SUBV. AYTO. ORGANIZACIÓN NEUROLIMPIADAS PARA MAYORES

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 231/46201 SEGUNDO.- El plazo para solicitar la subvención detallada en el párrafo anterior es de diez (10) días hábiles tras la recepción de la notificación. TERCERO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados deberán presentar con carácter obligatorio las solicitudes según los modelos oficiales, el cual irá cumplimentado en su totalidad y debidamente firmado por el representante legal de la entidad. Los interesados presentarán de forma TELEMÁTICA en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma, a través del procedimiento habilitado al efecto, las solicitudes de subvención según modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo de La Palma, junto con la documentación respectiva, debidamente cumplimentada, que deberá estar obligatoriamente firmada
  • - Normativa Aplicable. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de La Palma, el Plan Estratégico de Subvenciones vigente (aprobado Sesión ordinaria del Consejo de Gobierno Insular, celebrada el día 21 de febrero de 2025), la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el presente ejercicio.
  • - Objeto y Finalidad. Organizar las neurolimpiadas mediante la realización de actividades de carácter deportivo, destinadas a incrementar las capacidades cognitivas o detener su deterioro de personas mayores.
  • - Plazo de realización de la actividad. El plazo que se establece para la realización de la actividad es desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
  • - Compatibilidad. La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos y recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Página 7 de 7 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 16340723214641077036 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ En este sentido, el importe de dichas subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, en ningún caso podrán ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • - Procedimiento de concesión: Subvención directa con tramitación anticipada.
  • - Forma de pago: Anticipada.
  • - Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos: Ayuntamientos de la isla que participan en la organización de las Neurolimpiadas para personas mayores.
  • Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento: Miembro corporativa delegada en materia de Acción Social, Igualdad, Diversidad, Vivienda y Salud. De esta Resolución se harán las notificaciones al interesado y a los organismos competentes, si procede. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular y, en concordancia con el artículo 85.2 de la Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos. De esta Resolución se harán las notificaciones al interesado y a los organismos competentes, si procede. En Santa Cruz de La Palma,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social