SA Subvención concesión directa 2026 Malpartida Plasencia Conc. Albañilería

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ARQUITECTURA, ACCESIBILIDAD Y REGENERACIÓN URBANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Proyecto de actividades a subvencionar para el año 2026, con las actuaciones a realizar y su coste.
  • Declaración responsable de que la entidad no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, establecidas en el artículo
  • 2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Declaración responsable de que la entidad no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de las actividades subvencionadas.
  • Certificados acreditativos de que la entidad está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. Csv: FDJEXSBGWS8B6LH2W46PMVM3MLQGZF Fecha 01/10/2026 14:56:51 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 1/9
  • Las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos (artículo 30).
  • Las subvenciones de concesión directa por razones que dificulten la convocatoria pública (artículo 32). En este caso, como se ha dicho, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026 prevé nominativamente una subvención a favor del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia , pero en el Sistema ALCÁNTARA, el correspondiente proyecto presupuestario aparece planificado y cargado para su gestión mediante otro de los procedimientos de concesión directa previstos. Acerca de ese tipo de subvenciones, el artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece la posibilidad de conceder directamente, sin convocatoria previa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interé s público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Csv: FDJEXSBGWS8B6LH2W46PMVM3MLQGZF Fecha 01/10/2026 14:56:51 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 2/9
  • Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de Entidades Públicas o Entidades Privadas sin fines de lucro.
  • La concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la Consejería, salvo en los supuestos en los que se requiera la previa autorización del Consejo de Gobierno que se emitirá por la Abogacía General.
  • En el ejercicio de esa función de divulgación y debate establecido en el apartado anterior, la
  • Impulso de la edición de publicaciones de investigación, divulgación y reconocimiento de la calidad arquitectónica de los edificios y espacios públicos.
  • Promoción de la enseñanza de la arquitectura, del patrimonio construido en su vertiente pluridisciplinar y de los aspectos que inciden en la calidad de vida de las personas.
  • La adopción de propuesta, a los organismos competentes en materia de relaciones internacionales y los departamentos competentes en materias relacionadas con la calidad arquitectónica en colaboración con las corporaciones y organizaciones de profesionale s que intervienen en el proceso arquitectónico, de medidas de coordinación y programas necesarios de apoyo y fomento internacional de la arquitectura.
  • Fomento de la innovación y del conocimiento de la arquitectura mediante la investigación, la formación y la divulgación. Csv: FDJEXSBGWS8B6LH2W46PMVM3MLQGZF Fecha 01/10/2026 14:56:51 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 3/9
  • 20200031 “AYUNTAMIENTO DE MALPARTIDA DE PLASENCIA. CONCURSO DE ALBAÑILERÍA”, conforme a las previsiones de la Ley 2/2026 , de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. TERCERO. Obligaciones de la entidad beneficiaria. El Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia como beneficiario de la subvención, debe
  • cumplir las siguientes obligaciones:
  • Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida.
  • Acreditar, con carácter previo al pago, que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda autonómica.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. Esta documentación deberá obrar en poder de la entidad beneficiaria durante un período mínimo de cuatro años, contados desde la fecha de finalización del plazo máximo de justificación del programa, para que pueda ser consultada, en caso de inspección o auditoría, por la Administración competente.
  • Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación del programa subvencionado durante el período de desarrollo del mismo, haciendo constar que la inversión ha sido financiada por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura. Csv: FDJEXSBGWS8B6LH2W46PMVM3MLQGZF Fecha 01/10/2026 14:56:51 Firmado Por LIDIA LOPEZ PANIAGUA - La Sec. Gral. Viv.arquet. Acce.y R.urb. Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 5/9

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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