Personas jurídicasES612 - Cádiz

SUBV NOM 2026 AL AYTO DE EL BOSQUE PARA ACTIVIDADES CULTURALES, LÚDICAS Y FESTIVAS.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Entidad se someterá a las actuaciones de control, verificación y reintegro que realice esta Corporación y a las demás obligaciones establecidas en la normativa general de subvenciones, aportando cuanta información y documentación le sea requerida al efecto.
  • Presentar por su representante legal declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por resolución firme de procedimiento de reintegro de subvenciones a su favor, concedidas por esta Diputación Provincial, en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • Acreditar mediante certificación original o copia cotejada de estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, o en su defecto, acuerdo de aplazamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como de estar al corriente en las obligaciones tributarias frente a la Hacienda Estatal y Autonómica.
  • Aportar la documentación que la Diputación Provincial le requiera y que guarde relación con la actuación subvencionada objeto del presente Convenio.
  • Asumir la responsabilidad que pudiera derivarse del desarrollo de la actuación, de tal forma que la Excma. Diputación Provincial quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
  • Justificar en los términos establecidos en la Estipulación Séptima del presente Convenio, el desarrollo y ejecución de la actuación subvencionada, así como el empleo de los fondos públicos concedidos, comunicando en su caso cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda y la finalidad para la que ha sido concedida.
  • Hacer constar en la actuación objeto del presente Convenio la cooperación de la Diputación Provincial, mediante la inserción de la imagen corporativa, en los términos requerido s en la Estipulación Decimoséptima del presente Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 5 de 19 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00453/2026 con fecha 21/07/2026, CSV: DPC-8x00-3svj-tok0-icq2-dj8o-467o-zjpk2 Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-8x00-3svj-tok0-icq2-dj8o-467o-zjpk2
  • Por último, el Ayuntamiento de El Bosque autoriza a la Diputación Provincial de Cádiz a consultar o recabar los certificados tributarios que sean pertinentes para proceder a la tramitación correcta de la presente subvención.
  • justification
    El Ayuntamiento de El Bosque, deberá dar a la inversión el destino que le es inherente dada la finalidad prevista de “Actividades Culturales, Lúdicas y Festivas”.
  • justification
    pagos en metálico, se deberá aportar:
  • justification
    Acta del jurado que otorga el premio, con indicación de los nombres de los ga - nadores, su prelación, y el importe a recibir.
  • justification
    Recibí firmado por el/los ganador/es del premio en metálico, donde se refleja - rá, en caso de tratarse de persona física, el porcentaje e importe a retener en concepto de IRPF. En caso de que el premio se otorgue mediante transferencia bancaria, justificante del pago. Se imputará el líquido que se le abona. No se contempla como gasto subvencionable el importe correspondiente a IRPF. III. En el caso de facturas generadas por profesionales, las cantidades retenidas a cuenta de IRPF no se imputarán como gastos subvencionables. Si imputará el im - porte líquido de la factura, que coincidirá con el justificante de pago realizado.
  • justification
    Otros documentos a presentar.
  • justification
    Cuenta justificativa. Contenido (Anexo de Justificación). La acreditación de la realización del proyecto o actividad subvencionada, así como la justificación de que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la cual
  • justification
    Memoria final de actuación detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, que describirá los objetivos y resultados conseguidos conforme a la subven - ción concedida. En la memoria habrán de incluirse fotografías y cualquier otro docu - mento, folleto, programa, anexo o documento similar que acredite que las acciones definidas en el Proyecto han sido realizadas.
  • justification
    Una memoria económica justificativa, conforme al Anexo de justificación del pre -
  • justification
    Gastos realizados con anterioridad a la firma del Convenio. Los gastos realizados con anterioridad a la suscripción del Convenio, que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la subvención, serán imputables a la cuantía prevista en el mismo, siempre que estén debidamente justificados y se hayan realizado a partir del 1 de enero de 2026. Es decir, no se admitirán facturas y/o justificantes emitidos con fecha anterior al citado 1 de enero, aunque la actividad a la que se refiere tenga lugar en el ejercicio en curso.
  • justification
    Otros gastos subvencionables Los gastos de asesoría jurídica o fiscal, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administra- ción específicos serán subvencionables si están directamente relacionados con la ac- tividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecu - ción de la misma, con excepción de lo estipulado en el artículo 31.7 de la Ley 38/2003. Serán imputables al Convenio aquellos gastos realizados dentro del plazo de ejecución y que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 9 de 19 Convenio inscrito en el registro de Diputación de Cádiz con el número D/CG/00453/2026 con fecha 21/07/2026, CSV: DPC-8x00-3svj-tok0-icq2-dj8o-467o-zjpk2 Firmantes: SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ., Verificable en: https://sede.dipucadiz.es/verificacion-firma?csv=DPC-8x00-3svj-tok0-icq2-dj8o-467o-zjpk2
  • justification
    DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Nombre o razón social

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico