Personas físicasES611 - Almería

SOLICITUD ASISTENCIA ECONÓMICA AL AYUNTAMIENTO DE GÁDOR PARA LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN MEJORAS INSTALACIÓN ELÉCTRICA CAMPO DE TIRO

Es objeto de esta Norma provincial la regulación de la asistenc ia económica de la Diputación Provincial de Almería para la realización de inversiones, actividades y servicios de competen cia municipal, mediante planes, programas y demás instrumentos de cooperación, en aplicación de l mandato contenido en los artí culos 36.1.a) y b) y 2.a) y b) de la LRBRL, disposición adicional octava de la LGS y 13 de la LAULA.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Certificado expedido por la Secretaría municipal, acreditativo de que el Ayuntamiento no ha solicitado o percibido ninguna otra subvención o ayuda para la ejecución del mismo proyecto y de que existe crédito suficiente para financiar la aportación
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    Diputación de Almería: 18.000,00 €
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    Ayuntamiento de Gádor: 99,18 €
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    Memoria valorada por técnico del Área de Asistencia a Municipios de la Diputación de Almería en la que se describen las actuaciones que son necesarias para la actualización de la instalación eléctrica del campo de tiro de Gádor.
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    Supuestos de concesión directa de asistencia económica:
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    Las previstas nominativamente en el presupuesto general de la Corporación Provincial.
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    Estas órdenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de su expedición, según previene la LGP, tendrán el carácter de a justificar y se aplicarán a los correspondientes créditos presupuestarios.” El plazo de rendición de las cuentas será de tres meses desde la realización de la actividad. (art. 14.1 NAE). El órgano gestor deberá pronunciarse en informe técnico/jurídico sobre la adecuada justificación de la asistencia, aludiendo expresamente al cumplimiento de los objetivos que motivaron su concesión, previa comprobación de la documentación aportada. Obra en el expediente, en sentido favorable, el preceptivo informe a que se refiere el
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    Cuenta justificativa de la totalidad de la actuación en la que se detallen los pagos realizados por el importe total concedido (modelo normalizado) expedida por la secretaría de la entidad local en la que se relacionen los justificantes de gasto e inversiones de la totalidad de la actuación, con identificación del acreedor y del document o, su importe, concepto, fecha de emisión y fecha de pago, detallando los pagos realizados con cargo a la asistencia económica de la Diputación al Ayuntamiento.
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    Informe final emitido por técnico provincial en el que se ponga de manifiesto que la ejecución material se ha realizado conforme al proyecto presentado.
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    Documentación acreditativa de la adopción de las medidas previstas en el apartado 7º (pudiendo consistir en fotografías in situ de las placas o carteles instalados, copias del material impreso o impresiones de pantalla o enlaces de la publicidad digital). 6º) La asistencia económica será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados; si bien, en ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad financiada. 7º) El Ayuntamiento deberá adoptar las medidas de difusión adecuadas para el general conocimiento de la financiación de las actuaciones por la Diputación de Almería. Tales Código Seguro De Verificación a7n49vNFdDAwfIlc+BuSwg== Estado Fecha y hora Firmado Por Angel Escobar Cespedes - Vicepresidente 1º Diputacion de Almeria Firmado 13/07/2026 11:11:02 Observaciones Página 3/4 Url De Verificación https://ov.dipalme.org/verifirma/code/a7n49vNFdDAwfIlc+BuSwg== Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Decreto 1.669/2026
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    medidas serán adecuadas al objeto de la asistencia económica y deberán consistir en la instalación, en el lugar de ejecución del proyecto, de un soporte rígido (placa o cartel) conforme al modelo normalizado, siendo imperat ivo el uso de elementos resistentes que aseguren su perdurabilidad. Si no fuera posible, se difundirá la colaboración de esta Diputación mediante publicación en la página web del Ayuntamiento y/o en medios digitales, incluyendo como
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    Logotipo de la Diputación de Almería.
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    Importe de la ayuda económica.
  • - La obligación de justificar por parte de la entidad benefic iaria se habrá de verificar en el plazo que se establezca en el correspondiente acuerdo, y como máximo, dentro de los tres meses siguientes contados desde la finalización del plazo fijado para la realización de la actuación. Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado l a misma, en los 20 días hábiles posteriores a la fecha de finalización, se requerirá al beneficiario en los términos que se indican en el art. 70.3 RLGS. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en dicho artículo llevará consigo la exigencia del reintegro o la declaración de pérdida del derecho al cobro. El acuerdo de incoación del procedimiento que corresponda deberá ser adoptado en los 30 días hábiles siguientes a la fecha de finalización de dicho plazo.
  • - Ejecución por la entidad local destinataria. La justificación se cumplimentará mediante una memoria de actuación y un certificado expedido por el Secretario de la entidad, donde se relacionen los justificantes de gasto e inversiones de la totalidad de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, concepto, f echa de emisión y fecha de pa go realizado por el Ayuntamiento, detallando los pagos realizados con cargo a la asistencia de la Diputación.
  • - Ejecución por la Diputación de Almería. La obligación de justificar se considerará cumplimentada si se garantiza el acceso de las entidades locales a los justificantes de la ejecución de las inversiones, actividades o servicios en las correspondientes Áreas gestoras.
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    Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de viv ir a expensas o estar a cargo del nacional de un estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
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    Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingres o en las plazas convocadas, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, debidamente compulsado.
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    Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala d e funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, declara ción jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situació n equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o eq uivalente que impida, en su Est ado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
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    Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo o escala a la que se accede. En el caso de personal con discapaci dad, deberá aportarse certificad o expedido por la Consejería competente en la materia, en el que conste la capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo o escala objeto de la convocatoria.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de esta Norma provincial la regulación de la asistenc ia económica de la Diputación Provincial de Almería para la realización de inversiones, actividades y servicios de competen cia municipal, mediante planes, programas y demás instrumentos de cooperación, en aplicación de l mandato contenido en los artí culos 36.1.a) y b) y 2.a) y b) de la LRBRL, disposición adicional octava de la LGS y 13 de la LAULA.