SUBV NOM AYTO ALCALÁ DEL VALLE ¿ JÓVENES FLAMENCOS 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • No serán admisibles justificaciones de gastos realizados para el cumplimiento de fines distintos de los del proyecto subvencionado. Área de Transición Ecológica y Desarrollo a la Ciudadanía. Avda. 4 de Diciembre de 1977, 13-14, 11071, Cádiz (Edificio Roma). 5 De 18 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00730/2026 con fecha 27/10/2026, CSV: DPC-867r-0048-hk3h-810b-nsgk-e3ny-5vce4 Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-867r-0048-hk3h-810b-nsgk-e3ny-5vce4
  • Sólo son admisibles justificaciones de gastos realizados en el periodo de ejecución; siendo éste desde el 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
  • Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. La Diputación podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionados por cualquiera de los medios previstos en el artículo 33 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La entidad deberá presentar originales de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
  • Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad al 31 de enero de 2027, fecha en la cual, finalizará el período de justificación. Como se ha indicado anteriormente, a través del presente Convenio se canaliza una subvención nominativa, por lo que, el plazo de vigencia del Convenio será hasta el 31 de enero de 2027, fecha en que finaliza el plazo de justificación.
  • DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Nombre o razón social

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Respecto a los gastos subvencionables: · eligible
    Respecto a los gastos subvencionables:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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