SUBV. CLUB DEPORTIVO PALAFOLLS TEMPORADA 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALAFOLLS.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.079,20 €. Inicio: 16/09/2026. Plazo: Fin: 04/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar inscrita en el registro público oficial correspondiente. En el caso de entidades de ámbito local, deberá estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Palafolls.
  • Desarrollar una parte de su actividad en Palafolls y/o tener su sede oficial o social.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no mantener ninguna deuda pendiente, de cualquier na turaleza, con el Ay untamiento de Palafolls.
  • Haber justificado las subvenciones recibidas en ejercicios anteriores y no estar afectada por ningún tipo de sanción.
  • No recibir subvenciones, por el mismo concepto, de otras concejalías, departamentos o unidades de la Administración local.
  • Ejecutar la actividad subvencionada de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, y de acuerdo con los principios éticos y las normas de conducta que permitan asegurar e l cumplimiento de l os principios de igualdad, objetividad y transparencia. El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse en el momento de presentar la solicitud mediante una declaración responsable incluida en el modelo normalizado, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda requerir la documentación acreditativa original o efectuar las comprobaciones de oficio que considere oportunas.
  • - Cèlia Majó Montes (TCAT) (SECRETARIA (DILIGENCIA: Esta convocatoria se ha aprobado por acuerdo de la JGL en fecha 15/09/2026)), 16/09/2026 12:42
  • - Órgano competente para la instrucción y resolución La instrucción y la resolución de concesión corresponderá n a la Junta de Gobierno Local, mediante convenios de colaboración con las entidades.
  • - Plazo de presentación de solicitudes y documentación La solicitud se formalizará en el m odelo normalizado. Se dirigirá al Sr. Alcalde - Presidente del Ayuntamiento y se presentará en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimient o administrativo común de las administraciones públicas. El plazo de presen tación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la notificación de la convocatoria y finalizará el día 4 de octubre de 2026
  • A la solicitud se deberán adjuntar los siguientes documentos:
  • Identificación de la persona que suscribe la solicitud y del carácter con que actúa.
  • Identificación de la persona que debe ser beneficiaria (con expresión de su DNI, NIE o NIF).
  • Escritura de constitución y/o estatutos.
  • Memoria de la obra o actividad a subvencionar (ANEXO 1).
  • Presupuesto de la actividad (ANEXO 2).
  • Declaración responsable de reunir los requisitos para ser beneficiario de acuerdo con el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (ANEXO 3).
  • Datos bancarios donde se podrá transferir el importe de la subvención. En caso de que los documentos exigi dos ya estén en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá ejerc er su derecho a no presentarlos, indicando la fecha y el órgano o dependencia donde fueron presentados o emitidos. Cuando se observen defectos u omisiones en las solicitudes, o se considere necesario ampliar la información, se podrá conceder a los solicit antes un plazo máximo de 10 días para enmendar los defectos u omisiones o ampliar la información.
  • - Plazo de resolución y notificación La resolución y la notificación se realizarán dentro del año 2026.
  • - Pago El pago del importe de la subvención concedida se efectuará dentro del ejercicio económico correspondiente, previa presentación de la documentación justificativa según lo que establezca el convenio de colaboración. El pago de la subvención será del 50% de l total, previa justificación antes del 4 de diciembre de 2026. Una vez se haya justificado el 50% del gasto indi cado en el punto anterior, se procederá al pago del 50% restante, previa justificación antes del 20 de junio de 2027, según lo que establezca el convenio de colaboración. En caso de que no exista crédito suficiente, la concesión de la subvención quedará s in efecto.
  • - Justificación El beneficiario deberá justificar el 50% del importe total de la subvención antes del 4 de diciembre de 2026 y el 50% restante como máximo el 20 de junio de 2027 , mediante la presentación de la documentación regulada en el artículo 32 de la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de Palafolls. Se deberá justificar un gasto por un importe igual o superior al importe otorgado. La justificación de estas subvenciones tendrá la estructura y el alcance que se determine en el convenio de colaboración, de acuerdo con el artículo 32 de la Ordenanza de Subvenciones del Ayuntamiento de Palafolls.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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