Personas físicasEstudiantes y educaciónES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

RESOLUCIÓN del Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad de 17 de julio de 2026 por la que se autoriza un gasto y se aprueba la convocatoria de 15 ayudas para estudiantado de la Universidad de Oviedo destinadas a sufragar parcialmente el alojamiento en l

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Bases reguladoras aprobadas por Resolución del Rector de fecha 24 de marzo de 20 23
  • Estar matriculados en el curso 2026-2027 en estudios oficiales de Grado, Máster o Doctorado de la Universidad de Oviedo.
  • Domicilio familiar fuera de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, o necesidad de cambiar el domicilio familiar por razones de estudios universitarios durante el curso académico en el que formaliza la matrícula.
  • Tener que desplazarse un mínimo de 30 kilómetros desde el domicilio familiar hasta el centro de estudios en el que esté matriculado por razón de sus estudios universitarios. Tendrá la consideración de domicilio familiar aquel en que se encuentre empadronada la unidad familiar a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos la unidad familiar a tener en cuenta será la establecida en Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027
  • Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad Universidad de Oviedo 4 de 14 Podrán ser beneficiarios de la ayuda, aquel estudiantado que, no cumpliendo el requisito mínimo de kilometraje, acredite n documentalmente la especial dificultad de desplazamiento desde su domicilio familiar hasta el centro de estudios, por razón de los horarios y frecuencia del transporte público.
  • Rendimiento académico del curso anterior:
  • Alumnos de primer curso de Grado: deberán acreditar una nota de acceso de 5,000 puntos.
  • Alumnos de Grado y Máster de segundo y posterior curso: nota media no inferior a 5,000 puntos a fecha 31 de julio de 2026.
  • Alumnos de Doctorado: informe favorable de la comisión de seguimiento del programa de doctorado. En el caso de los alumnos de primer curso de Máster se tomará en consideración la nota media de la titulación que dio acceso al Máster. La media del expediente académico de cada alumno (nota media en base 10) será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el alumno multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan, y dividida por el número de créditos totales obtenidos por el alumno. Las asignaturas o créditos reconocidos, convalidados y adaptados no se tendrán en cuenta a efectos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en este artículo. Séptimo.- Limitaciones.
  • De acuerdo a las Bases Reguladoras (cláusula 5), e stas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras concedidas por organismos públicos o privados para la misma finalidad. En particular, serán incompatibles con la cuantía fija ligada a la residencia de la Beca de Carácter General del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Estas ayudas serán incompatibles con las becas Erasmus y con otras de naturaleza análoga. Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes y documentación. El plazo de presentación de solicitudes será durante los plazos oficiales de matrícula. Las solicitudes se presentarán de modo electrónico a través del siguiente enlace https://euniovi.uniovi.es/TramitadorSolicitudes/solicitud/ o por cualquiera de los medios establecidos de acuerdo al artículo 16 de la Ley 39/2015. Para el acceso a la solicitud, el interesado deberá disponer del sistema de identificador de usuario y contraseña utilizados para el correo electrónico de Uniovi.
  • Los solicitantes deberán expresamente aceptar las siguientes condiciones:
  • Declaración sobre Protección de Datos de Carácter Personal: De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y de Consejo (Reglamento de Protección de Datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derecho digitales y demás normativa vigente en materia de protección de datos de carácter persona l, los datos personales del estudiantado serán recabados, tratados y, en su caso, cedidos para la gestión de las prácticas formativas en empresas, entidades o instituciones, así como la realización de acciones destinadas al fomento del empleo. El responsable del tratamiento de estos datos es la Universidad de Oviedo. Los derechos de acceso, rectificación, , oposición, limitación, portabilidad y supresión (este último también
  • Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad Universidad de Oviedo 5 de 14 llamado “derecho al olvido”) se ejercitarán ante la Universidad de Oviedo, Sec retaría General, sita en la calle Principado número 3, tercera planta, 33007 Oviedo, o a través de la dirección de correo electrónico delegadopdatos@uniovi.es. Asimismo, si considera que el tratamiento de sus datos personales no se ajusta a la normativa vigente, también tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control en www.aepd.es.
  • Autorización de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, a efectuar las notif icaciones y comunicaciones que se deriven de este expediente a la dirección de correo corporativo de la Universidad de Oviedo.
  • Declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias y con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social y con la administración universitaria, y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro, según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Documentación a presentar junto con la solicitud
  • Impreso de datos bancarios de terceros acreedores de l a Universidad de Oviedo (Anexo I de la presente Resolución).
  • Volante de empadronamiento del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar.
  • El estudiantado que ha realizado la prueba de acceso en una Universidad distinta de la Universidad de Oviedo: certificado del resultado de las pruebas de EBAU.
  • Declaración responsable (Anexo II de la presente Resolución)

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación