Resolución Rectoral de 22 de octubre de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones pa…

Título oficial: Resolución Rectoral de 22 de octubre de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para las asociaciones universitarias de estudiantes de la Universidad de Cantabria para el ejercicio 2026.

La presente Resolución Rectoral aprueba las bases reguladoras y convoca subvenciones para las Asociaciones Universitarias de Estudiantes de la Universidad de Cantabria. Esta subvención se destinará exclusivamente a financiar los gastos de las Asociaciones

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES130 - Cantabria. La gestiona UNIVERSIDAD DE CANTABRIA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.665,00 €. Inicio: 02/11/2026. Plazo: Fin: 16/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las solicitudes, que irán dirigidas al Vicerrector de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad de Cantabria, se presentarán en el modelo que figura que el Anexo I de esta convocatoria, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad (Pabellón de Gobierno, Avenida de los Castros, s/n 39005 Santander) en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria. La solicitud ( Anexo I ) deberá ir acompañada de la siguiente documentación, debidamente
  • firmada: − Proyecto de actividades detallando el presupuesto para cada una de ellas y el período de realización, así como al colectivo al que van destinadas, relación con los objetivos de esta convocatoria de subvención y si cuenta o no con la colaboración económica de otro organismo o entidad. − Lista detallada de los integrantes de la Junta Directiva de la Asociación, con copia de la última modificación visada por el Gobierno de Cantabria. − Declaración responsable acerca de la veracidad de los datos consignados en la solicitud relativos a la titularidad de la cuenta bancaria en la que la Universidad de Cantabria realizará, en su caso, el abono de la subvención. Para ello se deberá rellenar y presentar el Anexo IV o Ficha de Terceros.
  • Realizar la actividad específica que fundamenta la concesión de la subvención, en la forma y plazos establecidos en el proyecto/solicitud presentada, o en su caso, reformulada.
  • Acreditar ante el Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
  • El sometimiento a las actuaciones de comprobación por parte del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento.
  • Comunicar al Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, nacional o internacional, detallando organismo e importe.
  • La aportación de fondos propios al proyecto o acción subvencionada habrá de ser acreditada, con número e importes.
  • Hacer constar en los materiales de difusión y publicidad que las actividades subvencionadas se realizan con la colaboración del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad de Cantabria, acompañándolo del logotipo de la Universidad de Cantabria que será enviado por correo electrónico a todas las Asociaciones subvencionadas.
  • Aportar en tiempo y forma la documentación necesaria para la concesión de la ayuda.
  • Responder legalmente de la veracidad de los datos expuestos en la solicitud.
  • Justificar la correcta aplicación de la subvención.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ley.
  • Memoria explicativa cronológica y gráfica de las actividades realizadas, con valoración de resultados en función de los objetivos marcados, conclusiones y sugerencias.
  • Relación clasificada de los gastos (cuantía total del presupuesto de gastos), según Anexo II, con identificación de la entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • Documentación original justificativa de la cantidad anticipada, que se acreditará mediante facturas y/o demás documentos de valor probatorio equivalentes con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. La acreditación de los gastos también podrá efec tuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
  • Documentación que acredite fehacientemente el pago de las facturas.
  • Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. No se admitirán como gastos elegibles los correspondientes a pagos efectuados a personas físicas o entidades, con o sin personalidad jurídica, que estén vinculadas con los miembros de la Asociación.
  • TIPO DE DOCUMENTO SE APORTA CON LA JUSTIFICACIÓN Memoria explicativa cronológica y gráfica de las actividades realizadas, con valoración de resultados en función de los objetivos marcados, conclusiones y sugerencias. ☐ Relación clasificada de los gastos, según Anexo. ☐ Documentación original justificativa de la cantidad anticipada, que se acreditará mediante facturas y/o demás documentos de valor probatorio equivalentes con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. ☐ Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. ☐ En Santander, a de de 202 .
  • En las 3 páginas que corresponden al modelo de solicitud ( Anexo I ) se incluyen las declaraciones responsables solicitadas.
  • Junto a la solicitud deberá rellenarse y entregar la ficha de terceros validada por la entidad bancaria (Anexo IV), y el documento de información básica sobre protección de datos (se encuentra al final de la convocatoria), que se deberá imprimir en una sola hoja las dos caras.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente Resolución Rectoral aprueba las bases reguladoras y convoca subvenciones para las Asociaciones Universitarias de Estudiantes de la Universidad de Cantabria. Esta subvención se destinará exclusivamente a financiar los gastos de las Asociaciones