Personas jurídicasES111 - A Coruña

Resolución por la que se hace público acuerdo 28 septiembre 2026 Consejo Administración Consorcio de Santiago aprueban…

Título oficial: Resolución por la que se hace público acuerdo 28 septiembre 2026 Consejo Administración Consorcio de Santiago aprueban bases reguladoras y convocatoria de subvención directa en especie para reconstrucción muro oeste cementerio San Domingos de Bonaval 2026

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto definir los criterios, requisitos y procedimiento de concesión de una subvención directa en especie del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela al ayuntamiento de Santiago de Compostela para la reconstrucción del muro del cementerio de San Domingos de Bonaval, con cargo al presupuesto del consorcio del año 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES111 - A Coruña. La gestiona CONSORCIO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 600.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La aceptación de la subvención por parte de la entidad beneficiaria comporta la puesta a disposición del inmueble para el desarrollo de la actividad subvencionada. Asimismo, con la aceptación de la subvención la entidad beneficiaria se obliga a facilitar el trabajo de la empresa adjudicataria y/o subcontratas, así como de todos los técnicos que intervengan y representantes del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela en su actividad de control y supervisión
  • Aprobar el proyecto básico y de ejecución elaborado por los técnicos del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, que servirá de base para la licitación de las obras de reconstrucción del muro del cementerio de San Domingos de Bonaval y autorizar el inicio de las obras. La subvención otorgada no incluye el pago del importe de las tasas por licencias urbanísticas o impuestos a cargo de la Administración concedente ni de la empresa contratista adjudicataria de las obras.
  • La entidad beneficiaria explicitará la colaboración del Consorcio en las comunicaciones, escritas o verbales, que se realicen sobre la obra de referencia. Asimismo, la aceptación de la subvención por parte de la entidad beneficiaria conlleva la autorización al Consorcio de la Ciudad de Santiago a instalar cualquier elemento informativo que tenga establecido para publicitar la ejecución de las obras.
  • La entidad beneficiaria se someterá a las actuaciones de control, comprobación e inspección que pueda efectuar el Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, incluso a través de órganos de control externos, proporcionando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
  • Comunicarle al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria y, en su caso, la obtención concurrente de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación se deberá efectuar tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, o autorizar al Consorcio de Santiago para efectuar la comprobación telemática de dicho cumplimiento.
  • La entidad beneficiaria se compromete a crear una mesa técnica de coordinación entre ella y el Consorcio, con el objetivo de mejorar la eficacia en el resultado de las actuaciones de rehabilitación, conservación y/o mantenimiento objeto de la actividad subvencionada, que permita abordar periódicamente, entre otros, los
  • La entidad beneficiaria facilitará el acceso a los inmuebles una vez restaurados y los mantendrán en el buen estado exigido para el cumplimento de su finalidad. En este sentido, presentarán anualmente fotos justificativas de la realización de las labores de mantenimiento ordinario del ámbito de la obra objeto de esta resolución, durante los diez años siguientes a contar desde la fecha de recepción de la obra.
  • Con el objeto de garantizar el acceso al inmueble a los ciudadanos, la entidad beneficiaria abrirá el inmueble objeto de la intervención, durante los próximos cinco años, todo el año en el horario acordado en la mesa técnica de coordinación a tal efecto y que nunca será inferior a diez horas a la semana.
  • De acuerdo con lo previsto en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los bienes deberán ser destinados al fin concreto para el que se concede la subvención durante los plazos mínimos establecidos en dicho precepto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto definir los criterios, requisitos y procedimiento de concesión de una subvención directa en especie del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela al ayuntamiento de Santiago de Compostela para la reconstrucción del muro del cementerio de San Domingos de Bonaval, con cargo al presupuesto del consorcio del año 2026.