Resolucion Viceconsejeria Agricultura sector primario conceden ayudas directas Almazaras Canarias

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES70 - CANARIAS. La gestiona CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Estar dada de alta en el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas, SIMO, en Canarias
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No haber percibido otras ayudas en concepto de minimis que superen el límite máximo
  • 000 euros durante cualquier período de tres años
  • Mantener la actividad o, al menos, la capacidad operativa de la almazara durante 5 años.
  • Encontrarse dadas de alta de terceros en el Sistema de Información Económico - Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias SEFLogic.
  • Para acreditar los requisitos previstos en las letras b), c) y d) del punto 1 anterior, las personas o entidades beneficiarias deberán presentar, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución, a través de la Sede electrónica de
  • Declaración responsable de cualesquiera otras ayudas de minimis recibidas durante cualquier período de tres años, así como de otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad, ajustada al m odelo que será accesible en Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Declaración responsable de haber sido informadas del carácter de minimis de la ayuda concedida, con referencia expresa al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, modelo que será accesible en Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Declaración responsable de no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, ajustada al modelo que será accesible en Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Agencia Tributaria Canaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo autorización expresa al órgano gestor para la consulta de datos, ajustada al modelo que será accesible en Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Compromiso de mantener la actividad o, al menos, la capacidad operativa de la almazara, durante al menos 5 años, ajustado al modelo que será accesible en Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • El abono de la subvención está supeditado, a modo de condición suspensiva, a la acreditación de los requisitos en el plazo conferido en el punto 2 de este Resuelvo. La no acreditación de los mismos en tiempo y forma, llevará aparejada la pérdida del de recho al cobro de la subvención concedida. Quinto. Dará lugar a la modificación de la resolución de concesión, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el ar tículo 20 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, que no sean contrarias a la propia naturaleza de estas subvenciones.
  • 7 La modificación de la resolución de concesión no podrá alterar los requisitos ni las condiciones que determinaron la concesión de la subvención. Sexto. Además de cumplir las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las personas y entidades beneficiarias deberán mantener la actividad o, al menos, la capacidad operativa de la almazara durante el período que, en su caso, se determine en esta Resolución. Séptimo. 1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora correspondiente, en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En los supuestos de incumplimiento total o parcial de las condiciones establecidas se procederá a iniciar el procedimiento para el reintegro de la subvención concedida en función de la relevancia del incumplimiento.
  • Para graduar los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas. Se aplicarán los
  • Cuando el incumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por el beneficiario una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de los compromisos, la cantidad a reintegrar será proporcional a las condiciones no cumplidas.
  • En todo caso, en la graduación del posible incumplimiento podrá tenerse en cuenta la voluntariedad y el volumen e importancia del mismo.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 153.1 y 2 a) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canarias, el derecho de la Administración a reconocer el reintegro de las subvenciones concedidas prescribirá a los cuatro años. Dicho plazo se computará desde el momento en que venció el plazo para mantener la actividad.
  • El procedimiento de reintegro de subvenciones se regirá por las disposiciones generales sobre procedimiento administrativo contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las especialidades establecidas en el Título IX de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y en el Capítulo VIII del Decreto 36/2009, de 31 de marzo Octavo. Las subvenciones concedidas mediante la presente Resolución estarán sujetas al régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como al régimen previsto en la Ley 11/2006 , de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. Noveno. La presente Resolución será objeto de publicación en el Tablón de Anuncios

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación