abonará con cargo al ejercicio presupuestario del año 2026. IV.- La entidad deberá cumplimentar en todos sus extremos los apartados del modelo de memoria de justificación de subvenciones. En todo caso, la memoria de justifica ción del proyecto deberá estar firmada por el representante de la entidad.
  • Memoria técnica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, donde especificará con el máximo detalle: Las actividades realizadas, el número de participantes, los resultados obtenidos y las desviaciones respecto del proyecto original. El formato de esta memoria está estrechamente relacionado con el documento de formulación del proyecto, de modo que mantiene una continuidad entre lo planificado (formulación del proyecto o reformulación del proyecto) con lo que se ha realizado (ejecución), y lo conseguido definitivamente (resultado y grado de consecución de los objetiv os previstos). Cualquier información significativa deberá ser incluida en la memoria técnica.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que comprenderá toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida. La memoria económica especificará con el máximo detalle, la relación entre las actividades realizadas y los justificantes de gastos aportados, a través de un documento narrativo o explicativo que recoja toda la documentación que j ustifique los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, así como una relación de gastos que detalle las facturas en la forma más adelante indicada. Las entidades perceptoras de subvenciones vendrán obligadas a justificar el 100% del coste tota l del proyecto, y deberán incluir, en la memoria económica de justificación
  • Facturas. Junto con la cuenta justificativa deberán aportarse las facturas y demás justificantes de pago válidos en el tráfico mercantil, c onforme al RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas que se imputen a la parte subvencionada del coste total del proyecto deberán contener un sello o diligencia de la entidad en el que conste el importe que se imputa al proyecto subvencionado. Firmado por: JIMÉNEZ PRADOS, PEDRO LUIS Fecha Firma: 17/06/2026 12:25 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: MARTÍN ESPAÑA, MARIA DE LAS MERCEDES Fecha Firma: 17/06/2026 12:45 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: VERA GONZÁLEZ, GLORIA DE LOS ANGELES Fecha Firma: 18/06/2026 09:50 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 18/06/2026 09:55 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador 5G3DFRN8KT96CXRPWHZKSTXC8 en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • El contenido del sello o diligencia será el siguiente: Todas las facturas que justifiquen el coste total del proyecto (se imputen o no a la subvención), junto con su justificante de pago, se escanearán en formato pdf, tamaño real, escala de grises y resolución de 200pp. El archivo pdf generado se adjuntará a la memoria para la justificación económica del proyecto. Las facturas imputables al proyecto subvencionado se podrán presentar en formato original, electrónicas o no, o incluso escaneadas.
  • El IVA debe venir desglosado. Si estuviese exento de IVA deberá indicarse el artículo en base al cual está exento.
  • Si se factura por una persona física, deberá retenerse el IRPF o bien señalar de forma expresa que no está sujeto a retención al estar dado de alta como empresa en el IAE y no es una actividad profesional.
  • Los conceptos facturados deben estar descritos, sin generalidades, incluir número de unidades suministradas y precio unitario de las mismas.
  • La factura debe expedirse a nombre de la entidad beneficiaria de la subvención como cliente. Deben aparecer dos números de identificación fiscal, el del emisor de la factura y el número de identificación fiscal como cliente del ente beneficiario de la subvención (salvo facturas simplificadas y con los requisitos de estas).
  • Junto con las facturas se deberá acompañar acreditación de la forma de pago y, siempre que sea superior a 1.000 euros, acompañar copia de la transferencia bancaria.
  • Solo se admiten recibos como justificantes de gasto y/o pago en caso de premios otorgados (con su correspondiente retención de IRPF y copia del DNI del premiado) y entradas a espectáculos, cines, museos, teatros o billetes de tren, taxi y otros desplazamientos. También se admiten recibos en casos de impartición de cursos y charlas de forma esporádicas por los/las ponentes (no más de 75 horas al año, con retención de IRPF, copia del DNI y sin que se impartan por los propios socios que sean personal de las juntas directivas).
  • Ejemplar o muestra de la publicidad realizada para la divulgación de las actividades subvencionadas. Si la cantidad subvencionada supera los 3.000 euros, se deberá aportar foto de la placa o pancarta, que constará en el local donde se desarrolla la actividad subvencionada, o documento acreditativo.
  • Para gastos de cuantía superior a los límites del contrato menor (establecido en la Ley de Contratos del Sector Público), se deberá aportar la solicitud de tres presupuestos de diferentes proveedores.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico