SUBV. NOM. A LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL TELEFONO DE LA ESPERANZA "ASITES", PROYECTO "50 ANIVERSARIO TELÉFONO DE LA ESPERANZA"

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La justificación de la ejecución del proyecto se efectuará por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, prevista en el artículo 26 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Málaga, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones en relación con el artículo 72 del Reglamento que desarrolla la mencionada Ley. La documentación justificativa deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, una vez ejecutado el proyecto y siempre antes del 31 de octubre de 2026.
  • establecido en su Acuerdo Decimosexto y expresamente a lo dispuesto en la “Base 34: Subvenciones”, de las de ejecución del presupuesto 2025; así como la Circular 1/2024 Guía General de Justificación de Subvenciones (Circular 1/2024), que podrá consultarse en la web municipal https://sede.malaga.eu. En virtud de lo anterior y en base a lo previsto en el acuerdo de Delegaciones de la Ilma. Junta de Gobierno Local en las Concejalías, Presidencias de las Juntas Municipales de Distrito, Coordinaciones, Direcciones Generales y otros Órganos municipales, de fecha 17 de junio de 2023, por el que se delega en el Concejal Delegado del Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidad, en concreto en su artículo 3.1.a), la competencia en materia de gestión económica de “las facultades inherentes al órgano concedente cuando se tramiten por el procedimiento de c oncesión directa al estar previstas nominativamente en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Málaga (…). Se entenderán incluidos en la presente delegación (…) la suscripción de los Convenios que deban articular dichas subvenciones cuando proceda conforme a la normativa vigente”.
  • Reconocimiento de padrinos y madrinas.
  • Carrera solidaria Ruta 091 Policía Nacional.
  • Día de puertas abiertas. Firmado por: CASARES CERVERA, MARIA BEGOÑA Fecha Firma: 25/06/2026 12:20 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: CANTOS RECALDE, FRANCISCO MANUEL Fecha Firma: 25/06/2026 12:24 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: ORENSE TEJADA, JUAN RAMON Fecha Firma: 25/06/2026 13:06 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 25/06/2026 13:10 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador 5D73SM5PMH4CHM8W2Q9NPSL63 en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • ODS 4: Educación de calidad.
  • ODS 10: Reducción de las desigualdades.
  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas.
  • Los concretos frutos del trabajo realizado serán para la entidad.
  • El servicio prestado en la ejecución del objeto del presente convenio se realizará preferentemente en dependencias de la entidad.
  • Los medios utilizados en dicha ejecución (ordenadores, material, teléfono, etc.) serán de la titularidad de la entidad.
  • Los gastos que genere su actividad serán a cargo de la entidad.
  • Las órdenes directas de trabajo serán dictadas por la entidad.
  • El Excmo. Ayuntamiento de Málaga no intervendrá en la fijación d e la jornada de trabajo, horario, vacaciones, permisos ni retribución.
  • La entidad deberá aportar la documentación adecuada para justificar la totalidad de los gastos realizados en la ejecución del proyecto. Este coste de ejecución deberá ser justificado documentalmente en la forma prevenida en la normativa vigente que le resulte de aplicación. Firmado por: CASARES CERVERA, MARIA BEGOÑA Fecha Firma: 25/06/2026 12:20 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: CANTOS RECALDE, FRANCISCO MANUEL Fecha Firma: 25/06/2026 12:24 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: ORENSE TEJADA, JUAN RAMON Fecha Firma: 25/06/2026 13:06 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 25/06/2026 13:10 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador 5D73SM5PMH4CHM8W2Q9NPSL63 en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • CUARTO. PAGO DE LA SUBVENCIÓN. Para proceder al pago de la subvención se hace necesario que la entidad beneficiaria se en cuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Asimismo y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en relación con el artículo 88 puntos 1 y 2 del Reglame nto que la desarrolla: “podrán realizarse pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención”. Dicho pago anticipado sup ondrá la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, pudiendo alcanzar hasta el 75% de la subv ención concedida a pagar en
  • 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Memoria técnica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, donde especificará con el máximo detalle: Las actividades realizadas, el número de participantes, los resultados obtenidos y las desviaciones respecto del proyecto original. El formato de esta memoria está estrechamente relacionado con el documento de formul ación del proyecto, de modo que mantiene una continuidad entre lo planificado (formulación del proyecto o reformulación del proyecto) con lo que se ha realizado (ejecución), y lo conseguido definitivamente (resultado y grado de consecución de los objetivos previstos). Cualquier información significativa deberá ser incluida en la memoria técnica.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas , que comprenderá toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida. La memoria económica especificará con el máximo detalle, la relación entre las actividades realizadas y los justificantes de gastos aportados, a través de un documento narrativo o explicativo que recoja toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, así como una relación de gastos que detalle las facturas en la forma más adelante indicada. Las entidades perceptoras de subvenciones vendrán obligadas a justificar el 100% del coste total del proyecto, y deberán incluir, en la memoria económica de
  • Facturas. Junto con la cuenta justificativa deberán aportarse las facturas y demás justificantes de pago válidos en el tráfico mercantil, con forme al RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Las facturas que se imputen al proyecto deberán contener un sello o diligencia de la entidad en el que conste por separado el importe que se abona con cargo a la subvención concedida y el importe que se abona con cargo a la entidad y, en su caso, otros financiadores.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social