Subv. directa Plena Inclusión Extremadura 2026. Promoción y el fomento de la prevención de riesgos laborales, según resolución.....

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Memoria final de actuación. Dicha memoria deberá incluir la relación de todas las actuaciones realizadas, con indicación del número e identificación de empresas, trabajadores por cuenta propia y ajena a las que se les ha prestado asesoramiento y/o asistencia, resultados obtenidos y g rado de satisfacción de las empresas, trabajadores por cuenta propia y/o ajena.
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    Junto a dicha memoria deberán aportarse los siguientes documentos:
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    Los productos entregables a que hace mención el punto 2 del apartado segundo de esta resolución, que contendrán el resultado de la ejecución de las actividades subvencionables. Csv: FDJEXAS37GYNCCU9E3UWJKC7XGYW4T Fecha 07/07/2026 14:13:53 Firmado Por PILAR BUENO ESPADA - Directora Gral De Trabajo Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 11/17
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    Declaración de la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria sobre que las actuaciones realizadas han sido financiadas con la subvención.
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    Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En su caso, en dicha relación deberán indicarse las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto presentado con el Plan de actuaciones.
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    Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación clasificada de gastos (contratos de trabajo, nóminas, seguros sociales, etc.) y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por alguno de los medios establecidos en el punto 4 de este apartado. En el caso de gastos de desplazamientos deberán aportarse certificados justificativos de los viajes, en
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    Puesto de trabajo o cargo en la entidad beneficiaria.
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    Objeto del desplazamiento (visita empresa, reuniones, grupos de trabajo, etc.) y el detalle del gasto realizado (fecha de realización, localidades y medio de transporte utilizado o, en caso de vehículo propio, kilómetros realizados, costes de aparcamientos, etc.). Los gastos en desplazamiento deberán justificarse mediante los correspondientes documentos justificativos (facturas, facturas simplificadas de aparcamiento, billetes de transporte público, etc.). Cuando se trate de asistencia a reuniones o grupos de trabajo, se cotejarán los asistentes por los que se imputan gastos de desplazamiento con los relacionados en el acta/informe de la visita a las instalaciones, reunión o grupo de trabajo, que deberá entr egarse junto con la justificación, según lo indicado en la letra a) anterior y de acuerdo con lo establecido en el punto 2 del apartado segundo.
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    En el caso de imputación de gastos de personal propio de la entidad beneficiaria, que ha sido asignado a la ejecución de las actuaciones subvencionables, deberá aportarse copia del documento de asignación formal del citado personal a la realización de dichas actuaciones, donde consten los datos de las personas asignadas y el porcentaje de dedicación respecto a su jornada ordinaria de trabajo.
  • documentation
    La memoria final de actuación y la relación clasificada de gastos incluida en la cuenta justificativa final deberán aportarse debidamente selladas y firmadas en todas sus hojas por la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria.
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    Los gastos efectuados se justificarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio Csv: FDJEXAS37GYNCCU9E3UWJKC7XGYW4T Fecha 07/07/2026 14:13:53 Firmado Por PILAR BUENO ESPADA - Directora Gral De Trabajo Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 12/17
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    Copia Electrónica Auténtica equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas deberán emitirse conforme a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, debiendo contener un desglose suficiente para identificar las actuaciones subvencionables por las que se imputan los costes y los conceptos en que se imputan dichos costes.
  • documentation
    Los pagos de los gastos subvencionables deberán realizarse mediante transferencia bancaria o ingreso en cuenta bancaria o mediante domiciliación en cuenta, pudiendo efectuarse también dicha justificación mediante talón nominativo, siempre que se acredit e que el cobro del citado efecto mercantil por la persona acreedora se ha realizado dentro del plazo de justificación. La entidad beneficiaria deberá justificar los pagos mediante la aportación de la orden o recibo bancario de la transferencia o ingreso en cuenta o del documento de adeudo por domiciliación, acompañados de la certificación o extracto bancario acreditativos del cargo en la cuenta de titularidad de la beneficiaria.
  • documentation
    Los documentos originales justificativos de los gastos se marcarán con una estampilla, en la que se indicará la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además el porcentaje de imputación de dicho gasto.
  • documentation
    Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos del Sector público para el contrato menor, la entidad beneficiaria deberá cumplir lo establecido en el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de ma rzo, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.
  • documentation
    Toda la documentación que justifique el cumplimiento del objeto de la subvención deberá ponerse a disposición del órgano concedente de la subvención. SÉPTIMO. Gastos subvencionables.
  • documentation
    Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actuaciones subvencionadas al amparo de la resolución de concesión y resulten estrictamente necesarios para su ejecución. En ningún caso el coste de adquisic ión de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Csv: FDJEXAS37GYNCCU9E3UWJKC7XGYW4T Fecha 07/07/2026 14:13:53 Firmado Por PILAR BUENO ESPADA - Directora Gral De Trabajo Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 13/17
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    Únicamente serán subvencionables los gastos que se hayan efectuado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el día 31 de diciembre de 2026 y que se hayan pagado antes del día 15 de febrero de 2027.
  • documentation
    Los gastos de viaje y los relativos a alojamiento y manutención del personal encargado de la realización de las actuaciones subvencionables, se subvencionarán con los límites establecidos en el Decreto 42/2025, de 19 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • documentation
    En caso de imputar costes indirectos, habrán de imputarse a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad, de conformidad con lo previsto en el artículo 36.9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. OCTAVO. Obligaciones de la entidad beneficiaria.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación