Resolución SOD/TEC/26/26 de 20 de agosto de 2026, por la que se convoca para el año 2026 la línea de subvenciones del programa de “Personal Técnico Especializado”. REG (UE) 1408/2013 minimis agrícola

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES130 - Cantabria. La gestiona SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S.A..

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • La persona propuesta deberá estar en posesión de titulación universitaria o de un título de ciclo formativo de grado superior.
  • En el caso de retorno de talento, la persona propuesta deberá haber nacido en Cantabria o haber realizado los estudios oficiales presenciales que justifican la contratación en esta Comunidad. Asimismo, deberá haber estado trabajando fuera de la región durante, al menos, los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la contratación indefinida o de la presentación de la solicitud de ayuda, lo que ocurra primero. Los citados requisitos deberán acreditarse en la fase de solicitud, según lo dispuesto en las bases reguladoras. A estos efectos, se entenderá que el trabajo se ha realizado fuera de la región cuando la prestación de servicios se haya realizado por cuenta ajena para una empresa o entidad que no cuente con domicilio social o centro de trabajo en Cantabria o, para el caso de empresarios/as individuales (autónomos/as o mutualistas), que éstos/as hayan residido fuera de Cantabria, acreditándolo a través de un certificado histórico de empadronamiento actualizado a fecha de la solicitud.
  • La persona propuesta no deberá haber tenido vinculación laboral previa ni ser persona vinculada con la solicitante, o con cualquier entidad vinculada a la misma. A tales efectos, se considerarán personas o entidades vinculadas las definidas en el art. 18.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y demás normativa complementaria y de desarrollo concordante. De igual forma, la persona propuesta no podrá ser o haber sido, de hecho, o de derecho, personal socio o partícipe, consejero/a, administrador/a o personal directivo de la empresa solicitante o empresas vinculadas a la misma, ni cónyuge, pareja de hecho o tener relación alguna de parentesco en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de cualquiera de los anteriores. La contratación indefinida de personal colaborador en beca que tenga la empresa en el momento de la solicitud no se considera vinculación laboral previa.
  • La persona propuesta no será elegible cuando ya haya sido objeto de apoyo por parte de SODERCAN en anteriores convocatorias de ayudas cuya finalidad haya sido la contratación de personal.
  • No se admitirá la sustitución de la persona seleccionada por otra, salvo en los casos previstos en el artículo 15.3 de las bases reguladoras.
  • El contrato entre la entidad beneficiaria y la persona propuesta deberá tener carácter indefinido, a tiempo completo, pudiendo incluir las reservas sobre periodo de prueba que, de acuerdo con la normativa vigente, estime la empresa beneficiaria. La persona contratada deberá estar dada de alta dentro de un código de cuenta de cotización que la empresa tenga en Cantabria.
  • No serán elegibles los contratos en modalidad a distancia, o aquellos contratos laborales que suscriban o hayan suscrito acuerdos de trabajo a distancia formalizados en un momento posterior, que afecten al periodo elegible
  • El salario bruto anual mínimo que recibirá la persona contratada (excluidas las cargas sociales a cargo de la empresa) deberá ser de, al menos, 24.000 €. Quinto. Gastos subvencionables
  • Serán subvencionables los costes de la contratación indefinida de un/una técnico dedicado/a a la realización de las actividades previstas en alguna de las líneas del
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    Número de identificación fiscal de la entidad (NIF).
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    Escritura de c onstitución y estatutos en vigor, inscritos en el Registro Mercantil correspondiente.
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    En el caso de autónomos/as dados/as de alta en el RETA:
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    Informe de Vida Laboral emitido por la TGSS.
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    Certificado emitido por la mutua que acredite en qué fecha se han dado de alta, que no han causado baja desde entonces y que se encuentran al corriente con las cuotas.
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    Poder de representación de la persona firmante de la solicitud.
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    Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria.
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    Declaración responsable a cumplimentar en el gestor de ayudas.
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    Certificados en vigor de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad
  • documentation
    Certificado de situación en el censo de actividades económicas emitido por la AEAT actualizado en el momento de la solicitud.
  • documentation
    Memoria técnica de la propuesta, convenientemente cumplimentada según el modelo descargable a través del gestor de ayudas.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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