Subv. Directa 2026. EXTREMADURA ENTIENDE. Oficina LGTBIFOBIA

de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; y facilitar la participación de todos en la vida política, económica, cultural y social d e Extremadura, en un contexto de libertad, Csv: FDJEXSUAG7M4RTVGSXUJR682ZNYSLC Fecha 01/07/2026 13:51:34 Firmado Por MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA - La Secretaria Gral. Igualdad Y Conciliac Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 6/20

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona SECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá cumplir las siguientes obligaciones:
  • Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida. Ejecutar el proyecto “Oficina de Atención Integral a Víctimas por LGTBIFOBIA y sus Familias. Forjando resiliencia y previniendo odio”, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el mismo.
  • La entidad ha acreditado con carácter previo a la propuesta de resolución y deberá acreditar con carácter previo al pago que se halla al corrien te en sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, frente a la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda Autonómica.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control. Esta documentación deberá obrar en poder de la entidad beneficiaria durante al menos cuatro años, contados a partir del momento en que haya finalizado el plazo máximo para justificar el proyecto, para poder ser consultada en caso de i nspección o auditoria de la Administración competente.
  • Adoptar las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública a la financiación obtenida a través de la presente subvención por la Presidencia de la Junta de Extremadura, Secretaría General de Igualdad y Conciliación. En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actividades del pr oyecto objeto de subvención (comunicaciones, material publicitario, cartelería, anuncios, memorias y otros soportes utilizados) se hará constar expresamente que este se lleva a cabo en virtud de la financiación establecida por la Presidencia de la Junta de Extre madura, Secretaría General de Igualdad y Conciliación, atendiendo a las normas de identidad corporativa. A estos efectos, la entidad beneficiaria deberá instalar una placa o cartel inf ormativo en su sede central, en los términos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seg uimiento y evaluación del proyecto que realice la Secretaría General de Igualdad y Concili ación a través del Servicio de Promoción, Impulso y Desarrollo de las Políticas de Igualdad, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órgano s de control competente, autonómico, nacional o comunitario, aportando cuanta informació n le sea requerida en el ejercicio de las actividades anteriores.
  • Comunicar a la Secretaría General de Igualdad y Conciliación la modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesi ón de la subvención en los términos previstos en la condición octava.
  • Contar con certificado negativo del Registro Cen tral de Delincuentes Sexuales de todo el personal, tanto contratado como voluntario, que participa en el desarrollo de las actividades del proyecto subvencionado cuando las actividades vayan dirigidas a menores de edad, conforme establece la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y el artículo 13.2 de la Ley 1 2/2019, de 11 de octubre, del voluntariado de Extremadura. El personal, tanto contratado como voluntario, que participe en el desarrollo de las actividades del proyecto subvencionado, estará vinculado jurídicamente a la entidad beneficiaria. La Junta de Extremadura será ajena a todo tipo de relación jurídica con el citado personal.
  • Disponer de todas aquellas licencias, autorizaciones y permisos necesarios para cumplir con las leyes y disposiciones en la medida que el alcan ce de las actividades y servicios del proyecto lo exijan.
  • Y las demás obligaciones previstas en el present e acto y demás normativa que le sea de aplicación. Csv: FDJEXSUAG7M4RTVGSXUJR682ZNYSLC Fecha 01/07/2026 13:51:34 Firmado Por MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA - La Secretaria Gral. Igualdad Y Conciliac Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 13/20
  • El pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá el carácter de pago anticipado, estando exenta la entidad beneficiaria de prestar garantías, de conformidad con lo dispuesto en el Informe Favorable de fecha 19 de mayo de 2026 emitido por la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social d e la Junta de Extremadura de conformidad con el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de mar zo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • La Secretaría General de Igualdad y Conciliación , con carácter previo al pago, consultará o recabará de oficio los documentos o información de estar la entidad beneficiaria al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, frente a la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda Autonó mica, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del interes ado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes.
  • La entidad beneficiaria queda obligada a la just ificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos prev istos en la resolución de concesión de la subvención y revestirá la forma de cuenta justifica tiva del gasto realizado, la cual contendrá la siguiente información, que podrá presentarse como m áximo hasta el 31 de marzo de 2027,
  • Memoria económica justificativa del coste del proyecto realizado, que deberá contener: 1º Una relación clasificada de justificantes por cada concepto de gasto, con identificación del acreedor, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, con indicación de las desviaciones acaecidas con respecto al presupuesto aprobado. 2º Facturas y documentos de valor probatorio equiv alente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación referida en el párrafo anterior y, asimismo, la documentación acreditativa del pago. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas e lectrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. Csv: FDJEXSUAG7M4RTVGSXUJR682ZNYSLC Fecha 01/07/2026 13:51:34 Firmado Por MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA - La Secretaria Gral. Igualdad Y Conciliac Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 14/20
  • Memoria técnica justificativa del desarrollo del proyecto subvencionado, con indicación de los objetivos conseguidos, actividades desarroll adas, beneficiarios del proyecto, recursos humanos y personal voluntario, publicidad y difusión del proyecto donde se refleje claramente la financiación conforme a las obligaciones establecidas en la condición segunda, así como las incidencias surgidas durante su desarrollo y las desviaciones acaecidas, entre ellas las modificaciones no sustanciales.
  • Todas las facturas que justifiquen los gastos de l proyecto deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación o, de haber sido este derogado, la norma que lo sustituya.
  • Los originales de los documentos acreditativos d e los gastos justificados con cargo a la subvención se marcarán con el estampillado que se recoge a continuación, indicando en el mismo
  • Cuando la entidad beneficiaria no hubiese presentado en el plazo de justificación establecido la documentación justificativa de la subvención concedida conforme a lo regulado en la presente condición, se le requerirá dicha documentación para que lo haga en el plazo improrrogable de quince días, comunicándole que la falta de presentación de la justificación en dicho plazo llevará consigo la exigencia de reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Serán subvencionables los gastos que de manera i ndubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, resulten estrictamente nece sarios para su desarrollo, estén contemplados en el presupuesto del proyecto, se hayan realizado en el ejercicio presupuestario 2026 y se abonen efectivamente con anterioridad a l a finalización del periodo de la correspondiente justificación establecida en la con dición cuarta. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • Las retribuciones del personal adscrito al proyecto se subvencionarán hasta el límite máximo de las cuantías establecidas para el personal labor al en la Junta de Extremadura para la misma categoría y especialidad. Asimismo, los gastos de d ietas, desplazamientos y gastos de viaje por comisión de servicio del personal adscrito al proye cto, así como del personal voluntario serán subvencionables hasta el límite máximo de las cuant ías establecidas en el Decreto 42/2025, de 19 de mayo, sobre de indemnizaciones por razón de servicio del personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que quede debidamente justificado el motivo y la relación con las actividades del proyecto subvencionado.

Gastos y actuaciones

  • Serán subvencionables los gastos que de manera i ndubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, resulte · eligible
    Las retribuciones del personal adscrito al proyecto se subvencionarán hasta el límite máximo de las cuantías establecidas para el personal labor al en la Junta de Extremadura para la misma categoría y especialidad. Asimismo, los gastos de d ietas, desplazamientos y gastos de viaje por comisión de servicio del personal adscrito al proye cto, así como del personal voluntario serán subvencionables hasta el límite máximo de las cuant ías establecidas en el Decreto 42/2025, de 19 de mayo, sobre de indemnizaciones por razón de servicio del personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que quede debidamente justificado el motivo y la relación con las actividades del proyecto subvencionado.
  • Serán subvencionables los gastos que de manera i ndubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, resulte · eligible
    DECLARACIÓN RESPONSABLE Gasto imputado a la subvención directa, sin convocatoria previa, concedida por la Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la Presidencia de la Junta de Extremadura. Año 2026. Importe que se imputa a esta subvención ________ € Fdo.: (Nombre y apellidos del responsable de la contabilidad) . Csv: FDJEXSUAG7M4RTVGSXUJR682ZNYSLC Fecha 01/07/2026 13:51:34 Firmado Por MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA - La Secretaria Gral. Igualdad Y Conciliac Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 15/20
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos originados por los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la entidad en el ejercicio de sus funciones.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Las cantidades percibidas por el personal contra tado para la ejecución del proyecto no consideradas como salario (retribuciones no salaria les o extrasalariales): las cantidades percibidas por el personal contratado para la ejecu ción del proyecto en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral; las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones por fallecimiento, traslados, suspensiones, despidos o ceses. No obstante, en los contratos temporales vinculados exclusivamente a alguna actividad objeto de subvenc ión serán subvencionables los gastos derivados de la finalización del contrato. Los gast os de finalización de contrato no serán subvencionables en ningún caso si el contrato no es tá vinculado única y exclusivamente a la actividad objeto de subvención.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de procedimiento judiciales.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptible s de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los bienes de naturaleza inventariable y aquellos que tengan carácter de amortizables.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    La subvención concedida será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, en consonancia con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    La entidad beneficiaria podrá subcontratar parci almente las actividades contempladas en el proyecto subvencionado hasta un porcentaje que no e xceda del 50% del importe total de la subvención concedida, siempre y cuando se haya espe cificado previamente en el proyecto presentado. Cuando la subcontratación no esté prevista inicialm ente en el proyecto presentado, la entidad beneficiaria deberá solicitar autorización previa a la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, motivando la necesidad de la subcontr atación y respetando el límite de hasta el 50% arriba mencionado.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido al contenid o de esta y no se realicen en condiciones normales de mercado, conforme a lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Csv: FDJEXSUAG7M4RTVGSXUJR682ZNYSLC Fecha 01/07/2026 13:51:34 Firmado Por MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA - La Secretaria Gral. Igualdad Y Conciliac Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 16/20
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    En lo no contemplado por esta condición sobre su bcontratación de las actividades subvencionables, se estará a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    La entidad beneficiaria podrá solicitar la modif icación del proyecto subvencionado cuando dichas modificaciones obedezcan a circunstancias sobrevenidas ajenas a la voluntad de la entidad beneficiaria, no afecten a la finalidad y destino d e la subvención concedida, no supongan un incremento de la cuantía de la subvención concedida , puedan desvirtuar sustancialmente el proyecto subvencionado o pueda constituir causa de incumplimiento conforme a la resolución de concesión.
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    Las modificaciones tendrán la consideración de modificaciones sustanciales y no sustanciales:
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    Modificaciones sustanciales. Se consideran modifica ciones sustanciales del proyecto
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    Modificaciones no sustanciales. Se considerarán mod ificaciones no sustanciales del
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    El incumplimiento de las condiciones y compromisos establecidos en la resolución, así como la concurrencia de las causas previstas en los artículos 40, 43 y concordantes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut ónoma de Extremadura, dará lugar al reintegro total o parcial de las cantidades percibi das, con la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a esta, siendo de aplicación el principio de proporcionalidad atendiendo al grado y características del incumplimiento en que haya incurrido ésta en re lación con la finalidad de la subvención, conforme a lo dispuesto en la presente condición.
  • Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante la entidad beneficiaria de la subvención, que asumirá la responsabilida · eligible
    Procederá la pérdida del derecho al cobro en los supuestos de: renuncia de la entidad beneficiaria a la subvención concedida sin que se haya producido el pago de esta; no encontrarse la beneficiada dada de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura que señala la condición tercera y, previo requerimiento por el órgano instructor, no aporte el documento de alta debidamente cumplimentado en el plazo otorg ado; y falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 43 de Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; y facilitar la participación de todos en la vida política, económica, cultural y social d e Extremadura, en un contexto de libertad, Csv: FDJEXSUAG7M4RTVGSXUJR682ZNYSLC Fecha 01/07/2026 13:51:34 Firmado Por MARÍA DEL ARA SÁNCHEZ VERA - La Secretaria Gral. Igualdad Y Conciliac Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 6/20