Personas jurídicasES617 - Málaga

SUBV. DIRECTA Y EXCEPCIONAL POR PARTE DEL ÁREA DEL CULTURA A LA ASO. SOCIEDAD MALAGUEÑA DE ASTRONOMIA, PROYECTO "EXPOSICIÓN 50 AÑOS DE ASTRONOMÍA EN MÁLAGA"

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Facturas y justificantes de pagos, transferencias bancarias en pagos de más de
  • 500,00€, de todos los gastos imputables al proyecto y no solo a la cantidad objeto de la subvención.
  • Una memoria de actuación justificativa de la celebración de la actividad subvencionada, donde co nste una relación clasificada de todos los gastos de la actividad, con identificación del acreedor, CIF, descripción de la actividad, coste, número de factura, su importe, fecha de emisión y de su pago.
  • Detalle de otros ingresos y/o subvenciones que haya n financiado la actividad con indicación del importe y su procedencia.
  • Aportar fotografías o material donde se acredite que en la realización de la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento.
  • Copia de los tres presupuestos solicitados cuando s e superen las cantidades indicadas.
  • No podrá destinar a gastos indirectos más de un 20% del importe de la subvención.
  • El proyecto se realizará en la fecha prevista en la documentación aportada, nunca por plazo superior a 4 años.
  • Si por cualquier causa no pudiese realizarse el proyecto en la fecha indicada o justificar el mismo, podrá solicitarse una prórroga, en todo caso, antes de que finalice el plazo en cuestión y por un plazo no superior al inicial. Código Seguro De Verificación DATT+GoA4YwqQVKykSJo1A== Estado Fecha y hora Firmado Por Carlos María Conde O'Donnell Firmado 02/05/2025 11:52:15 Francisco Alejandro Merino Cuenca Firmado 02/05/2025 11:09:12 Observaciones Página 3/5 Url De Verificación https://valida.malaga.eu/verifirma/code/DATT+GoA4YwqQVKykSJo1A== Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Deberá comunicar la concesión de otras Ayu das o subvenciones Públicas, sin que en ningún caso se produzca el exceso de subvenciones percibidas respecto del coste total de la actividad.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a la cuantía de
  • 000€ para los contratos de obra y de 15.000€ en el de servicios y suministros, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, sa lvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas , que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial
  • Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de esta Ley.
  • Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
  • Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
  • Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las
  • Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa, que no haya obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente.
  • El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en la Ley o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en la s condiciones previstas en el artículo 37 de la LGS, así como lo indicado en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga y las Bases de Ejecución del
  • Si la subvención se justifica fuera de plazo, pero no es motivo suficiente para solicitar el reintegro, se penalizará con un 3% del importe subvencionado, que minorará el último pago de la subvención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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