Personas jurídicasES300 - Madrid

SUBV.NOM. AMIGOS PUEBLO SAHARAUI -VACACIONES EN PAZ 2026

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES300 - Madrid. La gestiona ÁREA DE GOBIERNO DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIA E IGUALDAD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad, el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuan ta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente o a la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Hallarse al corriente del pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por estas bases reguladoras, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Adoptar medidas de publicidad y difusión de la subvención recibida, haciendo constar expresamente y de forma visible en cualquiera de los medios y materiales que se utilicen para la difusión de las actividades subvencionadas, que las mismas se realizan con la financiación del Ayuntamiento de Madrid, cualquiera que sea su soporte (plazas, letreros, carteles, publicaciones, material audiovisual, redes sociales, etc.).
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos que se establecen en el RD 188/2025.
  • Proceder a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil, al menos por el importe mínimo de la subvención.
  • Evitar el uso discriminatorio tanto en el lenguaje como en las imágenes y utilizar una comunicación inclusiva durante todo el período de ejecución de la subvención concedida.
  • Finalizado el proyecto, la entidad beneficiaria elaborará una nota informativa a efectos de su publicación en la página web del Ayuntamiento de Madrid para su difusión y conocimiento, en la que, de forma breve, se informe de los resultados obtenidos en el proyecto. Dicha nota se redactará con un lenguaje claro e inclusivo incorporando elementos visuales que faciliten su comprensión.
  • Incluir en el informe final datos relativos a la situación y posición de las mujeres, incorporando datos desagregados por sexo. Así como, una referencia al impacto de género en la ejecución del proyecto, actividad o finalidad subvencionada. 5º. Cuantía de la subvención. La propuesta de otorgamiento de la presente subvención asciende a setenta mil euros (60.000,00 €), imputándose a la aplicación presupuestaria 001/180/232.90/489 .01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del Programa de Cooperación al Desarrollo del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2026. 6º. Costes indirectos. La Asociación de Amigos del Pueblo Saharauis de Madrid no imputa costes indirectos a la actividad subvencionada. 7º. Plazo de ejecución El plazo de ejecución del proyecto es de 11 meses, comenzando el 1 de febrero de 2026 y finalizando el 31 de diciembre de 2026.
  • Régimen de seguimiento y comprobación. La D.G. de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo, transcurridos 6 meses desde el inicio del proyecto, convocará a la entidad beneficiaria para la celebración de forma presencial o mediante videoconferencia de una reunión de seguimiento sobre la ejecución del proyecto. Asimismo, tanto la entidad beneficiaria como la D.G. de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo podrán solicitar la celebración de una reunión de seguimiento cuando las circunstancias en las que se desarrolle el proyecto lo aconsejen. 12º. Subcontratación. En la presente subvención queda prohibida la subcontratación. 13º. Modalidad de justificación La presente subvención utilizará la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto. La elección de esta modalidad se realiza considerando el
  • FAMILIA E IGUALDAD Fecha Firma: 24/07/2026 08:21:32 URL de Verificación: https://servint.madrid.es/VECSV_WBCONSULTAINTRA/VerificarCove.do CSV : CTOI63TOHZVTNNCH Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo Subdirección General de Cooperación al Desarrollo 6 presupuesto del proyecto y la previsión de un bajo número de justificantes de gasto, lo que hace ineficiente la utilización de otras modalidades como, por ejemplo, la utilización de informe de auditor. La entidad beneficiaria estará obligada a justificar el cumplimiento de los requisitos, las condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad prevista en el proyecto. La justificación de la subvención se realizará de conformidad con los art. 21,22 y 24 del RD 188/2025 y los art. 67 y 35 de la OBRGS, y deberá comprender,
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos de conformidad con los indicadores previamente establecidos y la presentación de las fuentes de verificación para la acreditación de su cumplimiento.
  • En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y proyecto presentado, así como la evaluación de los resultados obtenidos respecto de los inicialmente previstos.
  • Memoria económica , suscrita por la persona que ostente la representación de la entidad, justificativa del coste de las actividades realizadas, según modelo facilitado por el Ayuntamiento de Madrid, que contendrá el cuadro comparativo del presupuesto por partidas, aprobado y ejecutado, las desviaciones acaecidas en su caso, y la cuenta
  • Una relación clasificada de gastos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago. Además, cuando la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, la relación de gastos se clasificará adicionalmente por las partidas del proyecto o actividad subvencionada y se indicarán las desviaciones acaecidas. Dicha relación deberá totalizarse al objeto de poder determinar cuál ha sido el porcentaje del coste final del proyecto o actividad efectivamente ejecutada que ha financiado el Ayuntamiento de Madrid con la subvención concedida. Para cada uno de los gastos relacionados se indicará cuál ha sido la fuente de financiación. Cuando se hubieran utilizado más de una fuente de financiación se indicará el porcentaje en el que hubiera participado cada una de ellas.
  • Facturas, recibos, nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cuyo importe haya sido abonado con cargo a la subvención conc edida e incorporados a la relación a que se hace referencia en la letra, en su formato electrónico original o escaneado si el original es en formato papel.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural