Sr. Concejal Delegado, por el que se concede Subvención Nominativa a la CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE ZAMOR · 2026

Título oficial: Resolución de 23 de octubre de 2026, del Sr. Concejal Delegado, por el que se concede Subvención Nominativa a la CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE ZAMORA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA VENTANILLA ÚNICA EMPRESARIAL

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZAMORA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.320,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Borrador del convenio de colaboración de donde se desprende el presupuesto para la realización del objeto del convenio y el destino de los fondos.
  • Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Hacienda Local, Seguridad Social y AEAT.
  • Declaración responsable relativa a los extremos exigidos por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Zamora, de fecha 15 de marzo de 2023.
  • Memoria de actividades con presupuesto de ingresos y gastos.
  • Documentación acreditativa de la presentación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2025 en el Registro Mercantil de Zamora.
  • - La aportación del Ayuntamiento de Zamora se realizará en forma de subvención nominativa, siguiéndose en su tramitación las directrices contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones vigente en el Ayuntamiento de Zamora, las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal y, en todo caso, los preceptos previstos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley.
  • - La referida subvención está contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones vigente, en la línea estratégica nº 6: Fomento Económico y Social, siendo el objeto de colaboración el apoyo la creación de empresas con el objetivo de apoyar a los emprendedores en la constitución de las mismas, mediante la prestación de servicios integrados de tramitación y asesoramiento empresarial.
  • - El convenio que recoge las estipulaciones que rigen esta actuación cumple con lo establecido en el artículo 65.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • - Dado el contenido económico de la propuesta, el expediente deberá ser fiscalizado por la Intervención Municipal, según se desprende de los artículos 213 y siguientes del R.D.L. 2 /2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • - Es competente para la concesión de esta subvención el Sr. Concejal Delegado en materia de Recaudación, Rentas, Hacienda, Intervención y Tesorería, en virtud de la Delegación efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde según Decreto 2023-8434. Vista la propuesta de resolución PR/2026/11651 de 14 de octubre de 2026 fiscalizada favorablemente con observaciones con fecha de 21 de octubre de 2026. En virtud del Decreto de Delegación de Competencias número 2023-7832 de fecha 7 de julio de 2023 rectificado mediante Decretos de Alcaldía números 2023-8323 de fecha 20 de julio de 2023 y 2023-8434 de fecha 27 de julio de 2023
  • EL FUNCIONAMIENTO DE LA VENTANILLA ÚNICA EMPRESARIA DURANTE EL AÑO 2026”, cuyo texto se transcribe íntegramente al final de esta propuesta de resolución. La referida subvención deberá ser destinada y afectada a gastos diversos relacionados con el funcionamiento de la Ventanilla Única Empresarial, gastos de limpieza de varios meses, mantenimiento de equipos informáticos y calefacción, gastos de consumibles destinados al funcionamiento de la Ventanilla Única empresarial, entre otros, durante el ejercicio 2026. TERCERO.- Notificar a la interesada la resolución que se adopte para su conocimiento y a los efectos de justificación previa al pago de la ayuda concedida, comunicándole de manera expresa que será motivo de reintegro de esta subvención no destinarla al cumplimiento del fin para el que se concede.
  • , en uso de las facultades que le son conferidas en el art. 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. De otra parte, la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE ZAMORA, con C.I.F. Q - 4973001 - C, representada por D. _____ _, en su_, con N.I.F. _ condición de Presidente, quien se halla facultado para este acto según las reglas establecidas en la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación y de su Reglamento de Régimen Interior.
  • 2 a) dispone que podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones y en su artículo 28, establece que los convenios serán el instrumento habitual para canalizar estas subvenciones. Por su parte, el Reglamento General de la Ley General de Subvenciones, en su

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