SUBV. NOMINATIVA A ASOCIACIÓN RECTORA FARCAMA 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES423 - Cuenca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que la actividad o conducta a realizar conforme a la modificación solicitada esté comprendida dentro de la finalidad prevista en la línea de actuación o proyecto de inversión contemplado en el Presupuesto de la Diputación y de las actividades o conductas establecidas en la convocatoria, o, en su defecto, en la resolución de concesión.
  • Que las circunstancias que justifiquen la modificación no dependan de la voluntad del beneficiario inicial. La causa que justifica la petición por el beneficiario no puede obedecer a culpa o negligencia por su parte.
  • Que los nuevos elementos o circunstancias que motivan la modificación, de haber concurrido en la concesión inicial, no hubiesen determinado la denegación o disminuido la cuantía de la subvención concedida. Podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión por el órgano que la haya dictado, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, la concurrencia de alguna de las
  • La alt eración de las circunstancias o de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de una subvención.
  • La obtención por el beneficiario de subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Au tónoma o por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad.
  • La obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad.
  • Cuando se den circunst ancias sobrevenidas por causas de fuerza mayor o de caso fortuito que puedan considerarse como supuestos habilitantes para, en concurrencia con los otros criterios exigi dos, acceder a la modificación. La solicitud de modificación deberá presentarse en el momento que se produzca y antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad y deberá ser motivada por el beneficiario. La solicitud de modificación deberá satisfacer el interés general, lo que deberá ser justificado de forma suficiente en la misma, o en una memoria que la acompañe, indicándose expresamente que no se vulneran intereses de terceros ni se altera esencialmente la naturaleza u objetivos de la subvención, ni afecta al principio de competencia y deben reflejarse de forma clara las causas que han sido consideradas para adoptar la decisión de solicitar la mismas, especificando detalladamente cuáles son las nuevas obligaciones que se adquirirán, en caso de admitirse la modificación, y condiciones a las que se somete. Dichas circunsta ncias Servicio de Turismo, Ferias y Patrimonio Expediente 1791662W
  • 4 deben ser adecuadas, documentadas, proporcionadas y razonables, y así deben quedar acreditadas en la solicitud del beneficiario. QUINTO. Gastos subvencionables. Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de la actividad objeto de subvención, que resulten estrictamente necesarios y que se realicen durante el periodo de ejecución indicado. En concreto, respecto de la presente concesión de
  • Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad objeto de la subvención, resulten estrictamente necesarios y se realicen durante el periodo de ejecución reconocidos expresamente en este apartado, en particular los relativos a la adquisición de espacio expositor, diseño, t ransporte de material, montaje e instalación de stands o escenarios allí donde se celebren la Feria Regional de Artesanía o alguna de sus exposiciones o ferias itinerantes, elaboración de campañas de publicidad, edición de material de promoción, contrataci ón de artesanos para talleres en vivo y aquellos otros gastos que se realicen en actuaciones que sirvan para promocionar la artesanía de Castilla la Mancha.
  • Gastos de actividad, tales como adquisición de materiales no inventariables necesarios para la rea lización de la actividad objeto de la subvención, seguros inherentes al desarrollo de las actividades objeto de la subvención, prestación de servicios a cargo de profesionales imprescindibles para la ejecución de la actividad, material fungible o de oficin a y cualquier otro tipo de gasto de actividad inherente a su desarrollo: redes sociales y medios de comunicación, los del personal, dietas y desplazamientos, alquileres y gastos de mantenimiento, gastos de comunicación, suministros, contratación de servici os externos y cualesquiera otros de naturaleza similar que la entidad pudiera realizar para atender las necesidades de organización del congreso gastronómico.
  • No se contemplarán aquellos gastos referidos a pagos de seguros de vehículos, mantenimiento o canon por uso del mismo, o gastos por suministros informáticos o licencias informáticas, que puedan ser considerados como gastos de funcionamiento ordinario de la propia entidad. No obstante lo anterior, en el caso de arrendamientos de vehículos y seguros, serán subvencionables los gastos que estén estrechamente vinculados al objeto de la subvención y se imputarán por la totalidad si se utilizan exclusivamente para la actividad. En caso contrario, se deberán establecer unos criterios de reparto e imputar el coste que corresponda al proyecto subvencionado. El IVA soportado no será subvencionable cuando sea susceptible de recuperación, según el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Cuando se impute el IVA, habrá que aportar certificado de Hacienda en el que se detalle que no consta que haya presentado su declaración.
  • Que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención.
  • 6 entidad colaboradora, en la que se deben de incluir, bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto y pago que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. El ente beneficiario debe de presentar la acreditación de pago de las facturas correspondientes a gastos realizados en el periodo elegible.
  • La acreditación del pago de las facturas podrá realizarse por alguna de las siguientes formas:
  • En los supuestos de pago mediante transferencia bancaria o domiciliación en cuenta: El pago se acreditará con la copia del resguardo bancario correspondiente donde conste en el concepto el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado, así como la identificac ión del ordenante y del beneficiario de la operación en los supuestos de transferencia bancaria, domiciliación en cuenta o pago con tarjeta.
  • En los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré: Copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto en los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré.
  • En los supuestos de pago en metálico: Factura o documento legalmente aceptado ( seguros etc…) firmado por el acreedor indicando la fecha de cobro, nombre y apellidos, DNI del perceptor del metálico e indicación de “Pagado en metálico o Recibí en metálico, en los supuestos de pagos en efectivo hasta 999,99 euros”. No se admitirán pagos en metálico iguales o superiores a 1.000,00 euros.
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de esta ley.
  • Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realiz ación de la actividad objeto de contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes