Personas físicasES300 - Madrid

SUBV.NOM.FÁBRICA GESTIÓN MÁS CULT.2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES300 - Madrid. La gestiona ÁREA DE GOBIERNO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos tras la aplicación de los indicadores previamente establecidos. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y al proyecto presentado y con una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos.
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    Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
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    Una relación clasificada de gastos e inversiones, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago. Además, cuando la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, la relación de gastos se clasificará adicionalmente por las partidas del proyecto o actividad subvencionada y se indicarán las desviaciones acaecidas. Dicha relación deberá totalizarse al objeto de poder determinar cuál ha sido el porcentaje del coste final del proyecto o actividad efectivamente ejecutada que ha financiado el Ayuntamiento de Madrid con la subvención concedida. Para cada uno de los gastos relacionados se indicará cuál ha sido la fuente de financiación. Cuando se hubieran utilizado más de una fuente de financ iación se indicará el porcentaje en el que hubiera participado cada una de ellas. En este sentido, los indicadores de resultado plurianuales / evolución y metas (sobre el total de proyectos subvencionados) reflejados en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos 2024-2027 del Área de Gobierno de Cultura y Deportes a
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    Relación del coste total del proyecto incluyendo ingresos y gastos.
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    Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado 2.a)
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    y la documentación acreditativa del pago, que se realizará por alguna de las siguientes formas: 1º. Transferencia bancaria: se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma. 2º. Cheque: se justificará mediante copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente al cheque. 3º. Efectivo: Sólo se admitirá el pago en metálico en facturas de cuantía inferior a seiscientos euros. Se justificará mediante factura, con recibí firmado por el acreedor indicando la fecha de su abono. Dichos documentos originales deberán estampillarse para facilitar así el control de la concurrencia de otras subvenciones otorgadas para la misma finalidad debiendo reunir la
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    El número de expediente administrativo.
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    La denominación del proyecto subvencionado.
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    El ejercicio económico de la concesión de la subvención.
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    Órgano concedente de la subvención.
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    Porcentaje de financiación imputable a la subvención o cuantía exacta afectada por la subvención. Los documentos originales se devolverán al beneficiario que deberá mantenerlos durante un periodo de al menos cuatro años. Cuando los beneficiarios no puedan dejar los originales en poder del Ayuntamiento de Madrid, se podrán presentar copias de dichos documentos que serán compulsados por el servicio gestor correspondiente. Los originales de dichos documentos deberán permanece r depositados en la entidad beneficiaria durante un periodo de al menos cuatro años.
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    Cuando los impuestos indirectos no susceptibles de recuperación o compensación formen parte de la justificación, el beneficiario, deberá presentar declaración responsable que permita determinar qué impuestos de los que aparecen en los justificantes pued en considerarse gastos subvencionables.
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    Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
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    Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario, en caso de que el importe del gasto supere las cuantías establecidas por la Ley de Contr atos del Sector Público para el contrato menor.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura